Una comerciante de Puerto Madryn deberá pagar $2.450.000, más intereses, a una vecina a la que acusó públicamente de haberle robado dinero mediante publicaciones en Facebook.
Insultó a una vecina en Facebook y deberá pagarle $2,45 millones por daño moral
La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn confirmó la condena contra una comerciante que acusó a otra mujer de robarle dinero y difundió sus datos personales en redes sociales. Además de la indemnización, deberá publicar una rectificación durante 15 días.

La Cámara de Apelaciones de esa ciudad de Chubut confirmó la sentencia de primera instancia por daño moral y ratificó que la mujer también deberá publicar una rectificación en su perfil personal y en la cuenta comercial de su local de indumentaria, donde los mensajes deberán permanecer visibles durante 15 días consecutivos.

Cómo comenzó el conflicto y por qué intervino la Justicia
El caso se originó en febrero de 2021, cuando la comerciante detectó movimientos que cuestionó en su cuenta de Mercado Pago. Según relató, había advertido débitos vinculados con compras o pagos en comercios digitales y atribuyó esas operaciones a una presunta maniobra de fraude.
Entre sus sospechas, señaló a una vecina, a quien acusó de haberle clonado la tarjeta de débito y de sustraerle dinero.
La disputa escaló luego de que ambas mujeres mantuvieran una conversación telefónica. La comerciante reclamó la devolución del dinero y manifestó que denunciaría el hecho ante la Justicia. Sin esperar una resolución sobre la presunta estafa, publicó mensajes en Facebook en los que identificó a la otra mujer y la calificó de “chorra”.

Las publicaciones aparecieron tanto en su perfil personal como en la cuenta de su negocio. Además de acusarla de haberle robado dinero, difundió una fotografía y datos personales, entre ellos su dirección y su número de teléfono. Los mensajes recibieron numerosos comentarios y fueron compartidos por otros usuarios, lo que amplificó el alcance de la acusación.
En paralelo, la comerciante impulsó una denuncia penal. La investigación incluyó un allanamiento en la vivienda de la mujer señalada y el secuestro de dispositivos electrónicos. Sin embargo, la acusación no pudo sostenerse: la vecina terminó sobreseída y no se acreditó que hubiera clonado la tarjeta ni realizado los gastos que se le atribuían.
Después de ese episodio, la mujer afectada inició una demanda civil para reclamar una reparación por las consecuencias de las publicaciones. El Juzgado Civil y Comercial N.º 1 de Puerto Madryn hizo lugar a su planteo el 19 de marzo de 2026. La comerciante apeló, pero la Cámara de Apelaciones confirmó la condena.

Qué deberá pagar la comerciante y qué sostuvo el tribunal
La indemnización quedó fijada en $2.450.000, con un componente de $50.000 por gastos notariales y otro de $2.400.000 por daño moral. A esa suma se agregan intereses, calculados con una tasa del 6% anual desde el hecho hasta la sentencia, además de las costas del proceso y los honorarios profesionales correspondientes.
El fallo también dispuso que la comerciante publique una rectificación en su perfil personal y en la cuenta comercial de su emprendimiento. El texto deberá dejar constancia de que las acusaciones lesionaron el honor de la mujer y que no se acreditó la comisión de delito alguno. La publicación deberá quedar fijada y visible durante 15 días corridos.
Al analizar el caso, los jueces diferenciaron el derecho a denunciar un posible delito de la difusión pública de acusaciones que no fueron comprobadas. Acudir a la Policía o a la Fiscalía para informar una sospecha no implica, por sí solo, una obligación de indemnizar. En cambio, atribuir públicamente un delito a una persona determinada, acompañado de expresiones denigrantes, puede generar responsabilidad civil si se acredita el daño.

La sentencia también descartó que una invocación general de la libertad de expresión justificara las publicaciones. Según los fundamentos judiciales, el enojo o la frustración de la comerciante no habilitaban la difusión de mensajes que expusieran a la otra mujer a insultos, amenazas o represalias.
Uno de los magistrados señaló que el impacto puede ser especialmente significativo en comunidades donde muchas personas se conocen y una acusación viralizada puede afectar la manera en que alguien es tratado en su entorno cotidiano. En el expediente también se tuvo en cuenta una pericia psicológica que identificó secuelas vinculadas con lo ocurrido.
La mujer que había iniciado la demanda civil pidió que la indemnización fuera mayor y que la rectificación se extendiera a diarios impresos. Sin embargo, la Cámara rechazó ese planteo y confirmó la sentencia original. Para los jueces, la reparación debía guardar proporción con el daño acreditado y con el medio en el que se difundieron las publicaciones.
El caso vuelve a poner en discusión los límites de las acusaciones en redes sociales: denunciar una sospecha por las vías correspondientes no equivale a poder presentar públicamente a otra persona como culpable antes de que los hechos hayan sido probados.








