El portero Jorge Mangeri fue procesado hoy con prisión preventiva por el homicidio con "alevosía" de la adolescente Ángeles Rawson, quien alcanzó a "arañar" a su agresor y dejó en sus uñas las huellas que permitieron acusarlo del asesinato.
Así lo determinó el fallo del juez Javier Ríos, quien sostuvo que "una de sus últimas acciones en vida" de Ángeles "fue la dedefenderse contrayendo su mano y dedos con el fin de arañar a suagresor, de forma que en ese momento se produjo la transferenciadel material genético hallado luego en su cuerpo".
Mangeri, remarcó, "conocía a la víctima desde su infancia, hace más de 10 años" y los padres de la chica, de 16 años, depositaban en él "su confianza al permitir que fuera a su domicilio y que jugara en la terraza con su conocimiento". "Esto permite otorgarle a Mangeri, en la vida de la víctima, un rol superior al del mero encargado del edificio; por el contrario, contaba con una mayor confianza producto de tales circunstancias que permiten sostener la escasa o nula predisposición a defenderse que pudo haber ejercido la damnificada al momento inicial del ataque", sostuvo.
La Justicia entendió así que aquella mañana del 10 de junio Mangeri la agredió -aunque sin fines sexuales- y se deshizo del cuerpo arrojándolo a la basura cuando la chica aún vivía.
El fallo dejó el escenario más complicado a la defensa: los abogados aspiraban a que el caso se encuadrara como un homicidio no intencional, pero el juez lo consideró un crimen agravado por la indefensión de Ángeles, y quedó expuesto a la pena de prisión perpetua.
En 34 páginas, Ríos consideró determinante los restos de ADN encontrados bajo las uñas de Ángeles que pertenecían a Mangeri, y las lesiones que el encargado presentaba al momento de la detención, compatibles con la posible defensa de la menor. A eso se sumó el testimonio de una vecina que reportó que ese día Mangeri pidió que sacara la basura más temprano de lo habitual, mientras otra contó que apenas un rato después de la desaparición de Ángeles lo encontró en la terraza del edificio "con short y remera, quizás descalzo" y como ensimismado.
El portero -dijo el juez- "contaba con todos los medios y posibilidades de ocasionar su muerte en el interior del edificio, a cuyos escasos metros se observa a la damnificada por última vez con vida". "No existe en las actuaciones ningún elemento de prueba que pueda desvirtuar la imputación y, pese a la intensas diligencias de prueba llevadas a cabo, no se ha identificado a ninguna otra persona a la que pueda vincularse con el acontecimiento que se investiga", sostuvo el magistrado.
A la espera de saber por qué ocurrió el ataque, el juez determinó en base a los dichos del forense que hizo la autopsia que, tal como se había informado, "no existían evidencias de abuso sexual" y que las fracturas que tenía en el tórax, el cuello y la cabeza ocurrieron cuando la menor estaba "aún con vida", posiblemente dentro del camión compactador de basura.
Notificada del fallo, la defensa ahora buscará apelar ante la Cámara del Crimen para aliviar la situación de Mangeri e impugnar las pruebas incriminatorias a través de más pericias y nulidades.
“Único responsable y agresor de Ángeles”
Pablo Lanusse, abogado de la familia de Angeles Rawson, explicó hoy que al portero Jorge Mangeri se le aplicó la figura de homicidio agravado por alevosía por el "método insidioso" utilizado para matar a la adolescente.
"Es una resolución clara, sólida, basada en la prueba que hay en el expediente, fundamentalmente en el ADN que lo coloca a Mangeri como único responsable y agresor de Angeles y fundamentalmente por el método insidioso con el que Mangeri decidió desechar y descartar el cuerpo con vida aún de Angeles, exponiéndola a esa situación", afirmó el letrado.
Es que según los peritajes y la autopsia, la joven estaba viva cuando fue arrojada a un camión compactador de basura que luego llevó su cuerpo al predio de la CEAMSE en la localidad bonaerense de José León Suárez, donde fue hallada muerta el 11 de junio.
El dato clave del informe forense dice que el tórax fue aplastado y que esas marcas en el cuerpo son vitales.
En la puerta del Palacio de Tribunales, luego de ser notificado del procesamiento dictado al portero por el juez de instrucción Javier Feliciano Ríos, el abogado dijo que al encargado también se le trabó un embargo de un millón de pesos sobre sus bienes.
Consultado sobre la decisión del magistrado, Lanusse expresó que "había elementos contundentes para dictar el procesamiento de esta persona", en alusión a Mangeri, aunque remarcó que "el caso va estar cerrado cuando haya una sentencia condenatoria" y anunció que va a trabajar "fuertemente" para esto.
Respecto de que aún no se esclarecieron algunos datos sobre el crimen, Lanusse recordó que para el dictado de un auto de procesamiento "no es necesario conocer el lugar de los hechos".
"Lo que es fundamental es que haya una persona a la que le ha quitado su vida y un responsable", señaló.
DYN / Télam

































