La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a una mujer que fue acusada de haber abusado de su hija menor de edad, en la ciudad santafesina de Casilda.

La causa se remonta a 2018, cuando la niña debió ser hospitalizada con graves lesiones. La Justicia la absolvió en primera instancia pero el fallo fue revertido en Cámara.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a una mujer que fue acusada de haber abusado de su hija menor de edad, en la ciudad santafesina de Casilda.
La causa se inició el 28 de noviembre de 2018. Ese día, una nena de 9 años ingresó al hospital donde se detectaron las lesiones.
Según dijo la mujer, la niña se estaba bañando, se habría caído en la ducha y el golpe le habría provocado una hemorragia en la zona vaginal. Sin embargo, los médicos sostuvieron que la lesión era producto de la introducción de un elemento fálico (o vibrador) en la vagina. Fue necesario una intervención quirúrgica.

Jorgelina Lucía Beatríz Suárez, madre de la menor, quedó acusada por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por su ascendiente y contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.
El delito fue imputado en concurso real con promoción de corrupción de menores agravada por el vínculo y por la convivencia, en carácter de autora y como hechos consumados, por le cual era acusada.
Según la imputación, la mujer habría abusado sexualmente de su hija de 9 años introduciéndole por vía anal y vaginal un elemento fálico en reiteradas ocasiones.
En noviembre de 2020, la mujer enfrentó un juicio oral. El Tribunal Pluripersonal de Juicio del Colegio de Jueces de Cañada de Gómez absolvió a la acusada. Consideró acreditado el hecho, pero entendió que no había elementos para responsabilizarla por ello y ordenó seguir profundizando la investigación.
La fiscalía apeló y en abril del 2021, el Tribunal Pluripersonal del Colegio de Cámara Penal de Apelación de Rosario, por unanimidad, revocó la absolución y condenó a Suárez a la pena de doce años de prisión.
El tribunal, con distinta integración, resolvió por mayoría confirmar la condena.
Tras una nueva apelación, la Corte Suprema de Santa Fe consideró que lo planteado por la defensa era un simple disenso a lo resuelto.

También rechazó los cuestionamientos a la credibilidad del testimonio de la oficial que vio a la niña en el hospital y al interrogatorio que le hizo a la víctima por entender que se violaron los protocolos establecidos para el acceso a la justicia de las víctimas de abuso sexual.
El caso llegó por un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación por inadmisible.
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