El Gobierno nacional reglamentó el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias y estableció nuevas pautas para su aplicación. Los cambios, formalizados mediante el decreto 1253 y publicados en el Boletín Oficial, forman parte de la Ley de Inocencia Fiscal II y modifican el esquema que había sido aprobado a fines de 2025.
Régimen simplificado de Ganancias: cuáles son los requisitos y hasta cuándo se puede adherir
El Gobierno reglamentó los cambios introducidos por la Ley de Inocencia Fiscal II. La norma modifica las condiciones de acceso al esquema, redefine el criterio de discrepancia significativa y establece un plazo hasta el 30 de octubre para que determinados contribuyentes rectifiquen su declaración de 2025.

La normativa introduce precisiones sobre las condiciones que deben cumplir los contribuyentes para ingresar al sistema, el tratamiento de las diferencias detectadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y los beneficios asociados a la presentación de la declaración jurada simplificada.
Uno de los puntos de mayor interés es el plazo previsto para quienes ya presentaron la declaración jurada del período fiscal 2025 bajo el régimen general. Si cumplen con los requisitos establecidos, podrán incorporarse al nuevo esquema mediante la rectificación de la presentación original antes del 30 de octubre de 2026.

Qué cambia en el régimen simplificado de Ganancias
El sistema busca reducir la carga administrativa para las personas que tributan el impuesto. En esta modalidad, ARCA pone a disposición una declaración jurada precargada con información fiscal y el contribuyente puede revisarla, modificar los datos que correspondan, confirmarla y presentarla.
Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez en la información publicada por TN, el cálculo contempla los ingresos brutos de fuente argentina y extranjera, además de las deducciones computables.
Uno de los cambios relevantes de la reglamentación es la modificación del criterio de residencia fiscal. Para acceder al régimen, se exige que el contribuyente haya mantenido esa condición durante todo el período correspondiente, de acuerdo con las condiciones previstas en la normativa.

La adhesión también queda respaldada por una constancia digital que funciona como comprobante de ingreso al esquema. A su vez, quienes ya forman parte del régimen podrán ratificar anualmente su continuidad, siempre que mantengan las condiciones exigidas.
Otro aspecto importante es el tratamiento de la información patrimonial. Como regla general, los contribuyentes que ingresen al régimen simplificado quedan exceptuados de informar sus bienes en los términos del esquema general. Sin embargo, esa excepción no alcanza a los grandes contribuyentes nacionales ni a los funcionarios públicos, que tienen restricciones específicas.
La reforma se inscribe en una estrategia más amplia del Gobierno para modificar el sistema tributario y promover el uso de fondos que permanecen fuera del circuito formal de la economía. En ese marco, la Ley de Inocencia Fiscal II amplió el alcance del régimen y modificó algunos de los criterios que regulan su funcionamiento.

Los plazos, las multas y el criterio de discrepancia significativa
La fecha clave para quienes presentaron Ganancias 2025 por el régimen general es el 30 de octubre de 2026. Hasta ese día podrán rectificar la declaración jurada original para incorporarse al sistema simplificado, siempre que reúnan las condiciones requeridas.
La reforma también modificó el concepto de “discrepancia significativa”, que determina cuándo ARCA puede considerar relevante una diferencia entre lo declarado por el contribuyente y lo que surge de sus controles.
Según la reglamentación difundida, esa situación se configura cuando el organismo detecta un aumento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos de al menos el 15%, con un monto mínimo de $5 millones. Este criterio establece parámetros para evaluar cuándo una diferencia justifica cuestionar la declaración presentada.
La norma, además, contempla una reducción del 25% en las multas para personas humanas y pequeñas y medianas empresas que adhieran al esquema, de acuerdo con las condiciones previstas en la ley.

En cuanto a los funcionarios públicos, la exclusión de los beneficios y presunciones del régimen es total e incondicional. La restricción comprende tanto a quienes ejercen esas funciones como a quienes ocuparon cargos durante los cinco años anteriores a su adhesión.
La Ley de Inocencia Fiscal II también establece una garantía para los contribuyentes ante determinadas controversias con el organismo recaudador: si una resolución firme determina que ARCA impugnó incorrectamente a una persona, deberá devolver los montos abonados, con sus intereses, dentro de un plazo máximo de 45 días hábiles.
Con la reglamentación, el Ejecutivo precisó las condiciones para aplicar los cambios y definió un calendario para quienes buscan incorporarse al sistema. Para los contribuyentes que ya presentaron la declaración de 2025, el próximo paso será verificar si cumplen los requisitos y, en ese caso, completar la rectificación antes del vencimiento establecido.









