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Crimen de "Chabela"

"Desagradecida" y violenta: 19 años de cárcel para la mujer que asesinó a su tía en Santa Fe

La Justicia condenó a Silvina Guadalupe Peretti por el homicidio de María Isabel Di Stéfano, de 78 años, asesinada en diciembre de 2022 en una vivienda de calle Azopardo al 6800. Al fundamentar la sentencia, la jueza Susana Luna cuestionó “la falta de agradecimiento” de la acusada hacia la mujer que la sostenía económicamente y le daba alojamiento.

"Desagradecida" y violenta: 19 años de cárcel para la mujer que asesinó a su tía en Santa Fe"Desagradecida" y violenta: 19 años de cárcel para la mujer que asesinó a su tía en Santa Fe

Jueves 21.5.2026
 17:47
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Juliano Salierno
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Juliano Salierno
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Judiciales

La relación de dependencia económica, convivencia y violencia que durante años marcó el vínculo entre María Isabel Distéfano y su sobrina quedó expuesta este jueves en los tribunales de Santa Fe, donde Silvina Guadalupe Peretti fue condenada a 19 años de prisión efectiva por el asesinato de la mujer de 78 años conocida en barrio San Martín como “Chabela”.

Al admitir el juicio abreviado, el tribunal consideró acreditado no sólo el brutal mecanismo utilizado para matar a la víctima, sino también un contexto previo de maltratos físicos, psicológicos y económicos que llevó a la jueza Susana Luna a definir a la acusada como una persona “desagradecida” con quien la asistía y mantenía.

La presidenta del tribunal habló de "falta de agradecimiento" de la condenada. Foto: Archivo El Litoral

La audiencia se realizó en la Sala 1 de los tribunales de Santa Fe y estuvo presidida por la jueza Luna, junto a los magistrados Gustavo Urdiales y Martín Torres. Peretti, de 45 años, participó de manera remota desde su lugar de detención, acompañada por su defensor, Dennis Lucas Perín Zanón.

Antes de escuchar la atribución delictiva, la mujer dijo que trabajaba “de manera independiente” como artesana y que tiene una hija de 10 años. Luego, el fiscal Gonzalo Iglesias desplegó una acusación atravesada no sólo por la mecánica del crimen, sino también por la historia previa entre víctima y victimaria.

Contexto previo

“El contexto previo, continuo y permanente iba desde lo económico al maltrato psicológico y físico de su tía”, afirmó Iglesias al comenzar su exposición. Lo hizo apoyado en declaraciones de vecinos y de los pocos familiares que mantenían vínculo con Distéfano.

La víctima vivía en la casa del frente de la propiedad ubicada en la zona de Curva Roces, mientras que su sobrina ocupaba una construcción trasera. Según reconstruyó la investigación, “Chabela” no sólo le daba alojamiento sino también ayuda económica constante.

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Sin embargo, el trato que recibía a cambio era, según describieron testigos, humillante y violento. Iglesias recordó uno de los episodios más mencionados por vecinos del barrio: cuando la anciana fue dejada afuera de su propia casa y tuvo que recurrir a terceros para no pasar la noche a la intemperie.

“Si le cocinaba algo y no le gustaba, le tiraba el plato y la obligaba a comprar comida hecha”, agregó el representante del Ministerio Público de la Acusación.

El deterioro de la relación había llegado incluso a instancias judiciales. La mujer había denunciado a su sobrina en 2018 y volvió a presentarse tres días antes de ser asesinada para pedir un botón de pánico.

La mañana del crimen

El fiscal situó el homicidio entre las 6 y las 9.30 de la mañana del 15 de diciembre de 2022. Según la acusación, Peretti ingresó al dormitorio de su tía y la atacó con golpes de puño y con un calzador de zapatos.

“La mujer investigada atacó a la víctima mediante golpes de puño y además la agredió con un calzador de zapatos”, recordó Iglesias, retomando la hipótesis sostenida desde las primeras audiencias del caso.

Fue la propia sobrina la que llamó al 911 para informar de la muerte de su tía. Foto: El Litoral

Luego llegó la maniobra letal. “Utilizó un mecanismo de asfixia y sofocación”, sostuvo el fiscal. Para ello colocó una tela o gasa sobre la boca y la nariz de la víctima hasta provocarle la muerte.

En un primer momento, el fallecimiento había generado dudas. De hecho, fue la propia Peretti quien llamó al 911 para informar que había encontrado muerta a su tía en el dormitorio.

Pero el avance de la investigación comenzó a cerrar el círculo sobre la sobrina. Las cámaras de vigilancia públicas y privadas mostraron que “Chabela” había salido de su casa el día anterior para hacer un mandado y que regresó luego al inmueble de Azopardo. Durante la madrugada siguiente llegó Peretti y, según destacó la Fiscalía, no hubo terceras personas en el lugar.

“Todas las evidencias indican que estaban ellas dos en el inmueble”, remarcó Iglesias.

La autopsia que cambió el caso

El punto de inflexión llegó con la segunda autopsia realizada en el Instituto Médico Legal de Rosario. Allí se concluyó que la mujer había sido asesinada mediante una “técnica mixta” de estrangulamiento y sofocación.

Uno de los datos más reveladores surgió del examen bucal. La víctima no tenía colocada la dentadura postiza y en las encías se encontraron restos de tela o gasa compatibles con el elemento utilizado para asfixiarla.

Además, debajo de las uñas de Distéfano se recuperaron restos de piel. El estudio genético determinó que el ADN coincidía con el de Peretti.

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Para el fiscal, esa prueba evidenciaba una resistencia desesperada de la víctima frente al ataque. También recordó que la acusada presentaba arañazos en brazos y antebrazos cuando fue revisada por el médico policial horas después del hecho.

Iglesias sostuvo además que la mujer mayor se encontraba en un claro “estado de indefensión”, tanto por la diferencia de edad y contextura física como por el sometimiento psicológico al que estaba expuesta.

La conducta de la acusada, añadió, implicó “violentar el pacto de confianza” derivado del vínculo familiar y actuar bajo “una modalidad que raya con la alevosía”.

“El hecho es gravísimo”

Al momento de fundamentar la sentencia, la jueza Susana Luna admitió el acuerdo alcanzado entre las partes y destacó la contundencia de la evidencia reunida.

“Más allá del acuerdo alcanzado, surge palmario que el hecho es gravísimo”, afirmó la magistrada.

Luna sostuvo que el homicidio ocurrió “en un contexto de intimidad y familiaridad”, situación que agravaba el cuadro valorativo del caso. También hizo referencia a “la falta de agradecimiento” de la acusada hacia la mujer que la asistía económicamente y le permitía vivir en el inmueble.

Finalmente, la jueza consideró que la pena de 19 años de prisión efectiva resultaba “acorde, proporcionada y justa”.

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