En abril de 2026, la provincia de Santa Fe dio una señal política concreta hacia el sector productivo e institucional: la promulgación de la Ley Provincial N° 14.437 buscó poner punto final a la litigiosidad espuria en el Sistema de Riesgos del Trabajo.
Freno de mano a la Ley contra la litigiosidad espuria en Santa Fe
A cuatro meses de la promulgación de la Ley Provincial 14.437, el cuerpo pericial oficial sigue sin ponerse en marcha como lo establece la Ley. En el medio, un Sistema de Riesgos del Trabajo que resuelve cerca del 80% de las contingencias en Santa Fe, convive con una industria del juicio que duplica las cifras de distritos comparables.

La norma buscaba encuadrar a la provincia a lo establecido en el Artículo 2° de la Ley Nacional 27.348 (a la que Santa Fe adhirió voluntariamente en noviembre de 2020), exigiendo la creación de cuerpos médicos forenses en el ámbito del Poder Judicial.

La premisa central de esta legislación es clara: peritos empleados de la Justicia con salario fijo —desvinculados del porcentaje de incapacidad que dictaminan— que apliquen el Baremo oficial (Tabla de Incapacidades) para garantizar que los casos judicializados se midan con la misma vara técnica que plantean tanto la Ley 24.557 como la 24.241.
Sin embargo, a más de cuatro meses de su promulgación, la Ley 14.437 sigue sin aplicarse. Mientras el poder Ejecutivo y el poder Legislativo mostraron alineación en la necesidad de terminar con los reclamos infundados, persisten conflictos internos dentro de la provincia que impiden su implementación.
Radiografía del contraste: Santa Fe vs. Córdoba
De acuerdo con registros de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en lo que va de 2026 se han notificado en Santa Fe más de 10.300 reclamos judiciales.
Bajo el marco de la nueva ley, el Cuerpo Forense debería haber intervenido de forma exclusiva en unos 4.500 casos (tal como establecen los artículos 5°, 6°, 17° y 18° de la norma). No obstante, el sistema sigue paralizado bajo diversos argumentos formales.
Para comprender el impacto de la litigiosidad espuria en Santa Fe, basta con comparar con una jurisdicción de perfil productivo idéntico, como Córdoba:

• Representación laboral y siniestral: Ambas provincias albergan, cada una, al 6,4% de los trabajadores registrados en Unidades Productivas del país y concentran, también cada una el 8% de la siniestralidad nacional.
• Coincidencia en la vía administrativa: La diferencia de incapacidades dictaminadas por las Comisiones Médicas de la SRT entre ambos distritos no alcanza a un punto porcentual de incapacidad.
• Brecha judicial: Mientras Córdoba aporta el 7% de los juicios al total nacional, Santa Fe genera el 15,4%. Con perfiles demográficos y laborales casi idénticos, Santa Fe duplica holgadamente la litigiosidad cordobesa.
La brecha es aún más drástica cuando se compara a Santa Fe con el promedio de las provincias que ya tienen operativos los cuerpos periciales de la Ley 27.348.
Esas jurisdicciones, que concentran el 5% de los trabajadores del país, generan apenas el 0,4% de los juicios nacionales. Es decir, Santa Fe multiplica por 38 la generación de demandas en relación con las provincias que cumplen con la norma nacional.
La paradoja de los reclamos infundados
Ante esta situación, los sectores que defienden el statu quo argumentan que el sistema de Comisiones Médicas expulsa a los trabajadores a la Justicia. Sin embargo, los números no acompañan ese razonamiento:
• Efectividad administrativa: En Santa Fe se reciben más de 71.786 denuncias anuales y más del 79% se resuelve dentro del sistema sin judicializarse.

• Consenso en incapacidades: En el 88% de los casos donde se determina una incapacidad en sede administrativa, el trabajador y la ART llegan a un acuerdo conforme.
• Casos sin secuelas: En provincias con cuerpos periciales oficiales, las Comisiones Médicas detectan un 31% de casos sin origen laboral o sin secuelas. En Santa Fe, esa cifra trepa al 67,86% de los trámites resolutivos.
Más revelador aún es el perfil de las demandas que llegan a los tribunales santafesinos. El 93% de los casos judicializados corresponde a Altas Sin Incapacidad o a Rechazos por no ser casos de origen laboral.
Sin embargo, la amplia mayoría de las sentencias locales termina otorgando incapacidades de más de 6 puntos por sobre lo dictaminado administrativamente, incorporando muchas veces en sede judicial secuelas que nunca fueron denunciadas a la ART ni incorporadas en la instancia de Comisiones Médicas.
Rigor estadístico vs. la preservación del statu quo
Frente a la voluntad expresada por parte de las autoridades provinciales, ciertos sectores intentan mantener un statu quo que continúa alimentando el negocio de la litigiosidad espuria.
Recientemente, representantes de la CGT Seccional Santa Fe y de la Justicia provincial mantuvieron un encuentro que concluyó cuestionando el funcionamiento de las Comisiones Médicas.

Según trascendió, las críticas vertidas se basaron en una muestra de apenas unas pocas decenas de casos, carentes de representatividad estadística frente al universo de más de 4.000 expedientes que debieron ser evaluados exclusivamente por el Cuerpo Médico Forense.
Tampoco se explicó por qué se analizaron esos expedientes ni por qué intervinieron peritos ordinarios a los que la propia Ley 14.437 despojó de competencia para actuar salvo condiciones específicas que no se han planteado.
Frente a datos de acceso público respaldados por la SRT disponibles en www.argentina.gob.ar/srt , los cuestionamientos al sistema suelen alimentarse de muestras sesgadas cuyo único efecto es postergar las soluciones de fondo.
Cumplir la Ley como condición necesaria
La problemática de la litigiosidad espuria es compleja y requiere respuestas integrales. Sin embargo, el cumplimiento estricto de la Ley es la condición primaria e insoslayable para iniciar cualquier debate serio.

Las provincias que adecuaron sus cuerpos de peritos judiciales a la Ley 27.348 han demostrado un descenso inmediato y sostenido en sus índices de litigiosidad.
Santa Fe ya cuenta con la herramienta técnica y legislativa aprobada, la Ley 14.437. Avanzar sin más dilaciones en su aplicación efectiva es el único camino para dotar de previsibilidad a la producción local y erradicar los extra costos laborales que atentan contra el empleo registrado.
* Ignacio Subizar es Gerente de Administración de Comisiones Médicas de la SRT de la Nación.










