Las pericias interdisciplinarias realizadas a Cristian “Pity” Álvarez determinaron que el músico se encuentra en condiciones de continuar en el juicio en el que está acusado por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz. Sin embargo, uno de los peritos de parte firmó en disconformidad y cuestionó las conclusiones del estudio al sostener que el músico “no se encontraba lúcido” al evaluarlo.
“No estaba lúcido”: un perito cuestionó la evaluación que declaró apto a Pity Álvarez
El estudio interdisciplinario concluyó que puede afrontar el proceso judicial, aunque uno de los profesionales que participó como perito de parte dejó asentada su disconformidad con el resultado.

El informe oficial concluyó que no se detectaron alteraciones de las facultades psíquicas que le impidan comprender el proceso judicial y ejercer adecuadamente las facultades que le corresponden. La objeción de uno de los profesionales intervinientes quedó asentada al final del documento.

Qué concluyó la pericia
El estudio se realizó en el marco del juicio por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido el 12 de julio de 2018 en el complejo habitacional Cardenal Samoré, de Villa Lugano. Según la acusación, la víctima recibió cuatro disparos.
Para someterse a la evaluación, Álvarez fue trasladado desde el hospital psiquiátrico Solar Colonial de Castelar hasta el Cuerpo Médico Forense (CMF).

Los profesionales concluyeron que, desde el punto de vista psicológico-psiquiátrico forense y a partir del conjunto de elementos examinados, las funciones psíquicas relevantes para comprender y participar del proceso se encontraban compensadas.
Además, el informe indicó que no se observaron indicadores objetivos y suficientes que permitieran establecer una alteración de las facultades psíquicas con una entidad tal que le impidiera comprender el sentido y alcance del proceso o ejercer las facultades que le corresponden dentro del juicio.
La observación durante la entrevista
Los especialistas también dejaron asentado que durante la entrevista se observó una participación “limitada y fluctuante” por parte de Álvarez en algunos momentos.
No obstante, aclararon que esa circunstancia debía ser contemplada dentro de la evaluación general, pero que no podía considerarse por sí sola como un impedimento procesal ni permitir establecerlo de manera aislada.

Los profesionales también tuvieron en cuenta la pericia realizada en febrero pasado, en la que habían concluido que el músico estaba apto para afrontar el proceso.
En este nuevo estudio, sostuvieron que Álvarez presentó aptitud para continuar en el juicio y que no existían elementos suficientes para determinar una alteración mental sobreviniente de una entidad que impidiera la continuidad del proceso.
La recomendación para las audiencias
El informe remarcó que la capacidad procesal debe determinarse a partir de las aptitudes funcionales relevantes y del comportamiento del imputado en un contexto procesal, además de considerar su evolución a lo largo del tiempo.
En ese sentido, los especialistas recomendaron al tribunal que, dentro de sus facultades y posibilidades procesales, adopte las medidas que considere necesarias para favorecer la contención y supervisión de Álvarez durante una eventual participación remota en las audiencias.
El perito que firmó en disconformidad
La defensa de Álvarez había anticipado que contaría con peritos de parte para la evaluación. Finalmente, uno de ellos dejó asentado su desacuerdo con las conclusiones del informe oficial.
En una anotación manuscrita incorporada al documento, el profesional sostuvo que “al momento del examen, el peritado se encontraba vigil y no lúcido”.
A partir de esa observación, expresó su “disconformidad total” con el resultado de la evaluación y cuestionó que las condiciones en las que se encontraba Álvarez fueran compatibles con un juicio normal.
De esta manera, mientras la evaluación interdisciplinaria concluyó que el músico está en condiciones de continuar con el proceso, uno de los peritos de parte dejó formalmente planteada su objeción respecto de esa conclusión.








