El Tribunal Oral Federal de San Juan condenó a tres integrantes de una familia perteneciente a la comunidad gitana radicada en la ciudad de Santa Fe, a cumplir la pena de 10 años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral y doméstica agravada.
Condenan a una familia a 10 años de prisión por trata agravada en un caso vinculado a un "casamiento gitano"
El Tribunal Oral Federal de San Juan declaró la responsabilidad penal de tres integrantes de una familia santafesina por trata de personas con múltiples agravantes. “No son una banda de tratantes”, enfatizó la defensa, que adelantó que recurrirá el fallo y cuestionó tanto aspectos procesales como la valoración de la prueba.

La sentencia fue dictada el pasado viernes 24 de abril por el juez Daniel Alejandro Doffo —tribunal unipersonal—, luego de la audiencia de determinación de pena, y se enmarca en un caso que tuvo amplia repercusión por su vinculación con prácticas culturales de la comunidad gitana.

Los condenados —Alberto Cristo (45), Isabel Cristo (46) y el hijo de ambos, Franco Gustavo Cristo (23)— fueron considerados coautores del delito de trata de persona, con agravantes por la participación de tres o más personas, la minoría de edad de la víctima, la convivencia con la misma y el aprovechamiento de su situación de vulnerabilidad, entre otros.
El magistrado también dispuso la prórroga de la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, el decomiso de una camioneta Ford Ranger utilizada durante el procedimiento y un embargo sobre otros vehículos de la familia. Asimismo, fijó una reparación económica a favor de la víctima por un monto de 75 millones de pesos, junto con medidas de reparación no económica.
En el caso de Isabel Cristo, el tribunal ordenó que la pena sea cumplida bajo el régimen de prisión domiciliaria, mientras que rechazó un planteo similar formulado en favor de Alberto Cristo. El juicio se inició el 9 de abril y se extendió hasta el 22 del mismo mes, fecha en que los tres fueron declarados culpables.
Atravesado por factores culturales
La investigación judicial giró en torno a la situación de una adolescente que, según la acusación, era sometida a condiciones de explotación laboral en el marco de prácticas asociadas a la comunidad gitana, en particular la venta ambulante en la ciudad de Santa Fe.
Durante el debate, la fiscalía, a cargo de los Dres. Fernando Alcaraz, Virginia Rodríguez y Alejandra Mángano (esta última, titular de la PROTEX), sostuvo que la menor era obligada a trabajar en condiciones que configuraban explotación, aprovechando su situación de vulnerabilidad y su inserción en un grupo familiar con escaso acceso a la educación formal.

A ello se sumaron otros indicadores típicos del delito de trata, que —según la acusación— permitieron acreditar la consumación del ilícito por el que solicitaron penas de 14 años de cárcel para el matrimonio y 11 para el hijo.
Al momento de fijar la pena, el juez ponderó estos elementos junto con factores atenuantes vinculados al contexto sociocultural de los imputados, como su condición de analfabetismo y las prácticas tradicionales de su comunidad. No obstante, concluyó que la gravedad de los hechos y la cantidad de agravantes justificaban la imposición del mínimo legal previsto, que asciende a 10 años de prisión.
De Santa Fe a San Juan
La acusación sostuvo que la víctima —identificada como V.S.Y.— fue sometida a una unión forzada a los 13 años con Franco Cristo -que entonces tenía 20 años-. El casamiento se realizó entre marzo y abril de 2022 en la provincia de Neuquén, en el marco de un rito tradicional que incluyó el pago de $825.000 por parte de la familia del joven a los padres de la adolescente.

Pero existen dos etapas posteriores en la que el bloque acusador sostuvo -primero- que durante la convivencia posterior, en una casa del barrio santafesino de Cabaña Leiva la menor habría sido obligada a realizar tareas domésticas, venta ambulante e incluso trabajó durante su embarazo, además de recibir violencia física y psicológica por parte de los padres de su esposo.
La etapa final se sitúa entre diciembre de 2024 y abril de 2025, cuando la joven pareja, junto al hijo de ambos, viajaron a San Juan para visitar a los padres de la mujer. Puntualmente el 5 de abril se produjo la detención de los tres integrantes de la familia Cristo, cuando los padres de la joven denunciaron que quisieron llevársela contra su voluntad.
Postura de la defensa
La defensa, a cargo de los abogados santafesinos Claudio Torres del Sel, Julieta Carnaval y Francisco García Rossi, adelantó que recurrirá la sentencia ante la Cámara Federal de Casación Penal. “Nosotros vamos a ir en Casación, con argumentos procesales y de fondo”, señaló García Rossi, que fue quien viajó a San Juan al debate.
En ese sentido, cuestionó la validez de la audiencia de control de acusación, al sostener que fue llevada adelante por un juez que ya había intervenido previamente en el caso en instancias vinculadas a la prisión preventiva. Según indicó, ello vulneraría criterios fijados por la jurisprudencia, en particular en relación con la imparcialidad del juzgador en etapas clave del proceso.

Además, criticó la actuación de la Defensoría de Víctimas, al señalar que “no se presentó al juicio ni dio la versión de los hechos de la víctima ni su posición”, lo que —a su criterio— afectó el desarrollo del contradictorio.
En cuanto al fondo del asunto, García Rossi sostuvo que no existen elementos suficientes para acreditar la explotación laboral. “Creemos que no hay prueba de que la menor estuviera siendo explotada por trabajar como hacen todos los gitanos vendiendo en el centro”, afirmó García Rossi, quien además consideró que la pena impuesta resulta desproporcionada.
“No son una banda de tratantes”, enfatizó el letrado, aunque reconoció que “había muchos indicadores de trata que los tomaron uno por uno aislados y terminaron condenando”. En esa línea, también mencionó que estaba acreditado que la adolescente pretendía abandonar su hogar para casarse, lo que —según la defensa— debía ser considerado al analizar el contexto del caso.
Finalmente, el abogado remarcó que la fiscalía había solicitado una pena de 14 años de prisión, pero que el tribunal optó por el mínimo legal en función de los factores atenuantes. “Los condenaron por el mínimo, que era muy alto porque tenía muchas agravantes”, concluyó.
El caso continuará ahora en la instancia de revisión, ante la Cámara Federal de Casación Penal de Mendoza, donde se analizarán tanto los planteos procesales como la valoración de la prueba realizada por el tribunal de juicio.










