Un hombre de 26 años fue condenado tras haber protagonizado un violento episodio ocurrido en el norte de la ciudad de Santa Fe.

Reconoció haberlo amenazado de muerte mientras lo apuntaba con un arma de fuego, para luego comenzar a golpearlo. Aceptó un año y medio de prisión y fue declarado reincidente.

Un hombre de 26 años fue condenado tras haber protagonizado un violento episodio ocurrido en el norte de la ciudad de Santa Fe.
Se trata de Francisco Javier Collazo Rey, a quien impusieron la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo luego de reconociera su responsabilidad en una serie de hechos que incluyeron amenazas con armas de fuego y lesiones físicas contra su propio hermano.
La sentencia lleva la firma del juez de primera instancia Pablo Busaniche. El magistrado validó el acuerdo de procedimiento abreviado presentado por la fiscal Rosana Peresín y el defensor público Javier Casco. Este mecanismo legal requiere que el imputado admita tanto la existencia de los hechos como su participación punible en ellos, algo que Collazo Rey realizó con total conformidad.

Busaniche no solo dictó la condena, sino que también procedió a la declaración de reincidencia, dado que Collazo Rey ya contaba con una condena previa de febrero de 2021.
Los hechos se remontan a la tarde del 9 de junio de 2025. Alrededor de las 17.20, el condenado se presentó en una vivienda de calle Lavalle al 8100, donde reside su hermano.
Lo que comenzó como una visita tornó rápidamente en un episodio de extrema violencia cuando el condenado extrajo un arma de fuego y, exhibiéndola de manera intimidatoria, le gritó a su hermano que lo iba a matar.
Lejos de amedrentarse, la víctima intentó desarmar a su agresor, lo que derivó en un forcejeo. Como resultado, el atacado sufrió múltiples heridas: en el pómulo izquierdo, equimosis en el cuello, una herida cortante en la oreja izquierda y la luxación de su hombro izquierdo, lesiones que requirieron un tiempo estimado de curación de al menos siete días.
Tras agredir a su hermano, Collazo Rey se retiró del lugar, pero no sin antes arrojar piedras contra el frente de la vivienda, provocando daños en una de las ventanas.

Su fuga a bordo de una motocicleta fue breve. Debido a un llamado a la Central de Emergencias 911, personal policial inició una persecución que culminó con la aprehensión del sujeto momentos después del incidente.
Estas evidencias, sumadas al reconocimiento del propio imputado, fueron determinantes para que el juez Busaniche diera por acreditada la materialidad de los hechos y la responsabilidad penal del acusado.
La fiscalía encuadró el accionar de Collazo Rey bajo las figuras penales de "amenazas calificadas por el uso de arma", "daños" y "lesiones leves dolosas", todas en calidad de autor.
Durante el proceso, el magistrado destacó que el procedimiento abreviado es una herramienta fundamental para "descongestionar el sistema de justicia penal proporcionando una respuesta adecuada al conflicto", siempre que se respeten las garantías constitucionales del imputado.

Un punto clave en la resolución fue el análisis de la pena. Aunque el fiscal y la defensa acordaron 18 meses de prisión, el juez debió evaluar si dicha sanción era "justa, equitativa y adecuada".
Para ello, se consideraron como atenuantes la corta edad del imputado y su precaria situación económica. No obstante, el peso del antecedente condenatorio de 2021 (donde se le había impuesto una pena de 4 años y 6 meses) fue determinante para la declaración de reincidencia y la fijación de una pena de cumplimiento efectivo.
Las víctimas fueron informadas del acuerdo alcanzado y manifestaron su conformidad con la realización del abreviado.