+ SECCIONES
El Litoral
BUSCAR
EL LITORAL
  • Todos los Títulos
  • Área Metropolitana
  • Sucesos
    • Santa Fe Policiales
  • Deportes
  • Política
    • Filtrado
  • Economia
    • Puerto negocios
    • Dolar Hoy
  • Educación
  • Salud
  • Información General
  • Clima
  • Regionales
  • Campolitoral
  • Internacionales
  • Actualidad Sabalera
  • Actualidad Tatengue
  • Arte
  • Necrológicas
  • Edición Impresa
  • Contenido Patrocinado
  • Clasificados
  • Agenda Cultural
  • Podcast
  • Servicios
  • Radios en vivo
  • Sitios
    • Mirador Provincial
    • Vivi Mejor
    • Notife
    • Sur 24
    • Revista Nosotros
    • Puerto Negocios
    • CyD Litoral
    • Educación SF
    • Norte 24
  • Escenarios & Sociedad
    • Show
  • Videos
  • Multimedia
    • Galerías de Fotos
    • Videos
    • Webstories
  • Opinión
  • Quienes Somos
  • Autores
  • Temas
  • Alianzas
  • Comercial EL

#HOY:

Maximiliano Pullaro
Javier Milei
Unión
Colón
Premios El Brigadier

OPINIÓN

Tribuna de opinión (por Rodolfo Oviedo)

Los derechos del paciente y el consentimiento informado

Los derechos del paciente y el consentimiento informadoLos derechos del paciente y el consentimiento informado

Viernes 25.8.2017
 22:41

Por Rodolfo Oviedo


Que las leyes están para ser cumplidas suena a “verdad de Perogrullo”. Sin embargo, bajo el barniz de una sociedad “jurídicamente organizada”, subyace una realidad en la cual intereses sectoriales abrogan instrumentos jurídicos plenamente vigentes y socialmente valiosos. Así, por ejemplo, observamos en el ámbito de los Derechos del Productor la muerte jurídica de la Factura Conformada.


Dentro de los Derechos del Paciente advertimos agonizar al Consentimiento Informado, y en los Derechos del Consumidor constatamos el desinterés provincial en adherir a una legislación tuitiva que establece la gratuidad de justicia para el consumidor, advirtiendo así que en el acceso del justiciable a la tutela judicial surgen tangibles ejemplos del triunfo de estos intereses.


Derechos del paciente


La Ley 26.529/26.742 (Decreto Reglamentario 1.089/2012, Derechos del Paciente) conforma con la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor) “un microsistema tuitivo de aplicación inmediata que abraza, atrae y abstrae la relación jurídica en la que (el consumidor de servicios sanatoriales) se encuentra, fijando sus postulados como base de protección siempre abierta a la solución más favorable al débil. Las dos normativas, que coexisten en el reconocimientos de derechos al paciente, asistiendo a su protección como débil de una relación, se integran entre sí (D’Archivio, María. “Derechos del paciente y sus prerrogativas como consumidor” en “Daño a la persona y al patrimonio”).

Por ello, aquel pa(de)ciente que concurre a un sanatorio se encuentra protegido por la vigencia de ambos plexos normativos, pudiéndose aseverar que los facultativos que allí ejercen su profesión deben cumplimentar sus disposiciones para no comprometer al mismo en responsabilidades legales frente el paciente contratante.


Consentimiento informado


El término “Consentimiento Informado” se aplicó en 1957 durante un juicio sobre responsabilidades por una paraplejía producida por una aortografía translumbar, cuyos riesgos no fueron advertidos al paciente.


