El Poder Ejecutivo de la provincia de Santa Fe avaló la creación de seis cargos de médicos forenses (categoría presupuestaria de fiscal) para la conformación del cuerpo especializados de profesionales dentro del Poder Judicial.
Crearon seis cargos de médicos para reforzar la justicia laboral en Santa Fe
La decisión del Poder Ejecutivo deberá ahora ser ejecutada por la Corte Suprema de Justicia. El objetivo es que coadyuven ante los avances de accidentes y enfermedades laborales.

Ahora, la Corte Suprema de Justicia deberá efectuar el llamado a concurso de aspirantes a desempeñarse en esa función que apunta a reducir la litigiosidad que tiene Santa Fe en materia de accidentes o enfermedades laborales. Además de llamar al respectivo concurso, la Corte deberá resolver la distribución en el territorio de los profesionales que sean designados.
El decreto dictado por el Poder Ejecutivo es consecuencia del dictado de la Ley 14.437 a fines de abril último que introdujo reformas estructurales al Código Procesal Laboral provincial y a la norma de adhesión a la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo.

El objetivo principal de esta normativa, según el debate parlamentario, apuntó a reducir la litigiosidad laboral, dinamizar los procesos judiciales y otorgar mayor transparencia y previsibilidad al sistema de Riesgos del Trabajo (ART) en el territorio provincial.
En los breves considerandos del decreto de creación de los cargos, el Poder Ejecutivo da cuenta de que la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia tramita la transferencia de seis cargos de médicos forenses para la conformación del cuerpo especializado de profesionales. La Dirección General de Administración del Poder Judicial tomó la intervención de su competencia, elaborando las planillas de ampliación de cargos y crédito presupuestario correspondiente.
La gestión fue avalada por el Ministro de Justicia y Seguridad y entonces el Ejecutivo propicia la creación y consecuente modificación en la planta de cargos por parte del Poder Judicial.
La ley determina que los seis integrantes del cuerpo especializado de profesionales se desempeñarán con dedicación exclusiva, siendo incompatible el ejercicio de cualquier otra actividad profesional, pública o privada, remunerada o no, que pueda afectar la independencia de criterio, imparcialidad, disponibilidad o el adecuado cumplimiento de las funciones propias del cargo.

La excepción a esta incompatibilidad es el ejercicio de la docencia, la investigación científica y la producción académica, siempre que no interfieran con la carga horaria, no comprometan la función jurisdiccional, ni generen conflictos de intereses.
En particular, la ley les prohibe a los médicos forenses actuar como delegados técnicos de parte, consultores o asesores en procesos judiciales, salvo designación judicial en carácter oficial; mantener vínculos profesionales y/o contractuales con personas humanas o jurídicas que sean parte o tengan interés en causas en las que deban intervenir en razón de su cargo; percibir honorarios, emolumentos o cualquier otro tipo de retribución por tareas vinculadas, directa o indirectamente, con las funciones propias del cargo.
Además se les veda la posibilidad de integrar órganos de administración y/o fiscalización de sociedades comerciales; desarrollar actividades que comprometan el deber de confidencialidad, el decoro profesional o la confianza pública en el servicio de justicia; y aquellos peritos que integren el cuerpo médico, no podrán tener vínculo alguno con las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, o representar en su caso, a los trabajadores en los reclamos previstos por la Ley Nacional Ne 24.557 y sus modificatorias.
La ley surgió a partir de un proyecto del diputado radical José Corral que apuntó "a contribuir a la disminución de la litigiosidad laboral en la Provincia de Santa Fe mediante mediante la implementación obligatoria del cuerpo especializado de peritos profesionales en el ámbito del Poder Judicial".

La norma sancionada tiene varios aspectos, el primero de los cuales modificó seis artículos del Código Procesal Laboral de la provincia, y otros tantos de la norma por la cual Santa Fe adhirió a la Ley Nacional N° 27348, complementaria de la Ley de Riesgos de Trabajo. El objetivo principal de esta norma es reformar el procedimiento ante accidentes laborales o enfermedades profesionales para reducir la judicialización y agilizar el cobro de indemnizaciones.
Subas
Santa Fe registró en el primer cuatrimestre de 2026 un incremento del 19,5% interanual en el ingreso de nuevos juicios laborales, con picos del 24,9% en abril. Este crecimiento contrasta fuertemente con el promedio nacional, que rondó el 2,3%, de acuerdo al informe reciente de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
Inscriben a un concurso clave para la justicia santafesina
Este lunes, el Consejo de la Magistratura abrió las inscripciones a los postulantes que pretendan ocupar las ocho vacantes de jueces de Primera Instancia de Distrito del recientemente creado Colegio de Jueces en lo Contencioso Administrativo.
El plazo para anotarse en el concurso vencerá el viernes 4 de septiembre, al mediodía, dice la convocatoria.

La resolución del presidente del Consejo de la Magistratura, Santiago Mascheroni, contiene la designación del cuerpo evaluador para el concurso de oposición, antecedentes y entrevista para los postulantes. El cuerpo evaluador tendrá como titular por el Colegio de Magistrados a Enrique Aragón y como suplente a Alejandro Andrada. Por los estamentos académicos el titular será Justo José Reyna y suplente María Florencia Villarruel. Por los colegios de abogados fue designada Analía Antik.
La resolución contiene además los requisitos que deberán llenar y entregar los postulantes a los juzgados del fuero.
La Legislatura ya dictó la ley de creación del Colegio de Jueces en el fuero Contencioso Administrativo y el código respectivo. En tanto, debe definir la futura ley de procedimiento en la materia. Sobre este particular ya se pronunciaron ambas cámaras legislativas y ahora Diputados resolverá qué texto hace ley.
Además, en el tratamiento del futuro Código Electoral de la provincia, la votación en la Cámara de Diputados determinó que desde el 1 de enero de 2028, un juez del fuero Contencioso Administrativo tendrá además la competencia de juez electoral y otros tres integrantes el tribunal de alzada.
La decisión de postergar hasta el 2028 esa instancia obedece a que recién sobre finales de este año estarían designados los jueces de ese fuero una vez finalizado el respectivo concurso. EN tanto, las elecciones primarias se harían en abril y las generales el 13 de junio, siendo imposible que los nuevos magistrados asuman la tarea electoral.








