El Gobierno nacional oficializó el pago de un Bono Extraordinario Previsional de hasta $70.000 para noviembre de 2026, destinado a jubilados, pensionados y beneficiarios de distintas prestaciones sociales administradas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). La medida quedó establecida mediante el Decreto 1296/2026, publicado este jueves 29 de octubre en el Boletín Oficial.
Bono de $70.000 para jubilados y pensionados en noviembre de 2026: quiénes lo cobran y cómo se calcula
El Gobierno nacional oficializó un nuevo Bono Extraordinario Previsional que se pagará en noviembre. El beneficio alcanza a jubilados, pensionados y titulares de prestaciones no contributivas de la Anses.

Según la normativa, el objetivo es otorgar una compensación económica a los titulares de menores ingresos previsionales. El bono tendrá un máximo de $70.000 y su monto dependerá de la suma de las prestaciones que perciba cada titular. Quienes cobren hasta el haber mínimo previsional garantizado recibirán el importe completo, mientras que para quienes superen ese piso se calculará una suma proporcional.
La medida alcanza a jubilaciones contributivas, pensiones, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y determinadas pensiones no contributivas y graciables, siempre que los beneficios se encuentren vigentes en el período en que se liquide el pago.

Quiénes pueden cobrar el bono de hasta $70.000
El decreto establece que el bono se liquidará por titular y contempla distintos grupos de beneficiarios. Entre ellos se encuentran las personas que perciben prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Anses, otorgadas bajo la Ley 24.241 y otros regímenes nacionales anteriores, así como determinadas prestaciones correspondientes a regímenes especiales derogados.
También están incluidos los beneficiarios de prestaciones provenientes de ex cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, siempre que la movilidad de sus haberes se rija por el artículo 32 de la Ley 24.241. La norma incorpora, además, a quienes reciben prestaciones del régimen establecido por el Decreto 160/2005.
El alcance del beneficio comprende asimismo a los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), creada por la Ley 27.260, y a quienes cobran pensiones no contributivas por vejez, invalidez y para madres de siete hijos o más. La disposición incluye otras pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago está a cargo de la Anses.
Para acceder al bono, los beneficios deben encontrarse vigentes durante noviembre, que es el mes previsto para la liquidación. El decreto no establece un pago separado por cada prestación cuando una persona percibe más de un beneficio: el cálculo debe considerar la suma de todas las prestaciones vigentes de ese titular.
En el caso de las pensiones compartidas, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, el decreto dispone que se las considere como un único titular a los fines del derecho a percibir el bono. Esta condición busca establecer una misma regla para determinar el beneficio en esas situaciones.
La Anses será el organismo encargado de implementar la medida y podrá dictar normas aclaratorias y complementarias para organizar la liquidación, el pago, el control y la supervisión. También tendrá facultades para intervenir en el recupero de percepciones indebidas.

Cómo se calcula el monto según el haber previsional
El decreto fija un monto máximo de $70.000, pero aclara que no todos los beneficiarios recibirán necesariamente esa suma. La diferencia depende del ingreso previsional total que perciba cada titular en noviembre.
Quienes cobren, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, un monto igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado tendrán derecho al bono completo de $70.000. En cambio, cuando el ingreso total supere ese mínimo, el importe se reducirá hasta alcanzar el límite que surge de sumar el haber mínimo y el bono máximo.
En términos prácticos, esto significa que el bono será completo para quienes estén en el nivel mínimo de ingresos previsionales, mientras que para los titulares que superen ese monto funcionará como una compensación proporcional. La suma final no podrá llevar el ingreso previsional total por encima del haber mínimo más $70.000, de acuerdo con los parámetros establecidos en los artículos 3 y 4 del decreto.

La norma también determina que el bono tendrá carácter no remunerativo. Por ese motivo, no estará sujeto a descuentos ni será computable para otros conceptos. El texto no detalla en el decreto un calendario de pagos por terminación de documento ni una fecha específica dentro de noviembre para cada grupo de beneficiarios.
La disposición fue firmada por el presidente Javier Milei y los funcionarios Diego César Santilli y Sandra Pettovello. Además, encomienda a la Jefatura de Gabinete de Ministros realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para cumplir con el pago.
El Decreto 1296/2026 entra en vigencia desde el día de su dictado, el 28 de octubre de 2026. La publicación oficial se realizó el 29 de octubre. A partir de esa disposición, la Anses deberá avanzar con las medidas operativas necesarias para aplicar el bono extraordinario durante noviembre.









