La Red Argentina de Fiscalías Ambientales (RAFA) elevó una presentación a la Presidencia del Senado de la Nación en la que expuso una serie de observaciones jurídicas sobre el proyecto de ley denominado "Inviolabilidad de la Propiedad Privada" (Expediente 13/26).
Fiscalías ambientales cuestionan la reforma por su posible regresión en materia ambiental
Advierten que la iniciativa que modifica la Ley de Manejo del Fuego reduciría las restricciones sobre los terrenos incendiados, dejaría sin protección a humedales y pastizales y podría entrar en conflicto con estándares constitucionales e internacionales de protección ambiental. La Red Argentina de Fiscalías Ambientales presentó un informe técnico ante el Senado de la Nación.

El cuestionamiento de la asociación civil integrada por fiscales y funcionarios de los Ministerios Públicos Fiscales de distintas jurisdicciones del país se inscribe en el debate abierto desde marzo, cuando el Poder Ejecutivo envió al Senado el mencionado proyecto.

La iniciativa propone una reforma de amplio alcance que modifica distintos regímenes vinculados al derecho de propiedad, entre ellos las leyes de expropiaciones, tierras rurales, regularización dominial, desalojos y la Ley Nacional de Manejo del Fuego.
Desde su presentación, el Gobierno defendió el proyecto como una herramienta para reforzar la seguridad jurídica y reducir las restricciones sobre el ejercicio del derecho de propiedad. Sin embargo, el capítulo referido a la legislación ambiental se convirtió en uno de los puntos más controvertidos del debate parlamentario.
Organizaciones ambientalistas, especialistas en derecho ambiental, entidades académicas y distintos sectores políticos cuestionaron la eliminación de las restricciones para modificar el uso de los terrenos afectados por incendios, al considerar que ello podría incentivar las quemas intencionales y debilitar los presupuestos mínimos de protección ambiental.
Consecuencias jurídicas
En ese escenario se inscribe ahora el pronunciamiento de la Red Argentina de Fiscalías Ambientales, que aporta una evaluación centrada en las consecuencias jurídicas y constitucionales de la reforma.

El documento sostiene que las modificaciones propuestas a la Ley Nacional Nº 26.815 de Manejo del Fuego implican un retroceso en los estándares de protección ambiental y podrían resultar incompatibles con la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por la Argentina.
La comunicación fue dirigida este miércoles a la vicepresidenta de la Nación y presidenta del Senado, Victoria Villarruel, con el propósito de advertir sobre las consecuencias legales que, a criterio de la entidad, acarrearía la aprobación de la iniciativa.
Según el informe, el proyecto no constituye una simple modificación legislativa sino que altera la arquitectura del régimen de presupuestos mínimos ambientales, al reducir significativamente el alcance de las restricciones que hoy rigen sobre los terrenos afectados por incendios.
Riesgo de regresividad
Uno de los principales cuestionamientos formulados por la RAFA apunta a la restricción del objeto de tutela previsto en la legislación vigente.
Actualmente, la Ley 26.815 prohíbe el cambio de uso del suelo luego de incendios ocurridos en bosques nativos, humedales, pastizales, matorrales y zonas de interfaz forestal. La reforma, en cambio, limitaría esa protección únicamente a bosques nativos y a determinados bosques considerados no productivos.
De acuerdo con el informe, esa modificación dejaría sin cobertura legal a ecosistemas estratégicos como humedales y pastizales, configurando un supuesto de "regresión ambiental", principio que impide reducir el nivel de protección alcanzado por la legislación vigente.
Para la entidad, ello podría favorecer el uso del fuego como herramienta para habilitar cambios de uso del suelo con fines productivos o inmobiliarios.
Cuestionamientos
El documento también sostiene que el proyecto no supera los estándares fijados por el derecho internacional para justificar una reforma regresiva en materia ambiental.
En ese sentido, afirma que la iniciativa carece de una fundamentación constitucional suficiente, no presenta evidencia científica que respalde la eliminación de las restricciones vigentes, omite mecanismos efectivos de participación ciudadana y tampoco evalúa alternativas menos lesivas para compatibilizar el derecho de propiedad con la protección del ambiente.
La RAFA cita como referencia los criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las obligaciones asumidas por el Estado argentino en el Acuerdo de Escazú, especialmente en lo referido a la participación pública en decisiones con impacto ambiental.
¿Qué perderían las provincias?
Otro de los ejes del informe se refiere al funcionamiento práctico del sistema de protección ambiental. La entidad advierte que la derogación de las prohibiciones de cambiar el uso del suelo durante plazos de 30 y 60 años privaría a las provincias de una herramienta administrativa considerada central para desalentar incendios intencionales.
Según explica, esas restricciones operan con independencia de que pueda identificarse al autor del incendio, circunstancia que en la práctica suele resultar imposible en numerosos casos. Por ese motivo, entienden que su eliminación dificultaría tanto las políticas de restauración ambiental como la prevención de maniobras especulativas posteriores a los incendios.
Además, el informe rechaza el argumento de que las modificaciones busquen eliminar normas redundantes. Señala que la Ley de Bosques N.º 26.331 y la Ley de Manejo del Fuego cumplen funciones complementarias y que la derogación propuesta no simplificaría el sistema, sino que dejaría sin protección específica a ecosistemas que actualmente cuentan con resguardos propios.
En función de estas observaciones, la Red Argentina de Fiscalías Ambientales solicitó al Senado que, al momento de analizar el proyecto, ejerza un estricto control de constitucionalidad y de convencionalidad, al considerar que la reforma podría vulnerar obligaciones asumidas por el Estado argentino en materia de protección ambiental y derechos humanos.
¿Qué es la RAFA?
La Red Argentina de Fiscalías Ambientales (RAFA) es una asociación civil de alcance federal creada en 2025 con el objetivo de fortalecer la investigación y persecución de los delitos ambientales en todo el país.
La entidad reúne a fiscales, procuradores y funcionarios de los Ministerios Públicos Fiscales de las distintas jurisdicciones argentinas para promover una actuación coordinada frente a conflictos ambientales.

Entre sus principales objetivos se encuentran el intercambio de información entre fiscalías, la capacitación especializada, la elaboración de criterios técnicos comunes, la cooperación interjurisdiccional y la promoción de buenas prácticas para la tutela judicial y extrajudicial del ambiente.
La organización también impulsa el vínculo con universidades, organismos públicos, organizaciones de la sociedad civil y redes internacionales dedicadas a la justicia ambiental.
La RAFA está integrada por más de treinta representantes de Ministerios Públicos Fiscales de distintas provincias y de la Nación. Su presidente es Jorge Barraguirre, procurador de la Justicia de Santa Fe e impulsor de la creación de la Red.










