En un nuevo capítulo del proceso judicial que provocó gran interés en la capital provincial, la defensa del docente Juan Francisco Trigatti formalizó este martes la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.
La defensa del docente Juan Trigatti insiste ante la Corte Suprema provincial
Su abogado presentó un nuevo recurso, esta vez directamente ante el Máximo Tribunal, luego de que la Cámara de Apelaciones rechazara el recurso de inconstitucionalidad.

El abogado Marcos Barceló busca que el Máximo Tribunal dé tratamiento al recurso de inconstitucionalidad presentado, a pesar de que recientemente la Cámara de Apelaciones lo declaró inadmisible.
El profesor de educación física fue absuelto en primera instancia y luego condenado por la Alzada por haber abusado de cinco alumnas del Jardín de Infantes Ceferino Namuncurá de barrio Yapeyú. Dicha sentencia fue confirmada. Trigatti permanece tras las rejas desde el 12 de noviembre pasado y su prisión preventiva también fue confirmada por la Cámara.
"Gravedad institucional"
La defensa acudió al Máximo Tribunal provincial sosteniendo que las sentencias de la Cámara -tanto la condenatoria inicial como la confirmatoria- incurren en "vicios constitucionales" graves que afectan derechos y garantías fundamentales.

El escrito de queja busca que la Corte abra el recurso denegado, anule los fallos y ordene un nuevo juzgamiento, basándose en la doctrina de la "arbitrariedad de sentencia" y alegando que el caso presenta una clara "gravedad institucional" que trasciende el interés particular del imputado.
La defensa sostiene que el docente, quien cuenta con el apoyo de SADOP y gran parte de la comunidad educativa, es víctima de un proceso cargado de irregularidades.
Una respuesta "dogmática"
El Tribunal de apelación horizontal -integrado por los jueces Fabio Mudry, Fernando Gentile Bersano y Bruno Netri- rechazó la semana pasada el acceso a la Corte, argumentando que su propia resolución (de confirmación de condena) estaba debidamente motivada y que los agravios de la defensa eran una mera "reiteración de cuestiones que han merecido respuesta" en instancias anteriores.
Barceló refutó estos "pseudo-argumentos" calificándolos de "autodefensa generalista". Para el letrado, los magistrados se constituyeron indebidamente en defensores de su propia sentencia, limitándose a afirmar de manera dogmática que el fallo es perfecto y carece de vicios.

El recurso de queja subraya que los camaristas ni siquiera realizaron el análisis técnico de los niveles de admisibilidad requeridos, incurriendo en una respuesta judicial "meramente dogmática" donde, en una actitud calificada como "corporativista", se justificó lo injustificable.
El recurso
El corazón de la queja presentada se divide en varios puntos. Uno es la participación de cuatro ONG como Amicus Curiae. Según Barceló, se les dio carácter de "parte" y sus opiniones se equipararon a agravios fiscales, "contradiciendo la jurisprudencia obligatoria de la Corte Suprema de Justicia" establecida en el fallo C.,N.O., que "proscribe" esta actuación porque "desequilibra" el proceso penal.

Asimismo, el recurso destaca lo que denomina una base fáctica "irreal e ilógica". Entre los agravios detallados, se mencionan:
- Violación del principio de congruencia: Trigatti fue imputado por hechos supuestamente ocurridos en el patio de la escuela durante clases de educación física, pero terminó condenado también por un abuso en el baño, lugar ajeno a la imputación original.
- Arbitrariedad probatoria: La Cámara dio valor superior al testimonio de un médico traumatólogo policial por sobre el Equipo Interdisciplinario del Hospital Iturraspe y pediatras del Hospital de Niños, quienes no constataron ningún signo de abuso en las menores.
- Prueba documental ignorada: Se desestimó un informe del Ministerio de Educación que probaba que una de las niñas "nunca tuvo clases con el profesor Trigatti", dándole prioridad al relato de un familiar que decía haber visto las clases.
Finalmente, la defensa cuestionó que los camaristas realizaran un "nuevo juicio" al valorar por su cuenta los videos del debate y de las Cámaras Gesell (realizadas por psicólogas del MPA y no por el equipo de la Corte), sin tener la inmediación necesaria y excediendo su competencia funcional.
Barceló concluyó que el caso es "escandaloso" y sostuvo que la inocencia de su defendido es un reclamo de la ciudadanía santafesina toda. Ahora, la Corte deberá decidir si dará tratamiento, o no, al recurso.









