La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió durante agosto de 2026 tres disposiciones que establecen prohibiciones y medidas preventivas sobre productos vinculados a las marcas Qualibest, Yectafer y Hessico.
Anmat prohibió productos de las marcas Qualibest, Yectafer y Hessico: qué hay que saber
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso en agosto tres medidas preventivas que afectan a productos domisanitarios y medicamentos. Las causas van desde la falta de registro sanitario hasta el robo de lotes y el incumplimiento de una orden de retiro del mercado.

Las decisiones fueron tomadas a partir de diferentes irregularidades detectadas por el organismo y tienen como objetivo evitar que productos cuya seguridad o trazabilidad no puede ser garantizada continúen en circulación.
Las situaciones son diferentes entre sí. En el caso de Qualibest, el problema está relacionado con productos domisanitarios que eran comercializados sin el registro sanitario correspondiente.
Para Yectafer, la medida alcanza a dos lotes que fueron sustraídos y cuya cadena de custodia quedó interrumpida. En tanto, el caso Hessico está relacionado con el incumplimiento de una orden de retiro del mercado y con deficiencias consideradas críticas y mayores por la autoridad sanitaria.

Qualibest: prohibieron productos de limpieza y desinfección
La Disposición 5292/2026 establece la prohibición de uso, comercialización y publicidad de los productos de la marca Qualibest incluidos en distintas categorías de productos domisanitarios.
La investigación comenzó a partir del monitoreo realizado por el Servicio de Domisanitarios de la ANMAT en páginas web y plataformas de venta digital. Allí se detectó la oferta de productos destinados a la limpieza y desinfección que no contaban con el respaldo sanitario exigido.
Entre los productos alcanzados por la medida se encuentran limpiadores y desinfectantes, eliminadores de olores y aromatizantes y productos para el acabado de superficies.
El organismo identificó productos vinculados con Quali Química S.R.L. y Química Erpe S.R.L.. Según la información analizada, las inscripciones de estas empresas en el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) habían sido dadas de baja mediante disposiciones anteriores.
La ANMAT también intentó comunicarse con las firmas en el domicilio legal registrado en Ciudadela, mediante una pieza postal, pero no obtuvo respuesta.
Para entender por qué esta situación resulta relevante, hay que tener en cuenta que el registro sanitario permite a las autoridades conocer quién fabrica o comercializa un producto, qué contiene y bajo qué condiciones se produce y distribuye. Cuando ese registro no existe o fue dado de baja, se pierde una herramienta fundamental para controlar el producto y garantizar su trazabilidad.
Por ese motivo, la Disposición 5292/2026 determinó la prohibición de los productos Qualibest involucrados y ordenó el cese de su publicidad.
La medida se fundamentó en infracciones a las normas que regulan la fabricación y comercialización de productos domisanitarios, entre ellas las resoluciones ex Ministerio de Salud y Acción Social N° 708/98 y 709/98 y las disposiciones ANMAT N° 7292/98 y 7293/98.
Para los consumidores, la recomendación práctica es sencilla: no adquirir ni utilizar productos de la marca alcanzados por la prohibición, especialmente cuando se ofrecen a través de canales digitales sin información sanitaria verificable.

Yectafer: qué lotes fueron prohibidos y por qué no deben utilizarse
La segunda medida corresponde a la Disposición 5322/2026 y afecta al medicamento Yectafer/Hierro 5%, comercializado en presentaciones de cinco y diez ampollas.
En este caso, el origen de la alerta fue diferente. Laboratorio Rontag S.A., titular del producto, informó el robo de mercadería ocurrido en la planta de acondicionamiento de terceros Dalban Pharma S.A.
La sustracción involucró un total de 3.597 ampollas, correspondientes a dos lotes:
Lote 1-R0730: presentación en caja por cinco ampollas. Fueron sustraídas 2.205 unidades.
Lote 2-R0730: presentación en caja por diez ampollas. Fueron sustraídas 1.392 unidades.
La principal preocupación sanitaria no está solamente relacionada con el hecho delictivo, sino con lo que ocurre cuando un medicamento sale de la cadena de distribución controlada.
Una vez que las unidades fueron sustraídas, el laboratorio ya no pudo garantizar las condiciones en las que fueron almacenadas, transportadas o conservadas. Esto impide asegurar que hayan mantenido las condiciones necesarias de estabilidad y seguridad.
Por ese motivo, la ANMAT dispuso la prohibición de comercialización y uso de los lotes 1-R0730 y 2-R0730.
Existe además un dato importante para quienes trabajan en farmacias, centros de salud y otros establecimientos que reciben medicamentos. Las unidades legítimas que permanecieron bajo custodia del laboratorio fueron reestuchadas y recibieron nuevos identificadores: 1-R0730R y 2-R0730R.
Aunque las ampollas individuales mantienen el código R0730, los estuches secundarios que cuentan con el sufijo “R” son los que permiten identificar las unidades que conservaron la trazabilidad garantizada por el titular del producto.
Por lo tanto, la diferencia entre los lotes originales y los reestuchados es fundamental. La prohibición alcanza a las unidades correspondientes a los lotes sustraídos, mientras que las unidades reestuchadas con los identificadores indicados cuentan con una trazabilidad diferenciada.
La medida fue adoptada en el marco de las facultades otorgadas a la ANMAT por el Decreto N° 1490/92, específicamente su artículo 8°, inciso ñ).

