La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó por unanimidad un recurso extraordinario interpuesto por la defensa de C.E.L., un hombre de 45 años condenado por abusar sexualmente de su hijo en la ciudad de Avellaneda, departamento General Obligado. Con esta resolución, el tribunal provincial cerró la posibilidad de que la causa sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La Corte provincial ratificó la condena para un hombre que abusó de su hijo en Avellaneda
El máximo tribunal de Santa Fe resolvió denegar el recurso extraordinario pedido de la defensa para llevar el caso a la Corte Suprema de la Nación. El condenado, identificado como C.E.L., continuará cumpliendo su pena en la cárcel.

La investigación y el proceso judicial estuvieron a cargo de la Fiscalía Regional 4, bajo la representación de la fiscal regional interina Georgina Díaz.
Recorrido judicial
Los hechos sucedieron durante la etapa escolar primaria de la víctima.
Según detalló la fiscal Díaz, la condena a 14 años de prisión fue dictada al atribuirle al imputado la autoría de: abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo, por la convivencia, por causar un grave daño en la salud del niño y por haber estado a cargo de su guarda y educación); promoción de la corrupción agravada (por tratarse de una menor de 13 años y ser su ascendiente); y amenazas coactivas.
El caso tuvo una compleja trayectoria en los tribunales: tras haber sido absuelto en un primer juicio oral en mayo de 2024, la pena fue revocada e impuesta en segunda instancia cinco meses después.
Posteriormente, la sentencia fue confirmada por otro tribunal de Alzada en junio del año pasado y respaldada por la propia Corte provincial en abril de este año.
Argumentos
En su fallo, los ministros de la Corte de Santa Fe remarcaron que el planteo de la defensa carecía de "una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada".
Asimismo, señalaron que el escrito presentado no lograba demostrar una vinculación directa entre las normas invocadas y lo resuelto en el expediente.
Para los jueces, los cuestionamientos de la defensa representaban simplemente una "mera disconformidad" con la valoración de los hechos, las pruebas y el derecho aplicable dictaminado por los magistrados actuantes, sin llegar a configurar una cuestión constitucional que justificara la intervención del máximo tribunal del país.
Resguardo
Por razones legales y para evitar la revictimización del niño —quien comparte el apellido con su progenitor—, solo se difundieron las iniciales del condenado (C.E.L.).








