Un plenario de tres comisiones de la Cámara de Diputados definirá el método de trabajo para avanzar con la futura Ley Orgánica de Municipios que tiene fijado un tratamiento preferencial para la sesión que se realizará el 9 de abril.

Definirán el método de trabajo para llegar a votar el 9 de abril. Al texto aprobado en Senado se suman proyectos propios de legisladores de la Cámara Baja.

Un plenario de tres comisiones de la Cámara de Diputados definirá el método de trabajo para avanzar con la futura Ley Orgánica de Municipios que tiene fijado un tratamiento preferencial para la sesión que se realizará el 9 de abril.
La presidenta de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Jimena Senn (UCR) convocó para este miércoles a un plenario junto a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Gobiernos Locales a las cuales les fue girado el expediente votado -por unanimidad- por el Senado el pasado jueves. Para la reunión fue reservado el propio recinto de la Cámara.

El propósito de Unidos era sancionar la norma este jueves, pero a pedido de la bancada justicialista, se acordó un tratamiento preferencial para la sesión a convocarse para el 9 de abril. Es más, si en Diputados el oficialismo aceptara cambios en el texto, el objetivo es acordarlos con el Senado para que esa misma tarde los ratifique.

La media sanción del Senado, en base al mensaje del Poder Ejecutivo más proyectos de legisladores, es un texto de 111 artículos. "Todo núcleo de población organizado como comunidad con vida propia se organiza como municipalidad, con el objeto de llevar adelante el gobierno y la administración de los intereses locales con la estructura institucional y con las facultades previstas en la Constitución y la presente ley", marca el artículo inicial.
La nueva Constitución santafesina determinó que las 365 localidades sean municipios.

"Todo núcleo de población organizado como comunidad con vida propia se constituye como municipio y se gobierna por sí mismo con arreglo al ordenamiento jurídico. La Provincia reconoce a los municipios como base de su organización territorial y democrática; y garantiza su autonomía en los órdenes institucional, político, administrativo, económico y financiero, de conformidad con lo previsto en esta Constitución.
La ley establece la delimitación territorial de los municipios y resuelve los casos de fusión y segregación". Así lo dispone el artículo 154 de la Constitución. El texto dispone que los municipios que tengan más de diez mil habitantes pueden dictar sus propias cartas orgánicas. El resto serán regidos por la ley a dictarse.

Más allá del proyecto del Senado, en la Comisión de Gobiernos Locales que encabeza Dionisio Scarpin (UCR) están en tratamiento otros dos proyectos sobre la materia. Una firmado por Celia Arena (PJ) sobre la misma materia y otro de Verónica Porcelli Baró Graf que versa sobre autonomía.

La reunión de este miércoles será únicamente de las tres comisiones de Diputados y allí se resolverá la mecánica de tratamiento o incluso la posible citación a foros de intendentes partidarios o bien a funcionarios del Poder Ejecutivo.
El texto aprobado por el Senado, en líneas generales, tuvo el aval de los diputados de Unidos que participaron de las conversaciones con senadores y con funcionarios del Poder Ejecutivo, especialmente el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia quien junto a colaboradores estuvo el pasado jueves en dependencias de la presidencia del Senado.
La sanción de la nueva Ley para Municipios con las derogaciones de las vigentes leyes 2439 (comunas) y 2756 (municipios) es una manda constitucional. En el oficialismo se aspira a terminar el trámite legislativo en abril para luego poner en discusión la futura Ley Electoral donde -por ahora- hay reuniones informales pero todavía no se avanzó en la redacción del primer borrador.