Hessico: ordenaron retirar un lote por incumplir una medida sanitaria
El tercer caso corresponde a la Disposición 5355/2026 y afecta al producto Hessico / Hidroxietilalminón 6 G %, lote 29116, con vencimiento AGO/27.
La situación involucra a P.L. Rivero y Cía. S.A. y se originó a partir de un incumplimiento de una orden de retiro del mercado.
Según la información analizada, el Departamento de Vigilancia había intimado a la empresa a comenzar el retiro de los productos en un plazo de 24 horas. Sin embargo, la firma no habría cumplido con esa instrucción.
La empresa argumentó que las unidades habían sido elaboradas bajo la modalidad de preparaciones magistrales y que estaban destinadas a laboratorios relacionados con la extracción de células madre.
Sin embargo, la autoridad sanitaria consideró que esa explicación no resultaba válida para la situación investigada, ya que la producción se habría realizado en un establecimiento industrial que no estaba habilitado para esa actividad.
El caso está relacionado además con la cancelación de productos que contienen hidroxietil-almidón (HeA), medida adoptada previamente mediante la Disposición 2847/26.
Como consecuencia de las irregularidades detectadas, la ANMAT ordenó la prohibición y el recupero inmediato del producto Hessico identificado como lote 29116. También se inició un sumario sanitario contra la empresa y su Dirección Técnica.
Las deficiencias fueron calificadas como críticas y mayores, y la actuación quedó encuadrada en posibles infracciones a la Ley 16.463 y a las disposiciones ANMAT N° 1402/2008 y 4159/2023.
Para los establecimientos sanitarios, el punto central es verificar los productos existentes en stock y evitar la utilización o dispensación del lote alcanzado por la prohibición.

Tres situaciones diferentes con una misma finalidad
Aunque los tres casos tienen causas distintas, las medidas adoptadas por la ANMAT persiguen un mismo objetivo: evitar que lleguen al consumidor productos cuya seguridad, legalidad o trazabilidad no pueda ser garantizada.
En Qualibest, el problema fue la falta de registro y las irregularidades vinculadas con los establecimientos responsables.
En Yectafer, la medida se originó por el robo de unidades y la consecuente pérdida de control sobre las condiciones de conservación y distribución.
En Hessico, el eje estuvo puesto en el incumplimiento de una orden de retiro y en irregularidades relacionadas con la elaboración y habilitación del establecimiento.
Para los consumidores, estas diferencias son importantes porque no todas las medidas afectan a una marca completa. En particular, en el caso de Yectafer, la prohibición está dirigida a lotes específicos, mientras que las unidades reestuchadas con el sufijo “R” cuentan con una identificación diferente.

Ante cualquiera de estos productos, la recomendación es no utilizar una unidad alcanzada por la prohibición y consultar a un profesional de la salud o al establecimiento donde fue adquirida para determinar cómo proceder.
Las disposiciones también muestran la importancia de conservar los envases y los datos de lote cuando se detecta una alerta sanitaria. Esa información permite identificar rápidamente si un producto está incluido o no dentro de una medida oficial.
Las decisiones fueron adoptadas en el marco de las facultades de fiscalización de la ANMAT y constituyen medidas preventivas destinadas a proteger la salud de la población mientras avanzan las actuaciones administrativas correspondientes.








