El Ministerio Público Fiscal de la Nación requirió la elevación a juicio de la causa seguida contra Franco Augusto Poccia, un productor rural santafesino acusado de someter a trabajadores a condiciones de servidumbre en un campo de frutillas de Arroyo Leyes, y pidió una pena de 8 años de prisión.
Santa Fe: piden llevar a juicio al productor rural acusado de someter a servidumbre a 20 frutilleros chaqueños
El Ministerio Público Fiscal requirió 8 años de prisión para un productor rural santafesino de 25 años. La acusación sostiene que montó un sistema de captación y explotación de personas vulnerables en un campo de Arroyo Leyes. Para la defensa, los denunciantes "estaban por propia voluntad".

La presentación —difundida el lunes 30 de marzo en el sitio oficial Fiscales.gob— fue formulada por los fiscales de la Unidad Santa Fe, Walter Rodríguez y Milagros Traverso, junto al titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo.
Los representantes del MPF dieron por concluida la investigación y sostuvieron la acusación por el delito de trata de personas con fines de reducción a la servidumbre, agravado.

Según la requisitoria, el imputado implementó un sistema de captación, traslado y acogimiento de personas, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad estructural para someterlas a condiciones de vida y trabajo inhumanas.
Sistema de explotación
De acuerdo con la acusación, las víctimas —al menos 20 personas— fueron captadas en la provincia del Chaco, principalmente en las localidades de San Bernardo y La Clotilde, y trasladadas a un campo de cultivo de frutillas ubicado a la altura del kilómetro 17,5 de la Ruta Provincial N° 1, en jurisdicción de Arroyo Leyes.
El esquema incluía el financiamiento de los pasajes, que luego eran descontados de los salarios, generando un sistema de endeudamiento que condicionaba la permanencia de los trabajadores.
La fiscalía describió un cuadro de extrema precariedad: alojamiento en galpones o construcciones improvisadas, sin acceso adecuado a agua potable ni sanitarios, jornadas laborales que comenzaban alrededor de las 3 de la madrugada y se extendían por más de doce horas, de lunes a lunes, y remuneraciones por debajo de los mínimos legales.

Uno de los testimonios incorporados a la causa refleja esa dinámica: “De lunes a lunes trabajamos. Entramos a laburar a las 3 de la mañana... dormís una hora, dos nomás, y no das más”.
Para los fiscales, este conjunto de condiciones configura una situación de reducción a la servidumbre, en la que se verifica una “cosificación de la persona” y una supresión fáctica de su libertad y dignidad.
Además de la pena de prisión, el MPF solicitó medidas de reparación para las víctimas, el decomiso de bienes —entre ellos dinero en efectivo, armas y una camioneta— y la imposición de costas al acusado.
El origen del caso
Tal como informara oportunamente El Litoral, la investigación se inició el 17 de septiembre de 2025 a partir de la denuncia de tres trabajadores que lograron escapar del predio y se presentaron en una comisaría.
A partir de esa presentación, el 1° de octubre se realizó un allanamiento en el campo, donde fueron identificadas 42 personas, que se sumaron a los denunciantes iniciales. En ese procedimiento intervino la Policía de Investigaciones (PDI), junto a organismos nacionales y provinciales vinculados a la trata y al trabajo rural.
Días después fue detenido Poccia, de 25 años, quien quedó imputado por trata de personas con fines de sometimiento a la servidumbre agravado.
En la audiencia de medidas cautelares, el juez federal de garantías Eduardo Rodríguez Da Cruz dictó la prisión preventiva, al considerar acreditados los elementos iniciales de la acusación y los riesgos procesales.
Discusión sobre la cautelar
El derrotero del caso incluyó luego una revisión de esa medida. A fines de octubre, la Cámara Federal de Rosario —con integración de Aníbal Pineda, Silvina María Andalaf Casiello y Fernando Lorenzo Barbará— dispuso morigerar la prisión preventiva y concederle la domiciliaria por un plazo de 45 días.

En esa resolución, el tribunal ponderó la gravedad de los hechos investigados, pero señaló que la causa se encontraba en una etapa inicial y que correspondía otorgar un plazo a la fiscalía para profundizar la producción de pruebas.
Durante todo el proceso, la defensa, a cargo del abogado Claudio Torres del Sel, sostuvo que no existió trata de personas sino, en todo caso, irregularidades laborales, y afirmó que los trabajadores ingresaban y salían libremente del predio. “Entran y salen cuando quieren, nadie está retenido en contra de su voluntad”, dijo el profesional en una entrevista realizada el año pasado.
Camino al juicio
Con la presentación del requerimiento de elevación, el caso ingresa ahora en una nueva etapa, en la que se definirá si la investigación reúne los elementos suficientes para ser debatida en juicio ante el Tribunal Oral Federal (TOF) local.
Para la fiscalía, la evidencia recolectada permite sostener la existencia de un sistema organizado orientado a “maximizar el rendimiento económico mediante el aprovechamiento de la vulnerabilidad de las víctimas”.
La decisión quedará en manos del juez interviniente, que deberá resolver si hace lugar al planteo acusatorio y habilita la instancia de juicio, donde se pondrá a prueba la hipótesis de una de las formas más graves de explotación laboral investigadas en la región.









