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POLÍTICA

Sus facultades quedaron limitadas a funciones protocolares

La Corte Suprema vacía de poder a Rosenkrantz

Los Ministros decidieron que las decisiones administrativas sobre contrataciones, renuncias, presupuesto y contratos de empleados se deberán adoptar por mayoría.

La Corte Suprema vacía de poder a Rosenkrantz La Corte Suprema vacía de poder a Rosenkrantz

Miércoles 19.12.2018
 7:24hs
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El Litoral / politica@ellitoral.com / Télam

Una acordada de la Corte Suprema de Justicia resolvió que las decisiones administrativas del alto tribunal, entre ellas las designaciones o renuncias de sus empleados o la renovación de contratos, se deben adoptar por una mayoría de tres de sus ministros, con lo cual recortaron las facultades al presidente del máximo tribunal nacional.

La acordada lleva la firma de tres ministros de la Corte, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, mientras que la vicepresidenta, Elena Highton, no firmó ninguna de las dos.

Con la disidencia de su voto, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, recordó que el Congreso mantuvo expresamente en vigencia las facultades del titular del máximo tribunal en materia de ejecución presupuestaria, como de reestructuración del Presupuesto.

La Acordada

De esta manera, quedó expreso que las decisiones correspondientes al ejercicio de la Superintendencia se adoptarán “por mayoría de tres de sus miembros”.

Además, dispuso que la Corte designará, aceptará las renuncias de sus funcionarios y/o empleados por mayoría de tres de sus miembros e idéntico criterio adoptó para la renovación de los contratos de personal en la Corte y en los restantes tribunales del Poder Judicial.

Asimismo, los tres ministros ratificaron la política presupuestaria, económica y financiera del cuerpo “basada en los criterios de responsabilidad fiscal aplicada por esta Corte”.

Por otra parte, decidieron mantener el Fondo Anticíclico de la Corte e impulsar otras alternativas similares a fin de “preservar la independencia del Poder Judicial”. Y, dispusieron crear en el ámbito de cada vocalía de la Corte una Unidad de Asistencia Técnica de Coordinación que estará cargo, en cada caso, de un Director General, y deberá coordinaren su ámbito las políticas establecidas en esta acordada.

En disidencia

En tanto, Rosenkrantz advirtió que “no son legalmente admisibles reglas de funcionamiento en las que uno o más ministros adopten sin el concurso de la voluntad del Presidente” sobre todo “decisiones que impliquen disposiciones del crédito presupuestario”.

El presidente de la Corte sostuvo que este esquema “reduce la discrecionalidad en la toma de decisiones, al sustituir un mecanismo de decisión unipersonal por otro donde se requiere el logro de consensos y se aplican pautas objetivas de contratación”. Pero además expresó que si bien “es indispensable introducir cambios en el sistema de contratación actual” sostuvo que “cualquier modificación al sistema imperante debe llevarse cabo con estricto apego la legalidad, pues el apego la leyes la primera responsabilidad de este Tribunal”.

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