Reconquista: condenaron a 12 años de prisión a un hombre por abusar de la hija menor de su pareja
La Justicia condenó a Hugo Agustín Romero, de 51 años, a 12 años de prisión por abusar sexualmente de la hija menor de edad de su pareja. La sentencia fue dictada por la jueza Norma Senn en el marco de un juicio abreviado, con intervención de la fiscal Georgina Díaz.
Abuso sexual intrafamiliar: pena de 12 años de prisión tras un juicio abreviado en Reconquista
Un hombre de 51 años, identificado como Hugo Agustín Romero, fue condenado a 12 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija menor de edad de su pareja en la ciudad de Reconquista. La pena fue impuesta por la jueza Norma Senn, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos, desarrollado en los tribunales locales.
La investigación estuvo a cargo de la fiscal Georgina Díaz, del Ministerio Público de la Acusación (MPA), quien representó al organismo durante el debate judicial y expuso los alcances de los hechos por los cuales el imputado fue finalmente condenado.
Los hechos investigados
Según indicó la fiscal, los abusos se produjeron entre junio y diciembre de 2024, período en el que la víctima cursaba el primer año de la escuela secundaria. Los episodios se dieron en el marco de la convivencia preexistente, ya que Romero mantenía una relación de pareja con la madre de la adolescente.
Díaz detalló que el condenado vulneró la integridad sexual de la víctima en reiteradas oportunidades, aprovechando momentos en los que quedaban a solas tanto en la vivienda que compartían como en el domicilio de la madre del agresor. La funcionaria remarcó que el contexto de cercanía, confianza y asimetría de poder fue determinante para la comisión de los delitos.
En su argumentación, la fiscal sostuvo que “por la modalidad, la frecuencia y la duración de los hechos, la diferencia de edad entre la víctima y el condenado y el vínculo que los unía, lo sucedido tuvo entidad suficiente para interferir en el libre y progresivo desarrollo sexual de la joven”.
Juicio abreviado y conformidad de las partes
El proceso judicial se resolvió mediante un juicio abreviado, modalidad en la que el imputado reconoció expresamente su responsabilidad penal.
Romero admitió ser autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante calificado, por tratarse de una menor de 18 años y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente, reiterado en el tiempo, y de promoción a la corrupción de un menor de edad, también agravada por la edad de la víctima y el vínculo de convivencia.
Junto a su abogada defensora, el condenado aceptó la calificación legal, el monto de la pena, su modo de cumplimiento y la decisión de abreviar los procedimientos. Asimismo, la víctima fue debidamente informada de lo resuelto y manifestó su conformidad con la sentencia.
De esta manera, la causa quedó concluida con una condena firme, en un fallo que reafirma la gravedad de los delitos sexuales cometidos contra menores y la responsabilidad penal agravada cuando los hechos se producen en ámbitos de convivencia y confianza familiar.