La Cámara de Apelación Penal de Santa Fe confirmó la condena contra el ex presidente comunal de Villa Saralegui, Walter Adam Sola, y su hijo Nicolás Sola Capriotti, por la agresión física y las amenazas sufridas por el productor agropecuario Leonardo González Kees en octubre de 2022 dentro del edificio comunal de esa localidad del departamento San Cristóbal.
La Cámara confirmó la condena a un ex presidente comunal santafesino por la golpiza a un productor
El camarista Oscar Burtnik ratificó las penas impuestas a Walter Sola y a su hijo Nicolás por lesiones, amenazas y daño contra Leonardo González Kees. Consideró acreditada la secuencia violenta ocurrida en la sede comunal de Villa Saralegui y destacó la gravedad institucional del episodio. Sólo revocó la extracción de muestras genéticas ordenada en primera instancia.

La decisión fue adoptada este lunes 8 de junio por el camarista Oscar Burtnik, quien rechazó los principales agravios planteados por la defensa y ratificó la sentencia dictada en octubre de 2025 por el juez Luis Octavio Silva.

De ese modo, Walter Sola continuará condenado a dos años de prisión de ejecución condicional como autor del delito de daño y coautor de lesiones leves dolosas y amenazas; mientras que Nicolás Sola mantendrá la pena de un año y seis meses de prisión condicional como coautor de lesiones leves y amenazas.
El fallo de segunda instancia sólo modificó un aspecto de la resolución original: dejó sin efecto la extracción de muestras genéticas y la inscripción de ambos condenados en los registros correspondientes, al considerar atendible el planteo defensivo referido a la aplicación temporal de la normativa que regula esa medida.

Más allá de lo judicial
La causa se convirtió en uno de los casos de mayor repercusión política y judicial en el centro norte provincial. El episodio ocurrió en medio de un fuerte conflicto entre productores rurales y la administración comunal encabezada por Sola, cuestionada por los aumentos en la tasa por hectárea y por denuncias vinculadas al manejo de fondos públicos.
El caso incluso adquirió repercusión nacional a partir de la intervención pública del entonces diputado nacional José Luis Espert, familiar político de la víctima.

Según se tuvo por acreditado durante el juicio, el 3 de octubre de 2022 González Kees concurrió a la sede comunal para reclamar por la remoción de una tranquera ubicada en un camino rural lindero a su establecimiento agropecuario "Los Retoños". El productor ingresó filmando con su teléfono celular y pretendía dialogar con las autoridades comunales.
De acuerdo con la acusación que prosperó en ambas instancias, Walter Sola golpeó el teléfono de la víctima, provocando su caída y destrucción. Acto seguido, Nicolás Sola comenzó a golpearlo con los puños hasta hacerlo caer al suelo.
Mientras se encontraba indefenso, el entonces presidente comunal se sumó a la agresión mediante patadas en distintas partes del cuerpo. El productor sufrió hematomas y contusiones en el rostro, la cabeza, la espalda y los brazos.

La secuencia incluyó además amenazas destinadas a impedir que el video grabado por la víctima se difundiera. Según el hecho que llegó a juicio, los agresores le advirtieron que "lo iban a hacer cagar" y que si publicaba las imágenes "iba a ser boleta".
La apelación
Durante la audiencia celebrada el 10 de febrero pasado, el defensor Agustín Márquez pidió la absolución de ambos condenados por el delito de amenazas.
El letrado argumentó que existían inconsistencias en la acusación respecto del momento en que se habrían producido esos dichos intimidatorios y cuestionó que la condena se apoyara principalmente en la declaración de González Kees, quien además actuó como querellante en el proceso.

El fiscal Marcelo Nessier y el abogado querellante Néstor Oroño sostuvieron, en cambio, que toda la agresión debía analizarse como una única secuencia de violencia que se extendió durante varios minutos y que no podía fragmentarse artificialmente para excluir alguno de los delitos atribuidos.
Burtnik coincidió con esa postura. En su resolución afirmó que la defensa pretendía "escindir cada fracción temporal" de un episodio que debía ser valorado de manera integral y destacó que el juez Silva había realizado una reconstrucción lógica y coherente de los hechos.

Asimismo, recordó que no existe impedimento legal para fundar una condena en el testimonio de una única persona cuando ese relato aparece corroborado por el contexto general de la prueba. En ese sentido, sostuvo que la condición de víctima y querellante de González Kees no disminuye el valor convictivo de su declaración.
"Gravedad institucional"
Otro de los cuestionamientos defensivos apuntaba a reducir significativamente las penas impuestas. Sin embargo, el camarista también rechazó ese planteo y compartió el criterio de Silva respecto de la entidad del hecho.

Al fundamentar la confirmación de las sanciones, Burtnik destacó que la agresión ocurrió en dependencias públicas y frente a personas que mantenían una relación de subordinación jerárquica con el entonces presidente comunal.
Para el magistrado, esa circunstancia incrementa el reproche penal porque no sólo implicó una agresión física contra un ciudadano que acudió a realizar un reclamo, sino también una conducta que puso en crisis el ejercicio regular de la función pública y el respeto por las instituciones.

Con esos argumentos, la Cámara confirmó la responsabilidad penal de Walter y Nicolás Sola por la golpiza y las amenazas contra González Kees, dejando firme una condena que la propia víctima había considerado un paso necesario para cerrar "un capítulo muy triste" de su vida.










