Este jueves se realizó la apelación de la condena de siete años y medio impuesta al reconocido muralista santafesino Andrés Iglesias Petroccelli, alias Cobre, por haber violado a su expareja.

La audiencia contó con la producción de una nueva prueba, el testimonio de la madre de Andrés Iglesias Petroccelli, quien aportó conversaciones de Whatsapp que mantuvo con la víctima.

Este jueves se realizó la apelación de la condena de siete años y medio impuesta al reconocido muralista santafesino Andrés Iglesias Petroccelli, alias Cobre, por haber violado a su expareja.
La audiencia estuvo a cargo de los camaristas Roberto Prieu Mántaras, Oscar Burtnik y Sebastián Creus, y se realizó a puertas cerradas “de facto”, ya que no se permitió el ingreso de la prensa que aguardaba desde hacía media hora en el hall del Palacio de Tribunales.
Los abogados Sebastián Oroño e Ignacio Alfonso Garrone solicitaron que se declare la nulidad del juicio en el que el juez Lisandro Aguirre condenó a su cliente, por considerar que el mismo debería haber contado con un tribunal pluripersonal. Su pedido incluyó la absolución de Iglesias Petroccelli y, subsidiariamente, la reducción de la pena.

La fiscal Luciana Escobar Cello y las querellantes Jaquelina Bussi y Paula Condrac solicitaron que la condena sea confirmada en todos sus términos. La víctima declaró ante el tribunal de forma remota, a través de una videoconferencia.
A diferencia del resto de las audiencias realizadas a lo largo del extenso proceso judicial, la de este jueves no contó con la presencia de la prensa. A pesar de estar informados de que trabajadores de distintos medios locales pretendían presenciar el acto, no se garantizó el ingreso de los mismos.
La prensa fue llamada a la sala 5 pero segundos antes de que los periodistas arribaran, el tribunal dio inicio a la audiencia. Sólo permitió que dos trabajadores tomaran imágenes fugazmente.
Por esto, lo sucedido durante la apelación sólo se conoce de boca de los abogados defensores, que fueron entrevistados al culminar la audiencia.
“Hicimos varios planteos en relación a lo que fue la sentencia dictada en primera instancia, planteando como primera situación la nulidad del debate por afectación de garantías constitucionales del imputado”, señaló Oroño
“Entendemos que correspondió que en el debate Iglesias fuera juzgado por un tribunal pluripersonal cuando desde la Oficina de Gestión Judicial, de manera unilateral y sin control de las partes, decidieron poner un tribunal unipersonal”, agregó el letrado.

En esa línea, indicó que esto, “a criterio de esta defensa, genera una afectación, un vicio, en el proceso y efectos que solamente pueden ser subsanados con la nulidad”.
“El agravio central tiene que ver con que este tipo de causa no puede probarse solamente con un relato. Que el relato no puede ser la prueba que de certeza, más cuando hemos planteado hechos objetivos, como son conversaciones.”, explicó Alfonso Garrone.
“En esta lógica, se propuso el testimonio de la madre de Iglesias, que fue a aportar lo mismo, conversaciones mantenidas en los mismos momentos, y con posterioridad a esta relación, entre ella y la denunciante”, continuó.

La misma “fue entendida como prueba nueva porque se desconocía con anterioridad. A partir de la recuperación de esos mensajes es que se da este pedido de la defensa. No fue controvertido por la fiscalía ni por la querella, el tribunal lo aceptó y finalmente hoy en la audiencia se reprodujeron e incorporaron las capturas”.
“Acá la prueba objetiva son los mensajes”, reiteró el abogado, los que a su criterio “marcan una determinada tendencia” y resultan “favorables a Iglesias”. Ahora sólo resta aguardar la resolución de la Cámara de Apelaciones.
"Cobre" llegó a juicio acusado de haber sometido sexualmente a su expareja mientras aún mantenían un vínculo, el sábado 17 de diciembre de 2022. En sus extensos fundamentos, el juez Aguirre otorgó un peso determinante al testimonio de la víctima, considerándolo "contundente, claro y preciso" en la descripción de los hechos, su modalidad y la autoría de Iglesias.
La mujer describió cómo, mientras se encontraba durmiendo, despertó con Iglesias sobre ella, momento en el que abusó de ella. A pesar de su resistencia verbal y física, y sus intentos por forcejear y pedir que la dejara, la acción continuó. "Él estaba encima mío, me tenía las manos, no lo podía sacar", relató.
"El relato brindó una explicación clara, exhaustiva y emotiva de lo ocurrido, compatible con el perfil de una víctima", resaltó Aguirre.

El magistrado determinó que la acción de Iglesias se caracterizó por la "ausencia de consentimiento" de la víctima, quien, pese a la resistencia verbal y física, fue "neutralizada por el acusado en razón de la fuerza que ejerce al sostenerle las manos” y posicionarse sobre ella.
La resolución subrayó que el acto sexual se consumó en un contexto de violencia e intimidación que desvirtúa cualquier noción de consentimiento previo, confirmando la ocurrencia del hecho y la responsabilidad penal de Iglesias, por lo que fue condenado a 7 años y medio de prisión.