A menos de un año del inicio de la investigación, la causa por la tentativa de extorsión contra un empresario santafesino quedó a un paso de su desenlace judicial.
La extorsión a un empresario entra en su tramo final con un nuevo juicio abreviado
El tercer implicado admitió su responsabilidad y fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo. Como llevaba varios meses detenido con prisión preventiva, el juez ordenó su inmediata libertad. Sólo resta definir la situación del empresario uruguayo acusado de haber ideado la maniobra.

El tercer juicio abreviado fue admitido este martes por el juez Sergio Carraro, quien impuso una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y ordenó la libertad de José Luis Ríos al computar el tiempo que llevaba detenido con prisión preventiva.

Ríos, de 40 años y comerciante domiciliado en Puerto Madryn, reconoció su responsabilidad como coautor del delito de extorsión. El acuerdo fue alcanzado entre el Ministerio Público de la Acusación y su defensa particular, ejercida por el abogado Néstor Darío Pereyra.
Durante la audiencia, la fiscal María Laura Urquiza solicitó la imposición de la pena convenida, mientras que el defensor requirió el cese de la prisión preventiva de su asistido en virtud del tiempo que ya había permanecido privado de la libertad. Tras admitir el procedimiento abreviado, Carraro hizo lugar al planteo y dispuso su inmediata libertad.
Un plan con funciones definidas
De acuerdo con la atribución delictiva, la maniobra se desarrolló entre el 1 y el 10 de octubre de 2025 y tuvo como objetivo obligar a un empresario santafesino con vínculos comerciales con la República Oriental del Uruguay a entregar 100.000 dólares mediante amenazas dirigidas contra él y su entorno familiar.
Según la investigación, el uruguayo Walter Antonio Roel de Armas y el santafesino Rodolfo Eduardo Liendo aportaron el componente esencial del plan: información personal y reservada de la víctima y de sus allegados.

Entre otros datos, facilitaron los números telefónicos del empresario y de su hermano, el domicilio familiar, la identidad de su pareja y de su hijo de cuatro años, el establecimiento educativo al que asistía el menor y el lugar de trabajo de la mujer.
La fiscalía sostuvo además que ambos impartieron las instrucciones sobre cómo ejecutar las intimidaciones, indicando que el reclamo debía presentarse como el cobro de una supuesta deuda para ocultar el verdadero origen de la maniobra.
Las amenazas
En ese contexto, Ríos y Guillermo Sebastián Pucheta fueron quienes ejecutaron la fase intimidatoria del plan. Utilizando la información suministrada por los otros imputados, enviaron durante varios días mensajes y audios por WhatsApp con exigencias de pago y amenazas dirigidas tanto al empresario como a su familia.

Las intimidaciones incluyeron referencias concretas al hijo de la víctima y al lugar de trabajo de su pareja. Entre otras expresiones, los acusados amenazaron con "levantar al guacho" del colegio y aseguraron que atacarían a tiros la joyería donde trabajaba la mujer si no recibían el dinero exigido.
Como parte final de la maniobra, el 9 de octubre de 2025 ambos concurrieron a los locales comerciales vinculados a la familia del denunciante. Para la fiscalía, esa acción buscó demostrar que controlaban los movimientos cotidianos de las víctimas y reforzar el efecto intimidatorio de las amenazas.
La investigación
La condena se sustentó en la denuncia presentada por el empresario, entrevistas testimoniales, audios y mensajes aportados durante la pesquisa, intervenciones telefónicas, registros de cámaras de videovigilancia públicas y privadas, además de allanamientos y requisas domiciliarias.

Al fundamentar el acuerdo, Urquiza sostuvo que se trató de "un hecho de significativa gravedad institucional y social", ejecutado mediante una planificación previa y una clara distribución de funciones para obtener un beneficio económico a través de la intimidación.
También destacó que la utilización de información sensible sobre la víctima y su familia evidenció un particular desprecio por su libertad y tranquilidad personal.
Con esta sentencia ya son tres los imputados que reconocieron su responsabilidad mediante juicios abreviados. Anteriormente habían sido condenados Guillermo Sebastián Pucheta y Rodolfo Eduardo Liendo. Sólo resta definir la situación procesal del empresario uruguayo Walter Antonio Roel de Armas, a quien la fiscalía señala como el presunto ideólogo de la maniobra extorsiva.









