Prorrogaron la prisión preventiva para los acusados de matar al cabo Nahuelcar
Por unanimidad, Impugnación confirmó la prórroga de dos meses de preventiva para cuatro de los acusados de asesinar al cabo Nahuelcar, la mañana del 1 de enero. El quinto está en libertad porque era menor al momento del crimen.
Prorrogaron la prisión preventiva para los acusados de matar al cabo Nahuelcar
20:13
Este jueves al mediodía, por unanimidad, el tribunal de Impugnación confirmó la prórroga de la prisión preventiva por el plazo de dos meses para los cuatro acusados de matar de un disparo al cabo Luis Gabriel Nahuelcar, la mañana del 1º de enero en Cutral Co. Con lágrimas en los ojos y abrazados a una foto de su hijo, los padres del policía asesinado agradecieron la decisión de los jueces.
"Lo que ha resuelto el juez Tomassi y luego fue ratificado por mayoría por el tribunal de Revisión es de que se ha prorrogado la prisión preventiva por dos meses. Ahora bien, ¿es desproporcionada esa resolución teniendo en cuenta la gravedad del hecho y expectativa de pena? Yo entiendo que no y por eso mi voto es confirmar la resolución", sentenció el juez Daniel Varessio. Lo mismo votaron los jueces Florencia Martini y Fernando Zvilling, con lo cual el tribunal entendió "que se encuentra debidamente argumentado".
Cabe indicar que Miguel Ángel "Tuerto" Díaz (como autor), su hermano Walter, José Luis Espinosa, Lautaro Campos y José Adrián Culliqueo (como partícipes primarios) están acusados de homicidio triplemente calificado por ser contra un funcionario público en ejercicio de sus funciones, por alevosía y por la participación de dos o más personas; y agravado por el uso de arma de fuego. Solo Campos está en libertad por ser menor al momento del crimen, ya que tenía 17 años.
Antes de dar el veredicto, el juez Varessio enumeró una serie de cuestiones que fueron introducidas en la audiencia, pero "que el tribunal no tuvo en cuenta porque no formaban parte de la impugnación presentada por la defensora Marisa Mauti, que solo cuestionó la falta de motivación del riesgo de fuga".
En este sentido, detalló que no fueron tenido en cuenta en la resolución el riesgo de entorpecimiento que intentaron negar o aseverar las distintas partes; el plazo de la medida cautelar al no haber sido rebatido por la parte acusadora; la imputación y la expectativa de pena, que no fueron discutidas por la defensa. "La misma defensa reconoció la gravedad del hecho y que fue un hecho que causó conmoción y que debido a la calificación, tiene una expectativa de pena de prisión perpetua. Sin embargo, eso no quiere decir que los imputados puedan quedar en libertad si la prueba en el juicio logra conmover la duda razonable en el jurado popular", explicó el juez Varessio. Ahora resta que la Ofiju de Cutral Co fije día y hora para la audiencia de control de acusación.