En nuestro país se define legalmente como “el procedimiento mediante el cual se garantiza que el sujeto ha expresado voluntariamente su intención de participar en el acto médico a realizar, después de haber comprendido la información que se le ha dado, acerca de los objetivos del estudio, los beneficios, las molestias, los posibles riesgos y las alternativas, sus derechos y responsabilidades. En algunos casos, tales como el examen físico de un médico, el consentimiento es tácito y sobreentendido. Para procedimientos más invasivos o aquellos asociados a riesgos significativos o que tienen implicadas alternativas, el consentimiento informado debe ser presentado por escrito, conformarse de una explicación taxativa y pautada dada por el profesional actuante referidas a las actividades que se le realizarán al paciente, con redacción concreta, clara y precisa, mediante términos que el paciente pueda comprender, con omisión de metáforas o sinónimos que lo hagan ambiguo, resulten equívocos o puedan ser malinterpretados y deberá estar firmado por el paciente y el médico actuante y ser agregado a la historia clínica de aquél”. (Art. 7 inc. F, decreto 1.089/2012).


Esta norma impone características ineludibles para el médico actuante, quien debe conformar por escrito el Consentimiento Informado, brindando una explicación de las actividades a realizar, detallando los posibles riesgos y suscribiendo con el paciente este instrumento legal, para glosarlo a su Historia Clínica.


Su plena vigencia debe ser respetada por las entidades sanatoriales, porque “Uno de los aspectos de la vulnerabilidad del consumidor es el conocimiento... que tiene la suficiente importancia como para merecer la atención del derecho y de los poderes del Estado... Es la brecha del conocimiento entre uno y otro contratante lo que opera como desequilibrante del igual emplazamiento prestatario”, por ello el sistema jurídico consagra un derecho a la información y un deber de informar debiéndose hacer saber lo que es importante: “Lo es aquel dato que puede alterar la base del negocio, de modo que si se conociera no se contrataría o se lo haría en otras condiciones”.


Se viola este deber cuando se produce “el ocultamiento de algo sobre lo que no hay equívoco”. Importa saber un elemental principio constitucional establecido por el artículo 42. En doctrina se entiende que: “Siendo el contrato un acto jurídico debe ser voluntario. Para que exista voluntariedad debe existir discernimiento, intención y libertad. La existencia de un desnivel informativo afecta los tres elementos”.


Para despejar dudas al respecto, nuestra jurisprudencia ha expresado. “En el marco de una acción de daños y perjuicios se debe responsabilizar al médico demandado por su omisión de informar en debida forma a su paciente, a fin de que éste tomara una decisión razonada, ponderando los graves riesgos generados por el cateterismo hemodinámico sugerido, en el que se le colocaría una prótesis correctora, y los beneficios esperados, pues con las pruebas aportadas no logró acreditar que hubiera obtenido un consentimiento válido en el que constara que el enfermo entendía y se sometía voluntariamente a la intervención propuesta”. (C.N.Civ. Mosset Iturraspe y Piedecasas “Derechos del paciente” Doctrina y Jurisprudencia, Pag. 302 Año 2).


En conclusión


Afirmábamos la existencia de leyes que, pese a su vigencia legal, permanecen ocultas por intereses sectoriales, a los cuales incomoda su divulgación e instrumentación. Con las excepciones de aquellos profesionales que cumplen correctamente sus obligaciones, lo expuesto es un llamado de atención para quienes, concentrados exclusivamente en la complejidad de su especialidad, dejan de lado el conocimiento de obligaciones legales, asumiendo quizás inconscientemente el riesgo jurídico que ello implica. Y para quienes las omiten por diversos intereses, es válido citar la opinión que tal actitud merece para dos destacados juristas santafesinos como son Miguel Piedecasas y Jorge Mosset Iturraspe: “La no información, la violación de la norma sin una justificación aceptable no es sólo una falta de ética a la buena costumbre médica, a la moral que debe residir en el obrar del galeno, sino un ilícito, una violación del comportamiento dispuesto, un desacato, si se quiere un ‘no hacer’, que infringe el deber de ‘hacer’. Y de allí que el médico deba responder por los ‘daños injustos’ causados al paciente inocente y víctima, en relación de causalidad adecuada”.

#TEMAS:
Edición Online

Suscribite a nuestro newsletter


SUSCRIBIRME

Acepto recibir las noticias de El Litoral en mi correo.

