Sábado 27.6.2020
/Última actualización 15:24
En las últimas horas se conoció una circular del Banco Central (BCRA) por la cual exceptuó del pago del impuesto solidario que el Gobierno creó para grabar y desalentar la compra de dólares a los descendientes de desaparecidos y personas que hayan percibido indemnizaciones por ser reconocidas como víctimas del Estado argentino.
De esta manera, no pagarán el tributo de 30% que se paga a la hora de comprar divisas extranjeras.
En el último artículo de la citada medida, se señala que beneficiarios de indemnizaciones emanadas de las leyes de reparación a víctimas de la dictadura militar 1976-1983 podrán acceder al mercado cambiario al tipo de cambio oficial, sin pagar el impuesto del 30%, para poder girar dichas divisas al exterior.
“Incorporar como punto 3.12.6. del Texto Ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios” (regulaciones cambiarias) el siguiente: “3.12.6. Transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes.”, dice textualmente la circular.
Ante las sospechas de una parcial apertura del mercado cambiario, desde el Banco Central afirmaron que no se trata de una apertura del mercado cambiario generalizada para estas personas. “Son unos casos puntuales, uno o dos, que habían quedado pendientes", según indica Clarín.
Y explicaron que “Los argentinos que viven en el exterior y perciban una indemnización, la podrán cobrar en su lugar de residencia. Es el mismo caso de los argentinos jubilados que viven en el exterior y que cobran dicho beneficio en el exterior”.
"Es una norma que estuvo vigente hasta 2015 y que quedó afuera cuando se impuso el cepo en agosto de 2015. Es para casos puntuales de personas víctimas del terrorismo de Estado que cobren indemnización y tenga residencias en el exterior. La residencia es un documento, tiene que estar declarado su residencia en el exterior. Y es para nuevos casos, no es retroactivo", detallaron desde el BCRA al citado medio.
Revuelo en redes sociales
Al conocerse la medida, se dispararon los comentarios en redes sociales y rápidamente se viralizaron comentarios en contra. Uno de los más resonante fue el del diputado santafesino, Luciano Laspina (Juntos por el Cambio) que publicó:
Ante el revuelo en redes, Jorge Carrera, Vicepresidente segundo del BCRA a través de su cuenta personal de redes sociales explicó algunos puntos.
"Los pesos que podían cambiarse por dólares al cambio oficial y sin recargo son sólo por el monto de la indemnización", dijo el funcionario. "Se amplia ese tratamiento (que hoy alcanza a jubilados argentinos residentes en el exterior) a las eventuales indemnizaciones de no residentes, al igual que los jubilados no residentes o embajadores se limita al monto de lo que demuestre que cobró", agregó.