Las familias que tienen a su cargo a una persona con discapacidad y utilizan prestaciones contempladas dentro del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral deben tener en cuenta una nueva actualización de los aranceles correspondientes al mes de julio de 2026.
Prestaciones para personas con discapacidad: cuánto aumentaron los aranceles en julio y qué deben saber las familias
La Secretaría Nacional de Discapacidad estableció una actualización del 1,90% para los valores del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral durante julio de 2026.

La medida fue establecida por la Secretaría Nacional de Discapacidad a través de la Resolución 2227/2026, publicada este miércoles 22 de julio en el Boletín Oficial.
La actualización fijada para este mes es del 1,90% y se aplica sobre los valores que habían sido aprobados previamente mediante la Resolución 1297/2026, correspondiente a la actualización de junio.
Según explica la norma, el incremento fue calculado tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a junio de 2026.
Para las familias, prestadores y personas que reciben estos servicios, conocer cómo funciona esta actualización es importante porque permite verificar que los valores aplicados sean los que corresponden al período vigente y entender qué cambios pueden producirse en los costos vinculados a las prestaciones.

Qué establece la nueva actualización
La Resolución 2227/2026 actualiza los valores de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad. El incremento establecido para julio es del 1,90%, sin establecer diferencias según el tipo de prestación.
La norma señala que esta actualización se realiza sobre la base de la variación del IPC de junio de 2026 y toma como referencia los valores que habían sido aprobados en la actualización anterior, correspondiente al mes de junio.
El sistema de prestaciones básicas está contemplado dentro de la Ley 24.901, que instituyó un conjunto de prestaciones destinadas a garantizar una atención integral para las personas con discapacidad.
La normativa establece un nomenclador de prestaciones básicas cuyos aranceles son actualizados periódicamente.
En este caso, la nueva resolución se encuadra en ese mecanismo de actualización y dispone los nuevos valores para julio.

El documento oficial aclara que el aumento del 1,90% se aplica sin diferencia por tipo de prestación, por lo que la actualización alcanza a los valores contemplados dentro del sistema según lo establecido en el anexo que forma parte de la resolución.
Para quienes necesitan hacer un seguimiento de sus prestaciones, una recomendación práctica es conservar las facturas, comprobantes y autorizaciones correspondientes a cada mes.
De esta manera, las familias pueden comparar los valores de junio y julio y contar con documentación respaldatoria ante cualquier consulta relacionada con la liquidación o el pago de los servicios.
También es importante prestar atención a la fecha de vigencia de cada actualización. En este caso, la resolución establece específicamente los valores correspondientes al mes de julio de 2026, por lo que no debe confundirse este incremento con futuras actualizaciones que puedan establecerse para los meses siguientes.
La resolución fue firmada el 21 de julio de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 22 de julio. La norma dispone, además, que los valores actualizados se encuentran detallados en el anexo correspondiente, que integra la medida oficial.

Qué deben hacer las familias
Una de las principales dudas que pueden surgir ante una actualización de aranceles es cómo controlar que el cambio se aplique correctamente. En este sentido, el primer paso es identificar cuál es la prestación que recibe la persona y revisar el valor correspondiente en el nomenclador actualizado.
Como la resolución establece un aumento general del 1,90% sobre los valores vigentes previamente, las familias pueden utilizar como referencia la documentación de junio y verificar cómo se refleja la actualización en los comprobantes correspondientes a julio.
Si existe una diferencia entre el valor esperado y el que figura en la documentación presentada por el prestador, es conveniente solicitar primero una explicación y conservar por escrito la respuesta. Tener ordenados los comprobantes y las autorizaciones puede facilitar cualquier gestión posterior.
Los prestadores, por su parte, también deben considerar que la actualización establecida por la Secretaría Nacional de Discapacidad corresponde al período de julio y fue calculada sobre la base de la variación del IPC de junio. La resolución no establece diferencias por tipo de prestación para la aplicación de este incremento.

Otro aspecto que deben tener presente las familias es que el documento oficial no modifica el sistema de prestaciones ni establece nuevos requisitos para acceder a ellas. La medida tiene como objetivo actualizar los valores de los aranceles vigentes para el período indicado.
Por eso, ante una duda concreta, es recomendable no tomar decisiones basadas únicamente en comentarios o información que circule por redes sociales.
Lo más seguro es revisar la resolución oficial y el anexo donde figuran los valores actualizados, además de consultar con el organismo, obra social, prepaga o entidad que corresponda según cada situación particular.
La medida también ratifica una particularidad para las prestaciones que se brindan en las provincias que integran la zona patagónica. En esos casos, se mantiene el reconocimiento de un adicional del 20% sobre el arancel básico por zona desfavorable, tal como establece la normativa vigente.
Esto significa que las personas y familias que reciben prestaciones en esas jurisdicciones deben considerar que, además de la actualización general correspondiente a julio, continúa vigente ese adicional específico.

La resolución establece que el incremento del 1,90% se aplica a los valores vigentes y ratifica la continuidad del adicional del 20% para las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
En términos prácticos, la recomendación para las familias es sencilla: guardar toda la documentación, controlar los valores de cada período, verificar que la prestación y el monto correspondan al nomenclador actualizado y consultar ante cualquier diferencia.
Contar con los comprobantes ordenados puede ser clave para resolver rápidamente un inconveniente administrativo.
La actualización de julio forma parte del mecanismo mediante el cual se ajustan periódicamente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral.
La resolución recuerda que estos valores se actualizan tomando como referencia la evolución del IPC y que la actualización de junio había sido del 2,10%, calculada sobre la variación del índice correspondiente a mayo de 2026. Para julio, en cambio, el incremento establecido es del 1,90%, calculado sobre la variación del IPC de junio.

De esta manera, las familias pueden tener como referencia la secuencia de actualizaciones para comprender por qué los valores pueden cambiar de un mes a otro.
Sin embargo, para conocer el importe exacto que corresponde a cada prestación, es necesario consultar el anexo de la resolución, ya que el documento establece el porcentaje de actualización pero los valores específicos se encuentran detallados en ese apartado.
La medida fue dictada en el marco del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad y se fundamenta, entre otras normas, en la Ley 24.901 y en las disposiciones que regulan el nomenclador de prestaciones básicas.
Para quienes atraviesan una situación concreta vinculada con una prestación, el dato central es que desde julio rige una actualización del 1,90% en los aranceles establecidos por el sistema, mientras que el adicional del 20% por zona desfavorable continúa vigente para las prestaciones brindadas en la Patagonia.
Ante cualquier duda sobre la aplicación del aumento, el camino más conveniente es revisar el valor actualizado correspondiente a la prestación, comparar la documentación de junio y julio y realizar la consulta ante la institución o entidad responsable de la cobertura.
Si el inconveniente persiste, contar con todos los comprobantes y autorizaciones permitirá realizar un reclamo con mayor claridad y respaldo documental.








