La Justicia de Santa Fe ordenó a cuatro entidades financieras y plataformas digitales restituir cerca de 30 millones de pesos a dos víctimas de estafas virtuales ocurridas a mediados de 2025.

El juez penal Sergio Carraro hizo lugar al cese del estado antijurídico y dispuso que cuatro firmas restituyan los fondos en un plazo de 30 días. La fiscalía había advertido fallas en los controles de seguridad que facilitaron las maniobras.

La Justicia de Santa Fe ordenó a cuatro entidades financieras y plataformas digitales restituir cerca de 30 millones de pesos a dos víctimas de estafas virtuales ocurridas a mediados de 2025.
La decisión fue adoptada por el juez penal Sergio Carraro, quien hizo lugar al pedido de cese del estado antijurídico impulsado por el fiscal de la Oficina de Delitos Informáticos del MPA, Agustín Nigro, en el marco de una investigación penal aún en curso.

En una audiencia realizada este viernes en tribunales, el magistrado dispuso que las firmas Invertironline SA, Bind PSP SA, Mercado Libre SRL y Tecnopoint SA “concurran en la devolución de los montos promovidos por las víctimas”, fijados en $12.401.876 y $16.685.703,55. En total, deberán reintegrar $29.087.579,55 en un plazo de 30 días.
Durante la audiencia, el fiscal Nigro reconstruyó la mecánica de las maniobras, que se desarrollaron entre el 10 y el 19 de junio de 2025. Las víctimas —oriundas de Rosario y San José del Rincón— detectaron que sus cuentas en la plataforma de inversión habían sido vaciadas y que los fondos fueron transferidos a cuentas virtuales vinculadas a otras entidades.
Según detalló el representante del Ministerio Público de la Acusación, las operaciones se realizaron utilizando datos personales reales de los damnificados, pero con validaciones biométricas correspondientes a terceros. “Los documentos habían sido editados con fotografías fraguadas”, explicó.
El fiscal sostuvo que se trató de un “comportamiento persistente de intrusión” en las cuentas de Invertironline SA, que permitió el desapoderamiento de los fondos mediante la apertura de cuentas apócrifas. “En ambos casos fue a través de la foto del DNI”, precisó, al tiempo que agregó que los montos sustraídos fueron luego derivados a cuentas a nombre de otras personas, también bajo investigación.
Más allá de la identificación de los presuntos autores materiales —ya individualizados en la causa—, la fiscalía apuntó contra las entidades intervinientes por no haber cumplido con los estándares de seguridad exigidos por la normativa vigente.
“Existe una regulación para la apertura de cuentas virtuales. Es responsabilidad de la entidad financiera identificar en forma unívoca a la persona humana que intenta operar”, remarcó Nigro. Y concluyó: “Está claro que hubo una falla en el proceso de validación”.
En esa línea, cuestionó el accionar posterior de las compañías: “La resistencia a devolver los fondos muestra cierta malicia de las empresas para con sus clientes”. También mencionó que, durante la investigación, en algunos casos las firmas “retacearon la información” solicitada y, en otros, directamente carecían de registros adecuados.
Al fundamentar su resolución, el juez Carraro convalidó el planteo fiscal y consideró que el pedido se encontraba habilitado en el marco del proceso penal en trámite. “Estamos en un proceso penal en marcha y el pedido fiscal está habilitado”, sostuvo.
El magistrado subrayó que, si bien las empresas también fueron engañadas, su intervención resultó determinante para la concreción del delito. “El fiscal ha sido muy claro y cauto al decir que son parte del sujeto pasivo en esta trama”, señaló.

En ese sentido, agregó: “Tenemos un hecho ilícito, personas identificadas, víctimas y entidades financieras que han intervenido posibilitando que el delito se consume”. Y planteó un interrogante central: “¿Por qué en este proceso en marcha las víctimas tienen que seguir soportando el daño?”.
Carraro también cuestionó la postura adoptada por las firmas durante la audiencia. “Ninguno de los representantes habló de los clientes, en este caso, las víctimas”, observó. “Se valen de clientes, que se vieron claramente afectados por esto”, añadió.
El pedido de la fiscalía fue acompañado por los abogados querellantes Alejandro Galoppo y María Natalia Krabler. Esta última destacó el trabajo investigativo y expresó su “orgullo de la investigación que se llevó a cabo ante estos gravísimos hechos”.
En contraposición, los representantes legales de las empresas involucradas manifestaron su rechazo a la medida, alineándose en cuestionar la procedencia del cese del estado antijurídico en esta instancia del proceso.
Por otra parte, el fiscal reveló que existió una tercera damnificada en circunstancias similares, quien sufrió una estafa por más de 5 millones de pesos en la misma fecha. Sin embargo, ese caso no integra la presente causa, ya que la víctima alcanzó un acuerdo particular con las empresas y logró la restitución del dinero.
La investigación continúa en curso, con los presuntos responsables de las maniobras ya identificados, mientras la resolución judicial abre un nuevo frente de debate sobre la responsabilidad de las plataformas financieras en la prevención de delitos informáticos.