En una audiencia celebrada en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, se resolvió condenar a dos mujeres implicadas en una causa por infracción a la Ley de Estupefacientes.

Los estupefacientes fueron hallados por la policía la semana pasada, en el departamento en el que ambas se encontraban. Fueron detenidas y decidieron firmar juicios abreviados.

En una audiencia celebrada en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, se resolvió condenar a dos mujeres implicadas en una causa por infracción a la Ley de Estupefacientes.
El juez Pablo Spekuljak fue el encargado de homologar un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Omar De Pedro y el abogado particular Martín Peón.

Débora Daniela Benítez y Joana Morsillo Martínez fueron condenadas por el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, y se les impuso la pena de 3 años de prisión. Debido a la falta de antecedentes, ambas recuperaron la libertad, la cual quedó supeditada al cumplimiento estricto de una serie de normas de conducta y a la supervisión estatal durante el plazo que dure la condena.
El hecho que motivó la condena ocurrió el pasado 21 de marzo en el corazón del barrio Las Flores I. De acuerdo a la exposición realizada por la fiscalía, el personal policial advirtió la presencia de las dos mujeres, quienes, al notar la cercanía de los uniformados, "se dan a veloz carrera ingresando en el lugar".
La persecución terminó dentro de un departamento ubicado en el Monoblock 10, primer piso, sobre la calle Florencia Sánchez al 4272. Una vez en el interior del inmueble, los efectivos procedieron al chequeo de la situación y hallaron una cantidad significativa de sustancias prohibidas.

En detalle, se secuestró un repasador que contenía "71 envoltorios satinados fraccionados de colores con un pesaje total de 18 gramos y ocho de nylon de color negro con un pesaje total de 5 gramos". Las pruebas de reactivo químico confirmaron que la sustancia blanquecina era cocaína.
La fiscalía calificó el caso como uno de "total flagrancia", destacando que las evidencias recolectadas, que incluyen actas de procedimiento, inspecciones oculares, croquis y entrevistas a testigos, permitieron acreditar la autoría de las imputadas en el delito atribuido.
Por su parte, la defensa manifestó su "total conformidad al procedimiento de juicio abreviado" tras haber analizado las evidencias y conversado con sus representadas.
La sentencia definitiva impuso a ambas mujeres la pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional, además de una multa económica fijada por la ley. Para mantener el beneficio de la libertad, las ahora condenadas deberán fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados, y abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas.

El magistrado les advirtió que "en caso de incumplir las reglas, la fiscalía puede solicitar que se revoque la libertad y se cumpla en un establecimiento penitenciario". Asimismo, les recordó que, si cometen un nuevo delito en los próximos cuatro años, la pena actual se sumaría a la nueva sanción de manera efectiva.
Finalmente, el tribunal ordenó el decomiso y la posterior destrucción del material estupefaciente secuestrado durante el operativo. Con la aceptación voluntaria de las partes y la renuncia a los plazos de apelación, la sentencia quedó firme.