El Tribunal Oral Penal Económico 3 aplicó la Ley de Inocencia Fiscal (27.799), que elevó los montos mínimos para configurar evasión, y dictó un sobreseimiento parcial para Lázaro Báez y parte de su familia en una causa por deudas de Austral Construcciones. El expediente sigue vivo solo por el ejercicio 2012 (IVA y Ganancias).
La decisión la tomó el Tribunal Oral Penal Económico Nº 3 (jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli): dispuso el sobreseimiento parcial de Lázaro Báez y de sus hijos Martín y Luciana, y el sobreseimiento total de Leandro Báez.
El beneficio se extendió, con distintos alcances, a otros imputados vinculados a la empresa: Julio Mendoza, César Andrés, Claudio Bustos, Eduardo Arrejín, Mario Delgado, Tomás Garzón, María Cristina González, Gastón Lemoine, Emilio Martín, Ariel Nieto y Hugo Uribe.
Quedaron afuera cuatro años
La causa analizaba presunta falta de pago de IVA, Ganancias y la tasa del artículo 37 de la ley de Ganancias, para los años fiscales 2010 a 2014.
Con la nueva ley, la evasión simple requiere superar $100.000.000 por tributo y por ejercicio anual (y la agravada, $1.000.000.000). Con ese criterio, el tribunal sostuvo que los montos de 2010, 2011, 2013 y 2014 quedaron por debajo del umbral.
El fallo detalla los importes atribuidos a Austral Construcciones:
2010: IVA $23.959.038 / Ganancias $46.461.367
2011: IVA $99.964.224 / Ganancias $90.014.387
2013: IVA $8.753.187 / Ganancias $8.495.232
2014: IVA $59.954.725 / Ganancias $22.860.611
El único año que quedó arriba del nuevo piso fue 2012: IVA $113.190.286 y Ganancias $178.037.143. Ahí, por ahora, la causa sigue.
Disputa jurídica
Las defensas pidieron el sobreseimiento por aplicación retroactiva de la norma más favorable. El fiscal general Diego Velasco se opuso: planteó que se trataba de una “actualización de montos” y pidió avanzar con el juicio oral.
La querella (ARCA), en cambio, anticipó que no iba a objetar el cierre cuando las cifras quedaran por debajo del nuevo umbral, y aclaró que el proceso debía continuar donde se superara ese piso.
En su voto, el juez Zabala marcó que salvo 2012, las imputaciones no alcanzan los requisitos. Machado Pelloni citó doctrina de la Corte sobre aplicación obligatoria de la ley penal más benigna. Y Perilli incorporó el “espíritu” de la reforma: focalizar el castigo en conductas con perjuicio “real y significativo” a la hacienda pública.