Las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares tendrán nuevos valores desde agosto de 2026. La actualización fue oficializada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a través de dos resoluciones publicadas este jueves 30 de julio en el Boletín Oficial. El incremento aplicado es del 1,89%, de acuerdo con la fórmula de movilidad vigente, que toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional publicado por el INDEC.
Cuánto cobrarán jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones desde agosto de 2026
El Gobierno oficializó un aumento del 1,89% para las prestaciones previsionales y las asignaciones familiares que se pagarán desde agosto.

Para quienes reciben una jubilación o pensión, el dato más importante es el nuevo haber mínimo: desde agosto será de $419.775,93. En el otro extremo, el haber máximo del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) pasará a $2.824.694,49.
La actualización también alcanza a otros valores previsionales y a los parámetros que determinan quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares. Por eso, el cambio no afecta solamente a jubilados y pensionados: también modifica los montos y límites de ingresos de distintos grupos familiares.

Jubilaciones y pensiones: cuáles son los nuevos valores desde agosto
La Resolución 232/2026 de ANSES establece los valores que estarán vigentes durante agosto para las prestaciones del sistema previsional.
El haber mínimo garantizado quedará establecido en $419.775,93, mientras que el haber máximo será de $2.824.694,49. Ambos valores comenzarán a regir para las prestaciones correspondientes al mes de agosto.
El aumento surge de la aplicación de la movilidad mensual establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2024. Ese esquema dispone que los haberes previsionales se actualicen mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INDEC.
Para agosto de 2026, ANSES calculó una movilidad del 1,89%, tomando los datos correspondientes al índice de precios de junio de 2026.
Esto permite entender por qué el porcentaje de aumento es el mismo utilizado para actualizar distintos valores del sistema: no se trata de un incremento extraordinario establecido de manera discrecional, sino de la aplicación de la fórmula de movilidad que actualmente utiliza ANSES.

También cambian la PBU y la PUAM
Entre los valores que se actualizan desde agosto se encuentran la Prestación Básica Universal (PBU) y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
La PBU quedará establecida en $192.028,32 desde agosto de 2026. Este componente forma parte del cálculo de las prestaciones previsionales alcanzadas por el régimen correspondiente.
Por su parte, la PUAM tendrá un valor de $335.820,74. La prestación está contemplada por la Ley 27.260 y también es actualizada de acuerdo con el índice de movilidad previsto para el sistema previsional.
Otro dato establecido por ANSES corresponde a las bases imponibles utilizadas para los aportes previsionales. Desde el período devengado agosto de 2026, la base mínima será de $141.380,42, mientras que la máxima llegará a $4.594.798,23.

Asignaciones familiares
La actualización de agosto también alcanza a las asignaciones familiares. En este caso, ANSES estableció un incremento del 1,89% tanto para los montos de las asignaciones como para los límites y rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el acceso al beneficio, con las excepciones previstas expresamente por la normativa.
La medida alcanza al régimen de asignaciones familiares establecido por la Ley 24.714, que comprende, entre otros grupos, a trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios del seguro de desempleo, monotributistas, jubilados y pensionados en los casos correspondientes, personas que reciben determinadas pensiones no contributivas y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo.
La actualización se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos previamente por ANSES y tendrá vigencia para las asignaciones que se perciban o cuyos hechos generadores se produzcan a partir de agosto de 2026.
Una particularidad de la resolución es que, cuando el incremento genere valores con decimales, se aplicará un redondeo al valor entero siguiente.

El límite que puede dejar a una familia fuera del beneficio
Uno de los datos más importantes para quienes reciben asignaciones familiares no está solamente en cuánto aumenta cada prestación, sino en los ingresos que permiten acceder al sistema.
ANSES estableció que si uno de los integrantes del grupo familiar registra un ingreso superior a $3.092.203 mensuales, el grupo queda excluido del cobro de las asignaciones familiares, incluso cuando la suma de los ingresos de todos sus integrantes no supere el límite máximo establecido en los anexos correspondientes.
Este parámetro es especialmente relevante para las familias cuyos ingresos se encuentran cerca de los límites establecidos por ANSES, ya que un cambio en la remuneración de uno de sus integrantes puede modificar el acceso al beneficio.
Por ese motivo, para saber si corresponde una asignación familiar desde agosto no alcanza con mirar solamente el monto de la prestación: también es necesario observar los ingresos individuales y el ingreso total del grupo familiar.

Qué pasa con los trabajadores temporarios y del sector agropecuario
La resolución también contempla situaciones específicas relacionadas con trabajadores contratados bajo determinadas modalidades laborales.
La normativa vigente establece que quienes trabajan bajo modalidades de trabajo temporario o permanente discontinuo previstas para determinadas actividades, así como quienes desarrollan actividades agropecuarias bajo la modalidad correspondiente, pueden percibir asignaciones familiares siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
En estos casos, la normativa establece además que determinados montos de las asignaciones por hijo, hijo con discapacidad o prenatal no pueden ser inferiores al equivalente al 100% del valor general correspondiente de las prestaciones previstas para esos grupos.

Por qué conviene guardar estos valores
Los nuevos montos de ANSES son de interés no solamente para quienes están cobrando actualmente una jubilación, pensión o asignación, sino también para quienes están próximos a iniciar un trámite previsional o necesitan saber si cumplen las condiciones para acceder a una prestación.
La Resolución 232/2026 también establece que las remuneraciones de determinadas personas que cesen en su actividad desde el 31 de julio de 2026, o quienes continúen trabajando bajo el régimen de compatibilidad y soliciten su prestación desde el 1° de agosto, serán actualizadas para el cálculo previsional utilizando los índices aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social.
Esto agrega otro dato relevante para quienes están próximos a jubilarse: el cambio de mes no modifica únicamente el monto de quienes ya reciben una prestación, sino que también interviene en determinados cálculos relacionados con nuevos beneficios.
La actualización oficializada para agosto es, en definitiva, una nueva aplicación del mecanismo de movilidad vigente. El 1,89% modifica los principales valores previsionales y los parámetros de las asignaciones familiares, mientras que el nuevo límite individual de $3.092.203 se convierte en uno de los datos que las familias deberán tener en cuenta para determinar si mantienen el derecho al beneficio.
Los nuevos valores fueron establecidos por ANSES mediante las Resoluciones 232/2026 y 233/2026, ambas fechadas el 28 de julio y publicadas en el Boletín Oficial el 30 de julio de 2026.