TENES QUE SABER
“La gente nos pide que volvamos”
Chaco: acusan a un conductor de app de secuestrar a una pasajera
Avanza el caso del robo al Louvre con otras cuatro detenciones: las joyas siguen sin aparecer
Agremiados repudió el gesto de Estudiantes y pidió “caballerosidad” con Rosario Central
Mendoza: condenaron a un hombre de 47 años a tres años por acosar a una niña en Roblox

Te puede interesar:


  • Brasil: entró a robar a un banco, quedó atrapado en la puerta giratoria y terminó en ropa interior
  • Del DT de Unión: “Estoy orgulloso de lo que se brindaron estos chicos”
  • Así cerró el dólar en los bancos argentinos este martes 25 de noviembre
  • Condenaron al futbolista Diego García por violar a una mujer en La Plata
  • “Santa Fe tuvo un gran fin de semana largo, con actividades de norte a sur de la provincia”
  • “La gente nos pide que volvamos”
  • Chaco: acusan a un conductor de app de secuestrar a una pasajera
  • Avanza el caso del robo al Louvre con otras cuatro detenciones: las joyas siguen sin aparecer

Política

Cambios en las Fuerzas Armadas Carlos Presti afirmó que va a seguir con jerarquía militar pero "en una situación distinta"
De cara a la segunda mitad de gestión Pullaro anticipó "reacomodamientos” puertas adentro de los ministerios
Pasó a cuarto intermedio Se pospone la elección del próximo presidente de la Corte Suprema santafesina
Balance “Santa Fe tuvo un gran fin de semana largo, con actividades de norte a sur de la provincia”
Causa ANDIS Renunció el novio de Ornella Calvete tras el hallazgo de US$700.000 en su casa

Área Metropolitana

Estiman que dejó más de $830 millones “Finde XXL” en el Gran Santa Fe: movimiento turístico deja un saldo económico muy positivo
En debate público Proponen crear en la ciudad de Santa Fe una Oficina Municipal Anticorrupción: los detalles
Clima Qué dice el pronóstico de este martes en la ciudad de Santa Fe
Crónicas urbanas Cómo una plaza se volvió el "corazón verde" que organiza la dinámica social de un barrio de Santa Fe
Clima Qué dice el pronóstico este lunes ferido en la ciudad de Santa Fe

Sucesos

Investigación Chaco: acusan a un conductor de app de secuestrar a una pasajera
Grooming digital Mendoza: condenaron a un hombre de 47 años a tres años por acosar a una niña en Roblox
Sigue la polémica Vialidad nacional intimó a provincia para que quite el radar de la ruta 168
Sorpresa y temor Susto en la costa santafesina: hallaron dos pumas en viviendas de Cayastá
Deformaciones en la calzada Un camión volcó en la Ruta 3 en Santa Cruz y casi provoca un accidente

Información General

Un pozo récord en dólares Récord en el mercado del juego oficial: el Quini 6 sorteará $13.400 millones
Apertura comercial en la ciudad Lucciano’s abrió su primer local en Santa Fe, en Ribera Shopping
Encuentro federal en la Facultad de Derecho La UBA será sede de una reunión clave para acelerar el control de deudores alimentarios
Siguen la incertidumbre El misterio detrás del cometa 3I/ATLAS: investigación especial y acusaciones de silencio
Dolor y polémica vigentes A 5 años de la muerte de Diego Maradona, ¿cuál es la situación de la causa?
El Litoral
  • Campolitoral
  • Revista Nosotros
  • Clasificados
  • CYD Litoral
  • Podcasts
  • Mirador Provincial
  • Viví Mejor
  • Puerto Negocios
  • Notife
  • Educacion SF
Hemeroteca Digital (1930-1979) - Receptorías de avisos - Administración y Publicidad - Elementos institucionales - Opcionales con El Litoral - MediaKit
El Litoral es miembro de:
adepa.org.ariab.comadira.org.ar
afip.gob.ar