Un intento de robo perpetrado durante la noche en un local comercial del norte de la ciudad de Santa Fe derivó en sentencias condenatorias para dos delincuentes con antecedentes penales.
Un atraco nocturno, caños de cobre y dos condenados con antecedentes que vuelven a prisión
Fueron detenidos diez días atrás tras el robo frustrado a un comercio y decidieron firmar juicios abreviados que supusieron penas efectivas y que ambos fueran declarados reincidentes.

Emanuel José María Gaspoz y Emanuel Ezequiel González asumieron su responsabilidad penal y firmaron juicios abreviados en el marco de la investigación comandada por el fiscal Daniel Filippi. Ambos contaron con la representación técnica de la defensora pública Gisela Alemandri.

La resolución de la causa se dividió en dos audiencias celebradas en los tribunales locales. El juez Gustavo Urdiales condenó a Gaspoz mientras que el juez Leandro Lazzarini estuvo al frente del trámite que derivó en la sentencia dictada contra González, imponiéndose en ambos casos penas de cumplimiento efectivo.
Un robo frustrado
El episodio delictivo que motivó la intervención de la Justicia se desencadenó el pasado 18 de octubre de 2026, cerca de las 23:46 horas. Según la atribución fiscal, los dos hombres actuaron de forma coordinada sobre las instalaciones del local comercial “Frayca”, ubicado en calle San José al 5016 de la capital provincial.

Aprovechando la tranquilidad de la noche, los dos delincuentes sustrajeron ilegítimamente los caños de cobre correspondientes al sistema de aire acondicionado del establecimiento. Sin embargo, fueron descubiertos y debieron desprenderse del botín mientras intentaban alejarse rápidamente de la escena.
Durante la huida, los acusados descartaron el material sobre calle Fray Cayetano Rodríguez, entre Cochabamba y Brasil. La maniobra fue advertida por efectivos de la policía provincial, quienes procedieron a la inmediata aprehensión de los sospechosos y al secuestro de los elementos robados a pocas cuadras del comercio.

Ante las evidencias colectadas por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), se encuadró la conducta de los dos detenidos como coautoría del delito de “robo en grado de tentativa”.
Penas y reincidencia
En el caso de Gaspoz, el juez Urdiales resolvió condenarlo a la pena de un mes de prisión de cumplimiento efectivo y dictó la declaración de reincidencia. La medida atendió a que el imputado registraba un antecedente condenatorio previo cuyo plazo de cumplimiento se encontraba agotado.
Por su parte, la situación de González demandó un tratamiento diferente ante el juez Lazzarini. El acusado aceptó cumplir un mes de prisión efectiva por la “tentativa de robo”, pero registraba una condena dictada el 8 de septiembre de 2026 a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional.

Al haber cometido un nuevo delito durante el cumplimiento de la pena, el magistrado Lazzarini dispuso revocar la condicionalidad del fallo anterior. De este modo, procedió a la unificación de ambas sanciones, imponiendo a González una pena única de un año y siete meses de prisión de cumplimiento efectivo y la declaración de reincidencia.
Con ambos juicios abreviados se cerró el proceso judicial disponiendo el alojamiento definitivo de los condenados en un penal. Las sentencias también dispusieron la extracción de muestras biológicas para su inscripción en los registros genéticos oficiales.








