Fue presentado un proyecto de ordenanza que, de desembarcar en el recinto de calle Salta 2943, quizás reinstale una vieja discusión política que data de al menos unos 15 años: las potestades que le caben al Poder Legislativo local, es decir, el Concejo de Santa Fe, a la par de aquellas que tiene el Poder Ejecutivo capitalino (la Municipalidad).
Colectivos y ¿un nuevo debate? Proponen que cada nueva suba del boleto sea aprobada por el Concejo
Es un proyecto recién ingresado. No busca modificar el modo de redeterminación tarifaria, sino que los futuros aumentos tengan la autorización final del Legislativo. Esto lo decide hoy el Ejecutivo. "Facultades delegadas", una vieja discusión.

Desde un sector de la oposición propuso que ante cualquier nuevo incremento de la tarifa del sistema de transporte público de pasajeros por colectivos (la última fue formalizada por decreto N° 00048/2026 del intendente Juan Pablo Poletti el 19 de mayo, como informó El Litoral), este aumento tenga la autorización final del Concejo. Esto no ocurre de hecho en la actualidad.
Cómo se define una suba
Pero, ¿cómo se aprueba toda nueva actualización de la tarifa de este servicio esencial? Primero, los empresarios del rubro del transporte remiten una carta formal al Ejecutivo donde solicitan, justamente, una redeterminación tarifaria.

La subsecretaría de Control, Transporte y Movilidad municipal analiza la evolución de los costos con respecto a la anterior redeterminación tarifaria autorizada, para ver si se produjeron incrementos en las variables esenciales de la estructura de costos del sistema.
Estas variables se analizan de acuerdo a una fórmula polinómica que está estipulada en la Ordenanza N° 11.580, la cual regula el servicio de colectivos en Santa Fe ciudad.
Dicha fórmula comprende variables tales como los porcentajes promedio de variación del valor de unidades nuevas, del precio del gasoil, del salario de convenio de la UTA -acuerdos paritarios-; los índices de variación de precios (IPC) y los subsidios otorgados en el período que va de la anterior redeterminación a la nueva que ha sido solicitada.

Si se determina, de acuerdo a estos indicadores, que la variación total de los costos fue de más del 5% con relación al último valor redeterminado, ahí están dadas las condiciones para autorizar un aumento tarifario. Aquí interviene el Órgano de Control de Transporte, que debe emitir el dictamen correspondiente.
El artículo “de la discordia”
Todo este proceso está estipulado en el artículo 16 de la ordenanza N° 11.580, que establece taxativamente, como se dijo antes, que el Ejecutivo “podrá proceder a la redeterminación de las tarifas” (es decir, tiene esa potestad), siempre y cuando lo que indica el cálculo de variables no supere el 5% con relación a la anterior suba.

Como se ve, el Concejo -órgano colegiado de cogobierno en ciudad, junto con el municipio-, hoy no tiene injerencia técnico-jurídica en una redeterminación tarifaria. El proyecto que se comenta aquí busca que le sea “restituida” esa facultad al Concejo, porque más de una vez se consideró que había sido “delegada” al Ejecutivo.
Como se dijo, esta discusión no es nueva en la política doméstica; en el tiempo y a lo largo de las distintas conformaciones de concejales, han sido producto de las lógicas tensiones que se dan entre los armados políticos de las mayorías y las minorías, de los sectores oficialistas y los opositores.
¿Y entonces? Qué se propone
El proyecto en ciernes es impulsado por la concejala de Violeta Quiroz (Mesas de Trabajo), y lleva la coautoría de los ediles justicialistas Jorgelina Mudallel y Jorge Fernández, ambos del Bloque PJ. Los tres son legisladores del variopinto arco opositor del Concejo.

En concreto, el proyecto apunta al artículo 16 y propone modificarlo, pero sin “tocar” todo lo que versa sobre la antes explicada fórmula que sirve para determinar los incrementos en las variables tales como combustibles, acuerdos paritarios (sueldos), inflación y subsidios percibidos.
Lo que hace es introducir dos artículos. El primero dice: “Una vez efectuado el cálculo correspondiente, el Ejecutivo deberá remitir al Concejo el estudio técnico, económico y financiero que fundamente la redeterminación tarifaria propuesta, acompañado de toda la documentación respaldatoria”.

Y finalmente agrega: “La nueva tarifa (redeterminada) sólo podrá entrar en vigencia previa aprobación del Concejo mediante la sanción de la correspondiente ordenanza”. Esto, como se sabe y se ha explicado con anterioridad, hoy no ocurre: no hay injerencia del Legislativo al momento de disponer una suba de la tarifa de colectivo.
Los fundamentos
Violeta Quiroz (y los coautores Fernández y Mudallel), expresan en los fundamentos de la iniciativa que lo que se propone es “fortalecer el control institucional” y la “legitimidad democrática” sobre una decisión (la suba del boleto) “que impacta directamente sobre miles de vecinos de Santa Fe”.
En los últimos años, los aumentos del boleto de colectivo han generado “una profunda afectación sobre las economías familiares (...)”. Cada actualización tarifaria “fue aplicada mediante decisiones administrativas (decretos) por el Ejecutivo, sin la necesaria intervención del Cuerpo Legislativo”, aducen.

Luego consideran que el valor del boleto “no constituye una cuestión meramente técnica o matemática. Detrás de cada aumento existen definiciones políticas, económicas y sociales que deben ser debatidas públicamente por los representantes elegidos democráticamente por la ciudadanía”, es decir, los concejales.
La modificación apunta a “recuperar herramientas de control democrático sobre políticas públicas que afectan de forma directa a los santafesinos; y también, fortalecer el rol institucional del Concejo, promoviendo una mayor participación y transparencia en las decisiones vinculadas al transporte público”, concluyen.











