Prohibieron a una droguería bonaerense vender medicamentos fuera de la provincia por irregularidades
La medida alcanza a la firma Dental y Mediquil SA, con sede en Quilmes, y se mantendrá vigente hasta que obtenga la habilitación correspondiente para el tránsito interjurisdiccional. También se inició un sumario sanitario contra la empresa y su director técnico.
Se detectaron irregularidades en la distribución de loes productos en otra jurisdicción del país.
La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 68/2026, publicada en el Boletín Oficial, y tiene como objetivo resguardar la seguridad sanitaria y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de circulación y comercialización de medicamentos
Se inició un sumario sanitario contra la empresa y su director técnico.
Irregularidades detectadas
Según detalla la normativa, las actuaciones se iniciaron luego de que fiscalizadores de la ANMAT tomaran conocimiento de la comercialización de medicamentos por parte de la firma Dental y Mediquil SA, domiciliada en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, fuera del ámbito provincial para el cual se encontraba habilitada.
La situación fue constatada durante una inspección realizada en un establecimiento veterinario ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se verificó la existencia de facturas emitidas por la mencionada droguería a favor de esa empresa. En ese procedimiento, la veterinaria inspeccionada reconoció que Dental y Mediquil SA era su único proveedor de medicamentos.
A partir de esta información, se confirmó que la droguería había realizado tránsito interjurisdiccional de medicamentos sin contar con la habilitación exigida por la normativa nacional, un requisito indispensable para poder distribuir productos farmacéuticos fuera de la provincia donde se encuentra registrada.
ANMAT dispuso la prohibición de comercializar medicamentos y especialidades medicinales
Falta de habilitación y antecedentes
La ANMAT señaló que Dental y Mediquil SA no estaba habilitada —ni lo está actualmente— para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos, tal como lo establece la Disposición ANMAT N° 7038/15. Además, recordó que la firma ya había sido objeto de una medida similar en el pasado.
En efecto, mediante una disposición emitida en 2016, el organismo nacional ya había prohibido a esta droguería la comercialización de medicamentos fuera de la provincia de Buenos Aires, iniciándose en ese momento las correspondientes acciones sumariales.
En el marco de las nuevas actuaciones, y ante la falta de habilitación nacional, la ANMAT solicitó la intervención del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires para realizar una inspección en el establecimiento de la empresa.
Durante ese procedimiento, llevado a cabo en el domicilio de la calle Carabelas al 16, en Bernal, la firma reconoció como propia y original la documentación comercial observada durante la inspección previa.
Asimismo, la empresa aclaró que la dirección de Lavalle 67, en Quilmes, que figuraba en los membretes de las facturas, correspondía a su domicilio fiscal.
Del análisis de la documentación y de las inspecciones realizadas, la ANMAT concluyó que la firma incurrió en una infracción a diversas normas sanitarias, entre ellas el artículo 2° de la Ley N° 16.463 (Ley de Medicamentos), el artículo 3° del Decreto 1299/97 y los artículos 1° y 2° de la Disposición ANMAT N° 7038/15.
Estos marcos normativos regulan de manera estricta la elaboración, distribución y comercialización de medicamentos en el país, con el objetivo de asegurar su calidad, trazabilidad y seguridad para la población.
Desde el Departamento de Control de Mercado del organismo se consideró demostrada la distribución interjurisdiccional de medicamentos, lo que habilitó la intervención y competencia de la ANMAT en el caso.
Como consecuencia de estas irregularidades, la Disposición 68/2026 establece tres medidas centrales. En primer lugar, prohíbe a Dental y Mediquil SA la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación correspondiente para el tránsito interjurisdiccional.
En segundo término, se instruyó un sumario sanitario tanto a la firma como a su director técnico, Leandro Aníbal Pannunzio, por las presuntas infracciones a la normativa vigente.
Finalmente, se dispuso dar intervención y notificación a las autoridades sanitarias de la provincia de Buenos Aires, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del resto de las jurisdicciones, además de ordenar la publicación de la medida en el Boletín Oficial para su difusión pública