Este lunes se llevaron a cabo los alegatos de clausura en el juicio oral y público que se sigue contra Tadeo A. A. (30), portero de la Escuela Monseñor Macagno, de la ciudad de Santa Fe, acusado por el abuso sexual de una alumna de 7 años, presuntamente cometido la tarde del 19 de abril de 2024.
Alegatos finales en el caso del portero acusado de abusar de una alumna en una escuela de Santa Fe
Este lunes concluyó el debate oral por un hecho denunciado en 2024, y presuntamente ocurrido dentro de un establecimiento escolar cuya víctima era una niña de 7 años. Mientras fiscalía y querella solicitaron 15 y 18 años de prisión; la defensa insistió en la absolución. El veredicto se conocerá el miércoles.

La audiencia, que se prolongó durante toda la mañana, dio por finalizada la instancia de debate y sólo resta el veredicto, previsto para este miércoles 3 de junio a las 8.15 de la mañana.
La jornada se dividió en tres instancias clave, que fueron las exposiciones del bloque acusador, con los pedidos de condena a 15 años de prisión por parte de la fiscalía, y de 18 años de cárcel solicitados por la querella. Mientras que la defensa insistió en la absolución e inmediata libertad para el trabajador no docente que lleva dos años tras las rejas y en prisión preventiva.

El juez del tribunal unipersonal, Lisandro Aguirre, otorgó 40 minutos a cada uno de los interlocutores para sintetizar lo ocurrido en las cuatro jornadas de debate iniciado el pasado 26 de mayo.
En primer turno alegó la fiscal de la Unidad Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas), Jorgelina Moser Ferro, quien estuvo acompañada por su colega, la Dra. Vivian Galeano.
En segundo término, lo hizo la parte querellante, a través de los abogados Agustina Taboada y Matías Pautasso, quienes representan a la familia de la niña que hace dos años radicó una denuncia por abuso sexual contra el portero del establecimiento educativo.

Finalmente la defensa, a cargo del exjuez penal de Reconquista, Santiago Banegas, protagonizó una accidentada exposición, interrumpida por el desmayo de la madre del imputado, primero; y luego por la pretensión de hacer hablar a un bioquímico de parte, lo cual dio lugar a controversia y finalmente fue rechazado por el juez Aguirre.
Los hechos que se investigan se circunscriben a un episodio registrado el viernes 19 de abril de 2024, en horas de la siesta, mientras se dictaba el turno tarde de la primaria, en la Escuela Monseñor Macagno, ubicada en Pedro de Vega al 1500, en el centro norte de la capital provincial.
Alegato fiscal
Para la fiscalía, ese día, el portero Tadeo A. habría abusado de una nena de 7 años, que en ese momento cursaba tercer grado. La niña había pedido permiso para ir al baño y como no había papel higiénico, se lo pidió al portero, que se encontraba en su lugar de trabajo, en un cuarto al que estaba vedado el ingreso del alumnado.

Según el relato de la menor en cámara Gesell -se realizaron dos entrevistas-, el “profe Tadeo” (así lo llamaban los alumnos), la invitó a jugar al cuarto donde guardaban los elementos de limpieza y le vendó los ojos con una campera. El supuesto juego refería a probar el sabor de un chupetín, lo que para la parte acusadora no fue más que un artilugio para concretar el abuso vía oral.
“El relato de la niña está respaldado por las cámaras, por qué no creerle”, argumentó la fiscal en referencia a las imágenes entregadas al día siguiente por las autoridades escolares. “No es un relato rígido, y al único que incrimina es al portero” Tadeo A., apuntó la fiscalía.
Develación progresiva
La Dra. Moser Ferro hizo referencia al proceso de “develación progresiva” que vivió la víctima, que recién siete meses después, reconoció a sus padres que “sí había probado algo”, cuando en un primer momento lo había negado.
En ese sentido, la representante del MPA explicó que la pequeña “sostiene el mismo relato que casi un año atrás, pero varió el alcance de la interacción corporal”, lo cual a los ojos de la fiscalía refiere a la “dificultad para verbalizar situaciones humillantes o vergonzantes” como puede resultar un abuso.
La fiscal focalizó en la figura del “adulto de confianza” y el rol “institucional” que este ocupaba dentro del establecimiento, lo cual agrava la conducta delictiva atribuida, calificada como “abuso sexual con acceso carnal agravada por ser el encargado de la educación”.

