Una abogada santotomesina firmó una probation, evitando la condena, tras haber sido imputada en una causa por acoso serial cuyas víctimas fueron un empresario santafesino y otra abogada.

Realizó 1700 llamadas entre enero y mayo de 2022. Deberá hacer reparaciones económicas, según lo acordado entre las partes y dispuesto por el juez Octavio Silva

Una abogada santotomesina firmó una probation, evitando la condena, tras haber sido imputada en una causa por acoso serial cuyas víctimas fueron un empresario santafesino y otra abogada.
María Sol F. alcanzó un acuerdo de suspensión de juicio a prueba, conocido como probation, en una causa por amenazas calificadas reiteradas. El acuerdo fue alcanzado por la fiscal Lucila Nuzzo y los abogados defensores Ignacio Alfonso Garrone y Cara Vázquez.
El juez penal Octavio Silva le impuso reparaciones económicas y un conjunto de estrictas normas de conducta que deberá cumplir durante un período de dos años. Si la mujer se atiene a lo pactado y no comete nuevos delitos en ese lapso, la causa culminará con su sobreseimiento definitivo.

La causa se destacó por la modalidad y persistencia del hostigamiento, que se originó a principios de 2022 y tuvo como principal víctima a un empresario de Santa Fe, cuyo nombre se mantiene en reserva.
La imputación, formalizada en septiembre de 2023, detalla un patrón de acoso sistemático que incluyó un alarmante número de llamadas anónimas y amenazas dirigidas también a la abogada que representaba al damnificado.
Entre el 14 de enero y el 19 de mayo de 2022, la abogada realizó al menos 1700 llamadas anónimas al teléfono personal del empresario. Estas comunicaciones se producían en cualquier momento del día, incluso durante la madrugada, desde un número privado.
La frecuencia era variada: algunos días se limitaban a una sola llamada, mientras que otros superaban las 100, llegando en una ocasión a la asombrosa cifra de 426 contactos en un solo día.
La naturaleza de las llamadas era perturbadora. En una oportunidad, una voz masculina modificada profirió la explícita amenaza: “Te vamos a reventar”. En el resto de las ocasiones, la imputada se mantenía en línea en silencio, solo permitiendo oír el sonido de su respiración o la marcación de números.

La insistencia, duración y cantidad de estas comunicaciones tuvieron severas consecuencias para el empresario, quien se sintió profundamente amedrentado. Esta situación lo llevó a vivir con un miedo permanente, viéndose forzado a iniciar tratamiento psicológico y médico debido al estrés, además de sufrir importantes perjuicios comerciales, empresariales y personales.
La investigación reveló que algunas de estas llamadas fueron realizadas desde la línea telefónica de la abuela de María Sol F. y otras desde el teléfono de su padre, lo que permitió rastrear su origen.
Una vez que el empresario decidió denunciar, su abogada fue objeto de hostigamiento anónimo a través de mensajes y correos electrónicos. Paradójicamente, esta nueva víctima era colega y amiga de la propia María Sol F.

En los mensajes, la imputada enviaba advertencias ominosas como "se metieron con las personas equivocadas. Todo vuelve" y "les va a salir el tiro por la culata y voy a disfrutar el momento", incluso simulando que una expareja del empresario era la autora de las amenazas.
La audacia de María Sol F. llegó al punto de valerse de información obtenida de un vínculo personal con un empleado del Ministerio Público de la Acusación (MPA), simulando ser víctima de un delito para conseguir datos.
Posteriormente, utilizó esta información para enviar múltiples correos electrónicos desde un remitente desconocido al empresario, a su abogada y a su propio correo personal, incluyendo capturas de pantalla del sistema informático del MPA con datos de la denuncia.

Esta maniobra tenía el claro objetivo de amedrentar al empresario para que desistiera de la denuncia y a la abogada para que no asumiera su representación. Los hechos fueron calificados como “amenazas reiteradas calificadas por ser anónimas” contra el empresario, y “amenazas coactivas agravadas por ser anónimas”, además de “amenazas coactivas reiteradas”, en perjuicio de ambos.
El acuerdo de suspensión de juicio a prueba que fue firmado el miércoles pasado, detalla una serie de obligaciones que la imputada deberá cumplir para lograr su sobreseimiento.
La abogada víctima solicitó que María Sol F. realice una reparación económica de $600.000 a la entidad pública “Animales en Adopción SF”. Respecto al empresario, deberá efectuar una reparación económica cuyo monto no fue difundido públicamente y enviarle una carta de disculpas.

Para con ambas víctimas, se estableció una medida de distancia no inferior a los 200 metros y un impedimento de contacto absoluto, que abarca medios telefónicos, redes sociales y contacto a través de terceras personas, todo por el término de dos años.
Adicionalmente, se establecieron reglas de conducta generales que María Sol F. deberá acatar. Estas incluyen la obligación de fijar un domicilio y notificar cualquier modificación del mismo. También deberá someterse al control de la Dirección de Asistencia y Control Pospenitenciario, y abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes, así como de portar armas de fuego.
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