El Honorable Senado de la Nación Argentina aprobó este jueves el proyecto de ley de Modernización Laboral tras la votación llevada a cabo en horas de la madrugada.

Ocurrió tras el consenso del oficialismo con los legisladores opositores “dialoguistas” en una jornada completa de debate.

El Honorable Senado de la Nación Argentina aprobó este jueves el proyecto de ley de Modernización Laboral tras la votación llevada a cabo en horas de la madrugada.

Tras un intenso debate de idas y vueltas en el recinto, el oficialismo plasmó en números los acuerdos alcanzados en las horas previas con la oposición “dialoguista” y entidades gremiales, confirmando las especulaciones de resultados.
“El tango se baila de a dos”, había escrito Patricia Bullrich en su cuenta de X el miércoles por la mañana y en su rol de presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social logró bailarlo junto a el PRO, la UCR, bloques provinciales y gremios como la CGT.

La sesión se extendió, como es habitual, ante el Plan de Labor Parlamentaria que otorga un máximo de 20 minutos por discurso a cada legislador y otros 40 para los cierres de bancadas.
La votación cerró con números finales de 42 votos a favor, 30 votos en contra.

Ahora, el proyecto será remitido a la Cámara de Diputados de la Nación en busca de su sanción, donde se prevén posibles nuevas negociaciones ante un espectro más variado de legisladores.
Las reformas que si sobrevivieron a la negociación previa fueron los cambios en indemnizaciones, el nuevo esquema de actualización de créditos laborales, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el proceso de registración laboral simplificada y digital, redefinición de beneficios sociales no remunerativos, habilitación del banco de horas (los convenios podrán fijar métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio, siempre respetando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales), reducción de cargas sociales, entre otros puntos destacados.
Sobre asambleas y huelgas, el texto también introduce limitaciones. Durante estos eventos, el trabajador no percibirá salario y se consideran infracciones graves afectar la libertad de quienes no participan de la medida de fuerza mediante amenazas o intimidación, bloquear o tomar un establecimiento y generar daños a personas o bienes de la empresa o de terceros, o retenerlos indebidamente.
Se introduce el concepto de "salario dinámico", que puede establecerse por tiempo o por rendimiento, incluyendo comisiones individuales o colectivas. Las remuneraciones podrán liquidarse en pesos, moneda extranjera o en especie.
En total, son 28 las modificaciones establecidas previamente entre las partes de cara al texto final del proyecto de ley de Modernización Laboral:
