A través del Decreto N° 00053/2026, que lleva la firma del intendente Juan Pablo Poletti, la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe autorizó una actualización del Módulo Tributario (MT), unidad que se utiliza para determinar el valor de todos los derechos, tasas administrativas y tributos que deben abonar los contribuyentes de la capital. Los aumentos regirán desde el 1° de julio.
Aumentan las tasas y derechos en Santa Fe: así quedan los montos de los tributos más comunes
El municipio dispuso otra actualización del Módulo Tributario. Impactará en los Derechos de Registro e Inspección (Drei) para comercios e industrias, de Cementerio y de Espectáculos Públicos, entre otros. En total, la suba anual será de casi 40%.

Cabe recordar que tales obligaciones están tipificadas en la Ordenanza Tributaria Anual (N° 13.095, del ejercicio fiscal vigente) la cual es actualizada por el Concejo a solicitud del Ejecutivo todos los años.
Se trata de los Derechos de Registro e Inspección (Drei), para todas las unidades comerciales y productivas. También, los derechos de Cementerio, de Ocupación del Dominio Público, de Espectáculos Públicos, de Publicidad y Propaganda, de Concesión y Transferencias de Taxis y Remises, entre muchos otros.

Asimismo, abarca a todas las tasas administrativas, que debe abonar cualquier contribuyente por realizar un determinado trámite, como obtener un libre multa.
Facultad
Un elemento a tener en cuenta: el municipio tiene la potestad de autorizar cada seis meses el valor del MT. Esto fue establecido en la última Ordenanza Tributaria sancionada a principios de diciembre de 2025, antes de la asunción de la actual conformación en el Legislativo local.
Dice el segundo párrafo del artículo 59 de la Ordenanza N° 13.095: “El Ejecutivo podrá actualizar semestralmente dicho valor (del MT) a efectos de compensar la desvalorización monetaria”. Fue la primera vez que se autorizó un doble aumento del MT, ya que esto no existía desde que dicho módulo fue creado.

Este ajuste “deberá efectuarse de acuerdo a la variación registrada en el IPC publicado por el IPEC, quedando facultado el Ejecutivo a no actualizar su valor o disponer un incremento menor cuando medien causales que fundamenten tal decisión”. Con todo, el aumento del Módulo Tributario está atado a la inflación.
Antes y ahora
Huelga recordar también que, al momento de sancionar la actual Ordenanza Tributaria, en diciembre pasado, en promedio el aumento para todos los derechos, tasas administrativas y demás obligaciones era un 25%.
Todo remite al valor del MT. En el ejercicio fiscal 2025, un MT costaba 700 pesos; para 2026, el municipio de Santa Fe pidió al Concejo elevarlo a 875 pesos, y así ocurrió. Ahora, lo que se determinó a través del decreto en cuestión (facultad conferida por dicha ordenanza) es actualizar el valor del MT a 1.000 pesos: un 14,29% más.

Entonces, si se computa todo el ejercicio actual (2026) y con dos actualizaciones, una por cada semestre, todas las tasas, derechos y demás tributos municipales habrán aumentado, desde el próximo 1° de julio, un 39,29% en promedio.
Cabe aclarar que no se modifican las alícuotas de todas las actividades económico-productivas que abonan Drei. Sí se incrementan, a la luz de la nueva actualización, los montos mínimos generales y especiales de cada uno de los derechos, tasas y demás tributos.
Algunos casos
Con relación al Drei, farmacias, industrias dedicadas a la fabricación, elaboración o transformación de frutos, productos, materias primas o insumos, por las ventas al por mayor, y empresas de radiofonía y televisión pasarían a abonar (montos mínimos generales) de 10.500 pesos actuales a 12.000 pesos.
Los establecimientos de comercialización minorista de productos comestibles y/o bebidas, y/o artículos de bazar, y/o artículos del hogar y/o indumentaria y los establecimientos de servicios de esparcimiento, pasarían a abonar por monto mínimo de Drei 76.125 pesos a 87.000 pesos.

A su vez -dentro de los mínimos generales- las actividades gastronómicas (locales que expenden comidas, bebidas, helados, infusiones y similares, para ser consumidas dentro del local y/o en la vía pública mediante mesas y sillas y/o con servicio de entrega a domicilio-delivery) abonará ahora de 35.875 pesos a 41.000 pesos.
Cementerio y otros
Por Derecho de Cementerio, por una inhumación en un cementerio dentro del ejido municipal (por cadáver, restos o cenizas destinados a panteones familiares o sociales, mausoleos, bóvedas o cementerios privados) se deberá abonar de 20.125 pesos actuales a 23.000 pesos.

Pero por una cremación, el monto (que ya se había actualizado un 250% en diciembre, tal como informó oportunamente El Litoral) actualmente el valor a abonar es de 306,250 pesos, el cual desde el 1° de julio saltará, con el nuevo aumento, a 350.000 pesos.
Por una solicitud de libre multa, libre deuda, constancias fiscales y certificados fiscales, se pasaría a abonar de 7.700 pesos actuales a 8.800 pesos.

Y por el Impuesto de Patente Única sobre Vehículos (mínimo para abonar por cada trámite), los titulares de vehículos automotores pasarían a abonar de 8.400 pesos a 9.600 pesos. Y los titulares de motovehículos tributarán por este impuesto de 2.800 pesos hasta 3.200 pesos.
El fundamento oficial
Dentro de los considerandos del decreto, se menciona que la secretaría de Hacienda y Finanzas (a cargo del CPN José Serruya) solicitó actualizar a $1.000 el valor unitario del Módulo Tributario (MT) fijado por el artículo 59 de la Ordenanza Tributaria Anual N° 13.095.
El citado artículo autoriza al Ejecutivo Municipal a actualizar semestralmente dicho valor a fin de compensar la desvalorización monetaria, estableciendo que el ajuste deberá efectuarse conforme la inflación provincial, como se dijo antes.

El valor propuesto “obedece a la variación acumulada del 15,2% registrada entre enero y mayo de 2026, conforme a la última publicación efectuada por el organismo provincial (IPEC)”, dice el decreto municipal.
“En consecuencia, corresponde adecuar el valor unitario del Módulo Tributario (MT) en los términos previstos por la normativa vigente. A su vez, para el Ejecutivo resulta competente para dictar el acto administrativo que disponga la actualización mencionada”, concluye.










