Un año y siete meses después de la promulgación de la Ley N° 14.395, esta semana el Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe dictó el decreto reglamentario para ponerla en vigencia y empezar este lunes la difusión ante sectores productivos sobre los alcances de la iniciativa.
Santa Fe reglamentó la ley de parques y distritos productivos tecnológicos
La sanción de la norma apuntó a modernizar la vigente desde 1997 y sumar conceptos incorporados en el nuevo Código Civil y Comercial. Sanciones, consejo consultivo y un fondo de infraestructura forman parte del texto legal.

La norma lleva por título Ley de Parques Productivos y Distritos Productivos Tecnológicos y suplió a la Ley N° 11.525 que apuntó a la construcción y el funcionamiento de parques y áreas industriales, norma de avanzada y una de las primeras del país dictada en 1997 y recién reglamentada en el 2002.

"Es la adecuación de la Ley 11.525 más la incorporación de modificaciones introducidas a la temática por el Código civil y Comercial dictado en 2015", marcó Guillermo Beccani, el secretario de Desarrollo Industrial, uno de los funcionarios que trabajó arduamente en la reglamentación que firmó esta semana el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini.
"La ley contiene una mirada más amplia en el concepto de industria así como de parques tanto industriales como comerciales o de servicios y de distritos tecnológicos. El dato central es el concepto de sustentabilidad presente en todos estos sitios" agregó, ante la consulta de El Litoral.

En otros aspectos reglamentados de la ley están los beneficios incorporados, la creación del Consejo Consultivo, el régimen sancionatorio y el fondo provincial de infraestructura.
La norma se originó en un mensaje del Poder Ejecutivo que, primero aprobó el Senado, que Diputados introdujo algunas modificaciones durante el paso por cuatro comisiones, cambios finalmente aceptados por la Cámara Alta.
La nueva ley tiene 60 artículos e impulsa la creación y desarrollo de Parques Productivos y Distritos Productivos Tecnológicos, "con el fin de promover la radicación y desarrollo de empresas sostenibles en el territorio de la Provincia, agrupándolas en zonas delimitadas, generando un ambiente de colaboración entre sí, que impulse la instalación de nuevos emprendimientos así como la ampliación y modernización de los existentes; propender a la agrupación de empresas organizadas entre sí bajo una estrategia conjunta encaminada a maximizar sus beneficios económicos y sociales y minimizar el impacto ambiental, en armonía con el ambiente y con los núcleos urbanos".
Casi la mitad de los artículos fueron reglamentados esta semana por el Poder Ejecutivo.
La ley insta a propiciar la integración y complementación de las actividades económicas santafesinas en aspectos productivos, técnicos y comerciales, reduciendo los costos de inversión en infraestructura y servicios; alentar los procesos de capacitación de recursos humanos, empresarios y laborales, y el crecimiento del empleo productivo por medio de acciones comunes; generar espacios que reúnan las condiciones requeridas para posibilitar la relocalización de establecimientos industriales, comerciales, de servicios y de base tecnológica, en los casos en que éstos se encuentren en conflicto con la población o el ambiente.

Además promover y favorecer la investigación, el desarrollo y la innovación local y regional mediante la transmisión de tecnologías e información; facilitar la transferencia de conocimiento y tecnología desde las universidades, centros públicos de Investigación y organismos de ciencia y tecnología, que permitan la coordinación de empresas e instituciones, promoviendo el conocimiento, la innovación, las nuevas ideas y el desarrollo del tejido productivo.
Por último, promover programas de capacitación y formación técnica, prácticas profesionales y pasantías estudiantiles, y proyectos de investigación y transferencia tecnológica; y, generar espacios específicos para los distintos sectores productivos de la Provincia de Santa Fe, atendiendo a sus necesidades y particularidades.
La reglamentación determina que los Parques Productivos serán calificados de acuerdo a las actividades predominantes que se proyecten en ellos al momento de ser reconocidos oficialmente, para lo que se tendrá en cuenta la información presentada por los desarrolladores al momento de solicitar el reconocimiento provincial y la superficie afectada a cada zona según el plano de propiedad horizontal especial conjuntos inmobiliarios inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial.
Habilita que los parques productivos podrán contemplar una calificación múltiple para el caso que el plano de conjunto inmobiliario defina zonas de uso específico, respetando las medidas de lotes y demás normas que se exija para los distintos sectores industriales, comerciales o de servicios o tecnológicos.

En cuanto al Consejo Consultivo habilitado por ley, el reglamento determina que lo formarán un representante de la Secretaría de Desarrollo Industrial, otro de Ciencia, Tecnología e Innovación y el restante de la Secretaría de Comercio y Servicios. Además, un titular y un suplente por cada Parque Productivo y/o Distrito Productivo Tecnológico formalmente reconocido en la Provincia.
El decreto reglamentario fija en el 10% la bonificación eléctrica tarifaria para las empresas que incorporen energías renovables en sus establecimientos.
La ley incorpora un régimen de obligaciones y sanciones para los propios parques o distritos.
Alcances
Con la sanción de la Ley N° 14.395 la provincia reemplazó la ley de parques y áreas industriales N° 11.525, que databa de 1999. Allí incorporó tres categorías de parques productivos (industriales, tecnológicos y comerciales/logísticos) y creó la figura de los distritos productivos tecnológicos.
Al momento de la discusión de la ley, eran 55 los parques o áreas industriales establecidas en la provinci9a.
Entre los beneficio otorgados están los fiscales (como la exención del impuesto de sellos), facilidades de infraestructura y acceso a líneas de financiamiento. Crea un fondo específico destinado a financiar obras de infraestructura y la promoción de estos polos productivos.
La autoridad de aplicación es el actual Ministerio de Desarrollo Productivo.
Fondo
La ley y el decreto reglamentario establecen la creación de un Fondo provincial de Infraestructura con recursos provenientes de la venta de lotes, del régimen disciplinario y de recursos presupuestarios.
Esos recursos podrán destinarse para mejorar la infraestructura de los parques o distritos, así como para el financiamiento de estudios y trabajos que se consideren estratégicos para el desarrollo de esos sistemas.