Destacó que “hubo una secuencia abusiva” basada en “un falso juego infantil para someter” a la niña a la cual una vez radicada la denuncia, entre la noche del viernes y la madrugada del sábado le realizaron “hisopados bucales” en los que “se observa la presencia de semen/espermas”, confirmó la titular de la Unidad Gefas.
Sobre los análisis posteriores, la Dra. Moser Ferro reconoció -según dichos de la perito bioquímica- que el material analizado “no permitió obtener un perfil genético analizable” y que un estudio de contraste realizado en la Universidad de Buenos Aires “tampoco pudo determinar el ADN” de la muestra, “pero en definitiva, el semen estaba en la boca de la niña”.
“Grupos pro pedófilos”
Un párrafo aparte dedicó la fiscal Moser Ferro al clima de época que se vive en materia de género. “Estamos asistiendo a un movimiento que busca de manera explícita silenciar a las víctimas”, a través del descrédito de “niñas y mujeres”.

La fiscal habló de dicha modalidad tendiente a “evitar el relato y silenciarlo a través de un mecanismo de control” que “cuando no ataca a la víctima, ataca a la fiscalía” y completó diciendo que “estos grupos pro-pedófilos se aprovechan de los relatos de los niños cuando dan versiones fragmentarias”, producto del estrés de lo vivido.
Finalmente la titular del MPA solicitó se imponga al acusado la pena de 15 años de cárcel.
Alegatos de la querella
La segunda en exponer su alegato de clausura fue la Dra. Taboada por la querella, la cual inició su alocución bajo la afirmación de que “el hecho está probado (...) porque la prueba producida en el debate converge de manera lógica y contundente”.
La representante legal de la familia de la niña dijo que “la defensa fragmentó las evidencias” para poder poner en crisis la autoría del delito por parte de su pupilo, pero “este caso se prueba por convergencia, no por acumulación”, insistió.

En sintonía con la fiscalía, la Dra. Taboada refirió que “el develamiento no suele ser completo, lineal, ni absoluto” en los casos de abuso sexual infantil.
Y sobre el portero, manifestó que “eligió el único lugar donde la escuela dejaba de mirar”, en relación al “punto ciego” que representa el cuarto del sector de maestranza. No obstante, resaltó que “la prueba de cámaras muestra una secuencia que no es neutra” y que “las imágenes son la confirmación externa de la oportunidad” para cometer el abuso.
El señuelo
A propósito del discurso de la cámara Gesell, Taboada insistió en que “no estamos ante el relato de una niña de una escena sin anclaje”, sino que sus dichos se corroboran con las testimoniales de dos docentes que vieron a la niña con un chupetín y que en ambos casos recordaron que les dijo que se lo había regalado el “profe Tadeo”.
Para la querellante “no fue un juego que salió mal, fue un abuso disfrazado de juego” y que en la segunda cámara Gesell “apareció la ampliación de la parte más invasiva del juego”. También señaló que “el juego y el chupetín fueron clave en el abuso” porque fueron “el señuelo” y que “el relato infantil está completamente corroborado”.
Para finalizar y tras sostener el pedido de 18 años de pena de prisión para el portero, la abogada querellante pidió recordar a las adolescentes Agostina (Vega), en Córdoba, y Dulce (María Candia), en Misiones -ambas víctimas de femicidio- y enfatizó en “la debida diligencia” que debe tener el Estado a la hora de investigar estos casos.
Alegatos de la defensa
Luego de un breve cuarto intermedio, el juez Aguirre dio lugar a los alegatos defensivos, los cuales iniciaron con una descargo del abogado Santiago Banegas, que pidió previamente dejar constancia de “siete pruebas tergiversadas por la fiscalía”, en tanto que destacó la exposición de la querella, a la que calificó de ajustada al debate.

