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Megaestafa Inmobiliaria: absolvieron a Di Benedetto por prescripción de los delitos

Fallo del juez de Cámara, Tomás Orso. Estaba acusado de cometer en Venado Tuerto 31 hechos de estafas, 23 en “grado de tentativa” y 5 casos de falsedad ideológica.

Megaestafa Inmobiliaria: absolvieron a Di Benedetto por prescripción de los delitosMegaestafa Inmobiliaria: absolvieron a Di Benedetto por prescripción de los delitos

Lunes 7.7.2025
 11:46hs
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Mauro Dalmazzo
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El juez de la Cámara de Apelaciones de la Tercera Circunscripción Judicial, Dr. Tomás Orso, resolvió absolver a Antonio Di Benedetto en la causa conocida como “Megaestafa Inmobiliaria 2” al declarar prescripta la acción penal en su contra. La medida deja sin efecto la resolución de primera instancia que había rechazado los planteos de la defensa respecto a la prescripción de los delitos.

La fiscal Mayra Vuletic fue quien llevó adelante la investigación.

La resolución fue adoptada tras un extenso trámite judicial que comenzó con la imputación de Di Benedetto por múltiples hechos de estafa y falsedad ideológica supuestamente cometidos entre 2015 y 2017. La acusación original se formalizó en 2021 y una reimputación se realizó en marzo de 2024, momento en el que la defensa presentó un recurso solicitando que se declare la prescripción de la acción penal.

La posición de la defensa

Durante la audiencia de apelación, el Dr. Lucio Rossini, abogado defensor del imputado, sostuvo que los hechos imputados ocurrieron como máximo hasta mediados de 2017, por lo que el plazo de prescripción —de seis años para los delitos atribuidos— vencía en julio de 2023. Rossini afirmó que los cargos formulados en 2024 se hicieron fuera de ese plazo, pues constituyen nuevas imputaciones que no interrumpen la prescripción de los delitos atribuidos.

La postura de la fiscalía

Por su parte, la fiscal Dra. Vuletic argumentó que los hechos fueron imputados por primera vez en 2021, y que la acusación presentada en 2024 no constituía una nueva imputación sino una readecuación de los mismos hechos, por lo que correspondía considerar que la acción penal seguía vigente.

Fundamentos del fallo

En su fallo, el juez Orso precisó que las maniobras investigadas habrían ocurrido entre 2015 y febrero de 2018, y que el requerimiento acusatorio —primer acto interruptivo de la prescripción— se presentó recién en mayo de 2024. Al haber transcurrido más de seis años desde los hechos, el magistrado consideró que el plazo de prescripción se encontraba agotado para cualquiera de los delitos imputados, conforme a los artículos 59.3 y 62.2 del Código Penal.

Por ello, dispuso declarar prescripta la acción penal y absolver a Di Benedetto en relación a los cargos atribuidos, dejando sin efecto la resolución de primera instancia que había rechazado los planteos de la defensa.

El juez Tomás Orso.

Contexto de la causa

Di Benedetto había sido señalado como presunto autor de múltiples maniobras de estafa y falsificación de documentos en operaciones inmobiliarias, que habrían causado un perjuicio millonario en Venado Tuerto y localidades cercanas. La causa, conocida como “Megaestafa Inmobiliaria 2”, se inició con denuncias presentadas en 2016 y motivó años de investigación.

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