Existe una ordenanza que regula la colocación de los toldos que es la Nº 9.024, esta prevé que “el punto más bajo de la estructura o soporte de todo toldo que se constituya sea de caño, chapa, lona, etc. distará no menos de 2,40 metros del nivel del cordón”. Además, establece: “La colocación de los toldos no deberá impedir la visibilidad vehicular, la identificación de chapas señalizadoras, paradas de pasajeros u otro elemento que haga al equipamiento urbano de la ciudad”.
En tanto, la norma indica que: “Los elementos resistentes o estructurales y dispositivos mecánicos a utilizar, no podrán superar los 10 centímetros del límite de edificación en cada caso”.
Por su parte, el cerramiento de espacios sobre aceras está regulado en la ordenanza Nº 8714, que entre otros artículos establece: “Sólo serán autorizados los cerramientos que se efectúen en veredas con un ancho no inferior a 4,5 m, que no avancen más de 5,00 m de la línea municipal y cuyo emplazamiento deje libre la línea imaginaria de ochavas y su prolongación de las veredas y no coincidan con las paradas de taxis o zonas de detención de colectivos (…)”.
En Aristóbulo del Valle se relevaron 45 cerramientos de veredas: el 95 % estaba fuera de norma, por lo que también se buscará una solución con los comerciantes.
Por último, se recuerda que para colocar un toldo que dé a la vereda o para realizar un cerramiento de espacio sobre acera, se deben solicitar los permisos ante la Dirección de Edificaciones Privadas, que momentáneamente funciona en las oficinas de Salta 2840 (teléfono 4574119).






























