Viernes 25.6.2021
/Última actualización 10:37
Un albañil de 32 años de la ciudad de San Justo fue condenado esta semana, un año después de haber sido detenido en una investigación por tráfico de estupefacientes. Walter Federico Mellano, aceptó una pena de 3 años de prisión efectiva y multa de $ 6.000 como responsable por el delito de "tenencia simple de estupefacientes", según informó el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte.
La sentencia, publicada este martes 22 de junio, lleva la firma del juez Luciano Lauría y fue el resultado de un juicio abreviado, en el que Mellano, junto al defensor público oficial Fernando Sánchez, aceptaron la sanción a propuesta del fiscal auxiliar Nicolás Sacco.
El 7 de mayo del año pasado, la Brigada Operativa Antinarcóticos XVI de la policía provincial le informa al fiscal Federal Nº 2, Walter Rodríguez, que mientras investigaban una vivienda del barrio San José Obrero por venta de estupefacientes, se encontraron con otro domicilio sospechoso en las inmediaciones.
"Durante las pesquisas realizadas sobre un inmueble en la ciudad de San Justo, se observan en otro domicilio vecino al investigado presuntas transacciones de material estupefaciente", apunta el fallo.
Así fue que se ordenó el allanamiento de una casa de calle Entre Ríos al 1600 del barrio Fonavi (San José Obrero), el cual se llevó a cabo el 20 de junio del 2020 y que tuvo como resultado el secuestro de material estupefaciente, así como la detención de Mellano.
Diez días después -el 1° de julio– el detenido fue procesado por "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización" y quedó en prisión preventiva. El 17 de septiembre la causa fue elevada a juicio y el Tribunal Oral Federal fijó para este miércoles el debate oral, cuando fiscalía y defensa alcanzaron el acuerdo.
Mellano, que se presentó como "albañil" ante las autoridades judiciales, vivía junto a su madre y hermanos en la casa del Fonavi, donde la policía incautó 25 envoltorios de nailon con cocaína (21,89 gramos), 1 capuchón eppendorf con vestigios de la misma sustancia, 3 teléfonos celulares y 2 tarjetas de memoria micro chip, todos elementos que fueron reconocidos como propios por el acusado.
A la hora de evaluar la situación personal del imputado, el juez Lauría sostuvo que "si bien el hallazgo de la droga no ha sido fortuito, toda vez que fue producto de una investigación previa sobre presunta comercialización de estupefacientes, lo cierto es que la cantidad secuestrada y la falta de elementos comúnmente utilizados para su fraccionamiento, no me permiten afirmar con el grado de certeza necesario que el fin de la tenencia fuera inexorablemente el de su futura venta".
En el mismo sentido, el magistrado descartó la hipótesis de consumo personal, por lo que finalmente resultó condenado por el delito de "tenencia simple de estupefacientes", con pena de 3 años de cárcel en forma efectiva, convirtiéndose ésta en su primera condenada.