La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones de la provincia de Santa Fe dispuesto en una reciente reforma a la ley 6915 y por otra parte validó los aportes solidarios otorgando un plazo de 30 días a los amparistas para que adecúen su pretensión ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Esta última decisión está contenida en la Ley N° 14283 que dictó la emergencia previsional.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inconstitucional los topes jubilatorios
El máximo tribunal de la provincia se pronunció este lunes sobre dos aspectos previsionales. Validó el aporte solidario y permitió que los amparistas vayan en 30 días a la Cámara en lo Contencioso Administrativo.


En ambos pronunciamientos hubo votación dividida: fue 4 a 3 en ambos temas y el que inclinó hacia un lado y hacia otro la votación fue Roberto Falistocco.

Los pronunciamientos se conocieron a los pocos días de caer la vigencia de la Ley de Emergencia Previsional que será el 13 de septiembre y en ambos casos las partes podrán recurrir al ámbito federal para hacer efectivos sus reclamos.

Los pronunciamientos de este lunes son en los caratulados casos Lisi, docente jubilada que cuestionó la emergencia previsional y el aporte solidario y en el caso Ramón, amparista que cuestiona el tope jubilatorio.








