Se prohibieron productos para el pelo y un alcohol sanitizante por ser ilegales
Anmat ordenó el retiro inmediato del mercado de decenas de cosméticos de una reconocida marca profesional y de un alcohol sanitizante para manos que no cumplía con los requisitos legales. Advirtieron sobre posibles efectos adversos y pidieron a la población extremar precauciones.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT)dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el país de una amplia variedad de productos cosméticos para el cabello y de un alcohol sanitizante para manos, tras detectar serias irregularidades en su rotulado, falta de inscripción sanitaria y potenciales riesgos para la salud.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y alcanzan tanto a comercios físicos como a plataformas de venta online.
Productos capilares
Una de las disposiciones más extensas dictadas por ANMAT apunta contra la marca “Diamonds Professional”, cuyos productos capilares se encontraban a la venta sin contar con la correspondiente inscripción sanitaria obligatoria.
Artículos sin datos de registro en sus rótulos, requisito indispensable para garantizar su seguridad y calidad.
Según se informó oficialmente, la investigación se inició luego de que el Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal detectara la comercialización de numerosos artículos sin datos de registro en sus rótulos, un requisito indispensable para garantizar su seguridad y calidad.
El listado incluye shampoos, acondicionadores, tratamientos capilares, alisados, baños de crema, matizadores, aceites, protectores térmicos y productos de nutrición capilar, entre otros.
En total, se trata de más de medio centenar de cosméticos ofrecidos bajo distintas denominaciones, todos pertenecientes a la misma marca y comercializados sin autorización de la autoridad sanitaria nacional.
La medida se adoptó luego de una denuncia por sospecha de irregularidades
Desde ANMAT explicaron que, al consultar la base de datos oficial de cosméticos inscriptos, no se encontró ningún producto que coincidiera con los datos identificatorios presentes en los envases. Esto implica que se desconoce el origen real de los productos, el establecimiento elaborador y los ingredientes utilizados en su formulación.
La situación resulta especialmente preocupante en el caso de los productos alisadores para el cabello. La disposición advierte que este tipo de cosméticos, cuando se comercializan sin control sanitario, podrían contener formol o formaldehído, una sustancia cuyo uso como activo alisante está prohibido debido a sus efectos nocivos.
La exposición a los vapores de formol puede provocar irritación ocular y respiratoria, ardor en la piel, tos, lagrimeo y, en casos de exposición crónica, aumentar el riesgo de desarrollar enfermedades más graves, incluyendo determinados tipos de cáncer.
Ante este escenario, la ANMAT resolvió prohibir de manera total el uso, la publicidad, la venta y la distribución de todos los productos de la marca Diamonds Professional, en cualquiera de sus presentaciones, lotes o fechas de vencimiento.
Además, se ordenó dar de baja las publicaciones de venta detectadas en sitios web y plataformas de comercio electrónico, algunas de las cuales ofrecían envíos a todo el país.
Alcohol sanitizante
En una disposición separada, el organismo sanitario también prohibió un producto cosmético identificado como “Alcohol sanitizante para manos y piel, listo para usar, sin acción terapéutica”, marca G-I-G, presentado en envases de cinco litros.
En este caso, la medida se adoptó luego de una denuncia por sospecha de irregularidades realizada por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.
La investigación permitió constatar que algunas unidades del producto se encontraban en circulación sin datos esenciales como el número de lote y la fecha de vencimiento, información clave para asegurar la trazabilidad y la vida útil del producto.
Si bien el alcohol había estado originalmente inscripto ante la ANMAT, se verificó que su elaboración había cesado en 2022 y que su vida útil era de dos años, por lo que cualquier unidad disponible actualmente estaría fuera de plazo.
Además, durante una inspección, el establecimiento que figuraba como elaborador informó que no había producido ese alcohol en el período correspondiente, lo que llevó a concluir que el producto en circulación utilizaba de manera indebida un legajo de habilitación sanitaria, declarando datos falsos en su rotulado.
Por otra parte, una inspección al domicilio de la empresa titular de la inscripción no logró dar con responsables de la firma.
Frente a estas irregularidades, la ANMAT determinó que se trataba de un producto ilegítimo, del cual no se podía garantizar ni su eficacia ni su seguridad, y resolvió prohibir su uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional.