16) Ahora, la feria judicial de enero y de invierno deja de regir "en materia penal". La Corte Suprema, el Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Público Provincial de la Defensa Penal deben reglamentar, organizar y programar el otorgamiento de las licencias por vacaciones de sus funcionarios y empleados de manera que cada uno de los órganos mencionados garantice como mínimo la presencia laboral para la prestación del servicio de justicia del 50% del total de funcionarios y de empleados de la planta, respectivamente, en cada circunscripción y distrito según corresponda.