El gobierno nacional impulsa, por estos días, el tratamiento de la así llamada “reforma laboral”.

La iniciativa gubernamental busca modernizar el empleo, pero enfrenta críticas por aumentar potencialmente la brecha entre empleadores y trabajadores. En dicho marco, la discusión sobre el citado estatuto, normativa que data de 1944, plantea la necesidad de proteger la libertad de expresión en un contexto mediático cambiante.

El gobierno nacional impulsa, por estos días, el tratamiento de la así llamada “reforma laboral”.
En lo que refiere al Derecho y/o a “lo jurídico”, desde nuestra óptica, el proyecto es degradatorio. Si bien se aduce que el mismo, en caso de prosperar, “terminará” con los juicios laborales, es más probable que los potencie, facilitando el proyecto en danza, la “destrucción” del empleo y creando un abismo asimétrico aún mayor entre la patronal y el empleado.
No obstante, esta previa consideración genérica, la labor específica del periodista/comunicador profesional tiene, en nuestra opinión, dos aristas fundamentales: una de tipo axiológica constitucional: coadyuva a la existencia de la pluralidad de voces y a la libertad de expresión y otra de tipo especial/práctico: no es un trabajo cualquiera, es una labor netamente intelectual, con todo lo que ello implica.
No se trata de un “privilegio” (menos horas de trabajo que los oficios comunes, libertad de volcar, con razonabilidad, el punto de vista personal del periodista sobre determinados tópicos, por lo general, polémicos), se trata de un trabajo especial debido a sus puntuales características (se los ha denominado trabajadores de “cuello blanco”) y así debe ser atendido en su regulación laboral.
El Estatuto del Periodista Profesional data de 1944 (1). En realidad fue sancionado por vez primera a través del decreto-ley 7618 del 25 de marzo de 1944 y fue ratificado por el Congreso Nacional a partir de la sanción de la ley 12908 (18 de diciembre de 1946), con modificaciones introducidas por las convenciones colectivas de trabajo números 124/1975 y 301/1975.
Se puede y se debe, desde nuestro punto de vista, modernizar el Estatuto, pero sin desvirtuar su finalidad protectoria de un trabajo que constituye la piedra basal de la República. Hoy casi no hay diarios soporte papel (son digitales) y la televisión abierta está siendo olvidada por los canales de streaming (por ello también hay que definir que entendemos hoy por periodismo profesional).
No se trata de quitar garantías arbitrariamente sin atender a la modalidad del trabajo a realizar, se trata, en definitiva, de “aggiornar” un sistema de negociación colectiva, moderno (a veces el trabajo de los periodistas ni siquiera es presencial, es a distancia, debido a las tecnologías imperantes).
También se debe intentar lograr la difusión de contenidos locales, en pos de un federalismo mediático, tal como, aún con errores, lo intentó la así denominada “nueva ley de radiodifusión”, pero que claramente no se cumple (2). Los acuerdos deben construirse y consensuarse entre los actores involucrados y para mejor, no para peor (3).
La idea no es eliminar derechos, sino respetar un piso común de previsibilidad y seguridad jurídica que no ahonde, sino más bien equilibre, un marco de negociación laboral que es, “ab initio”, asimétrica. Ni hablar de la falsa idea que se quiere instalar: que la derogación del estatuto especial no desprotege la libertad de expresión.
El Estatuto profesional -adaptado a los tiempos que corren- del periodista la consolida. La libertad de expresión tiene su resguardo jurídico en las normas expresas de la Constitución Nacional (y también convencionales - artículo 75, inciso 22 CN-, y provinciales, en nuestro caso) y no en la legislación ordinaria sectorial (4).
La readecuación del Estatuto a los tiempos que corren (no su derogación), la equiparación con un marco laboral general y equilibrado para la profesión habida cuenta de los nuevos canales, medios y formas de comunicar y el incentivo a la negociación colectiva sectorial, deben ser el norte que el legislador nacional debe buscar y perseguir, teniendo como objetivo una política pro empleo, pro periodismo profesional y pro federalismo mediático.
Con nuestro habitual optimismo, hacemos votos para que así sea.
El autor es doctor en Derecho y profesor de Derecho a la Información en la Facultad de Filosofía y Humanidades de la Universidad Católica de Santa Fe.
Notas
(1) Cabe citar el discurso del entonces Secretario de Trabajo y Previsión, Coronel Juan Domingo Perón -inédito para como luego se dieron los acontecimientos y se distorsionó, en especial con lo ocurrido con el diario La Prensa, en los hechos, lo que se celebraba al dictarse el Estatuto-, al momento de argumentar en favor del periodismo: “La presencia de los periodistas de todo el país en la Secretaría de Trabajo y Previsión no puede ser saludada por nosotros sino con un gesto de bienvenida y una expresión de reconocimiento hacia los hombres que día a día, anónimamente han forjado en forma integral la grandeza de una prensa cuyo sano prestigio sobrepasa las fronteras continentales”.
(2) Ley número 26522.
(3) El problema de la competencia desigual entre los medios clásicos, con las plataformas es notorio debido a las obligaciones laborales asimétricas. Y esta debería ser una razón para redefinir el rol de periodista en la sociedad actual y readecuar el estatuto, no derogarlo. Para citar solo algunas diferencias que habrá que buscar armonizar: las plataformas monetizan contenidos periodísticos y no asumen, por lo general, vínculos laborales; en cambio los medios “tradicionales” quedan obligados, según la normativa vigente, a encuadrar como empleado -con todo lo que ello conlleva- a un colaborador tras un número limitado de publicaciones y asumen costos sin topes y con períodos de prueba muy reducidos.
(4) En tal sentido y sin entrar en polémicas con el proyecto de reforma laboral (aparentemente se pretende desfinanciar institutos relacionados con la libertad de expresión, como el INCAA), tanto la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) y el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) cuestionaron otro proyecto oficial por el lanzamiento de la Oficina de Respuesta Oficial (sic) de la República Argentina, repartición estatal que se dedicará, en un gobierno “liberal”, a desmentir lo que, desde la Casa Rosada, se considere “fake news”.