Ya entrado en su teoría del caso, adelantó al juez que “es un caso fácil desde el punto de vista jurídico; pero difícil desde lo humano y lo institucional” y llamó al magistrado a “hacer lo correcto” y no “lo cómodo y lo esperable”.
Banegas advirtió que “la defensa no tiene la carga de demostrar que un hecho no sucedió”, tarea limitada exclusivamente a la acusación fiscal. Sin embargo “confrontamos la hipótesis acusatoria con datos objetivos del caso”, dijo. Para ello, prometió desarrollar cuatro ejes: el tiempo; el relato; la prueba biológica y genética; y la investigación.
Ventana temporal
La defensa acusó a la fiscalía de haber “forzado la evidencia”, específicamente al intentar demostrar un hecho complejo de abuso sexual que se habría cometido en un lapso de alrededor de 40 segundos.
Criticó al MPA por no haber circunscripto el hecho a un tiempo preciso y haberlo ubicado en el “horario de la siesta o la tarde” del 19 de abril de 2024. Luego analizó las dos instancias registradas por las cámaras de seguridad del establecimiento, las cuales muestran a la niña en un primer momento, cuando fue a pedir papel higiénico, en un lapso que va de las 15:04:24 a las 15:05:03.
Luego se centró en la denominada “segunda ventana temporal” que sería en la que se pudo haber producido el abuso. Allí el tiempo transcurre entre las 15:06:57 y las 15:08:02, es decir “65 segundos”.
El profesional marcó una distancia de pasillo de 6 metros que no registran las cámaras, cuyo tiempo de recorrido de ingreso y salida al cuarto de limpieza dejaría un tiempo neto de alrededor de 40 segundos en los que el portero estuvo a solas con la niña.
“La fiscalía pretende sostener un hecho no fugaz”, pero “la escena que relata no entra en el tiempo que muestran las cámaras”. Para Banegas, la invitación y el convencimiento de la niña a jugar, más la disposición dentro del cuarto de limpieza, el acto de vendarle los ojos que endilga la fiscalía y el posterior abuso, no caben en dicho fragmento temporal.
Además, repasó que a las 15:08:08, es decir, en una brevísima fracción de segundos posterior al supuesto abuso, la niña “se cruza con una maestra” la que no advierte signos que pudieran presumir una situación traumática previa.
Por otra parte, lejos de considerar el cuarto de limpieza como como una lugar excluido, dijo que “las cámaras muestran lo contrario” y marcó que “el sector estaba vivo” y que “había niños y docentes en movimiento”. “¿Cómo pudo suceder que nadie advirtiera nada?”, se preguntó el abogado.
Sobre la segunda ventana temporal, el abogado explica que la niña “advierte que tenía las manos mojadas y vuelve a buscar una servilleta de papel” y que la demora se debió a que “Tadeo estaba ordenando los productos de limpieza” que habían llegado esa jornada.
“La nena entra y él le pide que espere afuera. Luego él saca un chupetín del bolsillo y se lo regala. Es lo que pasó, lo único que se acomoda a los tiempos”, afirma. Luego, razona que todo lo ocurrido con posterioridad se debió a la preocupación y miedo que despertó la sospecha de un abuso por parte del entorno familiar de la niña.
Por otra parte, apuntó que a las 15:08:23 la niña se encuentra con otra docente, la cual tampoco advierte nada inusual en el comportamiento, ni en el trazo de la alumna. “La docente que estuvo cara a cara con ella no vio un dato objetivo que le llamara la atención”.
Y luego se refirió a la declaración de la docente del curso, la cual sostuvo en juicio que “no le llamó la atención el tiempo (que estuvo fuera del aula), ni la actitud de la niña que (al regresar) siguió trabajando” con sus pares.
El relato
Sobre el segundo punto, “el relato” de la víctima “esta defensa no sostuvo que lo haya inventado”. “Tampoco le exigimos un relato adulto”, apuntó Banegas que problematiza la forma en “cómo llegó ese relato a juicio”. De hecho para la defensa “el dato de que ‘había probado algo’ no fue incorporado” por la niña; sino que por el contrario, desde un primer momento “negó haber probado algo”.
Sobre el punto, el defensor sostiene que el dato es “una inferencia de la entrevistadora” en cámara Gesell que “terminó dando por cierto un dato que la niña no dijo y que por el contrario negó”.
Luego se detuvo en la segunda cámara Gesell, la cual fue tomada varios meses después, sobre una nena que “había vivido en una familia afectada por el caso”. Planteó la “regla de la no reiterancia” y denunció que “la entrevista no funcionó como un control neutral, sino como la confirmación de la hipótesis de la acusación”.
También sembró la duda sobre el supuesto juego al que el portero invitó a compartir a la menor, a partir de las referencias a tres youtubers que la menor nombró en cámara Gesell, de cuyos videos se desprende el juego citado.
Prueba genética
En el tercer punto, es decir, la crítica de la prueba biológica y genética, Banegas fue tajante en cuanto a su invalidez, por no haberse seguido los protocolos adecuados -dijo-, como por las sospechas de una supuesta contaminación de las muestras.
“La genética no aportó nada de lo que se esperaba”, sostuvo y cuestionó que no se haya realizado un “hisopado extendido”, así como la “falta de un portaobjetos”, como marca el protocolo del MPA. “Una prueba de estas características debería excluirse u observarse con suma cautela”, marcó.
Limitado en el tiempo aunque su exposición fue la más extensa de la jornada, Banegas cerró su alegato solicitando un “veredicto absolutorio, porque la prueba demostró que el hecho no sucedió” y “si queda una duda, no debe ser cargada a un inocente”.

Por último, dijo que “absolver a Tadeo no es desproteger a la niña” y que en este caso “una persona llegó a juicio porque el Estado dejó de hacerse preguntas demasiado pronto”.
Luego hubo un tiempo extra para las réplicas en la cual la fiscal Vivian Galeano mantuvo la postura acusatoria y defendió el trabajo del MPA y de los demás actores del proceso que participaron del debate como testigos. Y dijo: “No hay juicios fáciles, en el fuero penal, todos los juicios son difíciles”.
Hubo un último cuarto intermedio a los fines de saber si el imputado haría uso de las últimas palabras, pero Tadeo A. prefirió guardar silencio y esperar al miércoles, cuando se dará a conocer el veredicto.










