A casi 25 años de las elecciones que pusieron fin a la dictadura militar, el represor Jorge Rafael Videla, de 83 años, volvió hoy finalmente a una cárcel común, la unidad penal que funciona en la sede militar de Campo de Mayo, para cumplir allí su detención por las distintas causas por delitos de lesa humanidad por las que está acusado.
Así lo resolvió el juez federal Norberto Oyarbide, en el marco de la causa que investiga el plan sistemático de robo de bebés de víctimas de la dictadura y en la que Videla, preso en su casa por otros hechos, no estaba ni siquiera detenido.
Fue así como, en una resolución consensuada, los otros jueces que habían otorgado a Videla el arresto domiciliario estuvieron de acuerdo con enviarlo a la Unidad 34 sita en Campo de Mayo y allí, tras hacerle exámenes médicos, se definirá si por su estado de salud lo internan en el Hospital General de ese histórico predio militar.
Aunque Videla ya había sido detenido en la cárcel de Caseros en 1998 cuando el entonces juez Roberto Marquevich ordenó su detención por causas sobre el destino de niños de desaparecidos, la noticia sobre su arresto en una prisión común volvió a sacudir hoy a los tribunales porque desde hace años todos los pedidos para revocar el beneficio de su arresto domiciliario habían fracasado.
Además del caso del robo de bebés, Videla está procesado por los crímenes del "Plan Cóndor" y del Primer Cuerpo de Ejército, además del secuestro de dos empresarios, padre e hijo, en 1976, hecho por el cual había sido indultado.
Sin embargo, ahora fueron siete mujeres, algunas Abuelas de Plaza de Mayo y una nieta recuperada, las que presentaron el reclamo que terminó con el dictador tras las rejas comunes. María Isabel Chorobik de Mariani, Elsa Pavón, Mirta Baravalle, Clara Petrakos, Paula Logares, Genoveva Dawson de Teruggi y Rosaria Valenzi plantearon el 11 de agosto pasado el alojamiento de Videla en una cárcel común y ahora el juez Oyarbide, que subroga en la causa de robo de bebés, decidió darles la razón.
Oyarbide analizó los elementos que le había dejado en la causa el entonces juez de la causa, Guillermo Montenegro, en donde se sostuvo que Videla "continúa colaborando en mantener la vigencia del accionar delictivo" y así contribuye "al entorpecimiento de las investigaciones", según la resolución a la que accedió DyN.
Es que existe "un carácter permanente de la práctica criminal" que implicó el robo de bebés y que no frenará hasta que "se restablezca el estado de licitud", es decir, "hasta tanto se conozca el paradero de todas y cada una de las víctimas" que fueron apropiadas en la dictadura, dijo el magistrado en la resolución.
Según el fallo, la investigación por el robo de bebés "no se centran en un hecho individual sino en la multiplicidad de conductas delictivas que integran una práctica criminal pergeñada desde el Estado, por entonces en manos del gobierno de facto" que dirigió el propio Videla.
Ícono de la dictadura
Nacido el 2 de agosto de 1925, Videla es uno de los íconos de la dictadura: estuvo al frente de la Presidencia desde el 29 de marzo de 1976 -tres días después del golpe de Estado que derrocó a María Estela Martínez de Perón- y permaneció en el poder en las épocas más sangrientas de la represión ilegal hasta que, en 1981, cedió el mando al general Roberto Viola.
El 9 de diciembre de 1985 Videla fue condenado a reclusión perpetua, igual que otros ex miembros de las juntas militares que usurparon el poder, y, aunque en diciembre de 1990 fue indultado, el 6 de junio pasado la Cámara Federal porteña dispuso que ese beneficio otorgado por el ex presidente Carlos Menem era inconstitucional.
En la causa por robo de bebés Videla fue primero detenido en su casa y luego se dejó sin efecto su prisión preventiva porque se había excedido el tiempo que estaba arrestado sin ser llevado a juicio.
Para los querellantes, el arresto domiciliario en esta u otra causa era un privilegio ante otros detenidos en la misma causa que, aún excediendo los 70 años, se encuentran en una cárcel común. Pero los defensores de Videla, Luis Boffi Carri Pérez y Adolfo Casabal Elía, se negaron a que el ex jefe de Estado de facto sea detenido y enviado a una cárcel. Los defensores dijeron que el acusado no va a eludir ni entorpecer la labor de la justicia y que si se cuentan todos los años que estuvo preso en distintas causas, ya pasó 10 años y tres meses recluido que, de acuerdo a la "ley del 2 x 1", debía contabilizarse como 25 años y medio de cárcel.
En su argumentación, además, se quejaron de que se considerara a Videla condenado porque aún está pendiente en instancias superiores la apelación a la nulidad del indulto que lo había beneficiado. Y aún así, explicaron, si había que detenerlo correspondía enviarlo a su casa por "las graves dolencias físicas" que sufre "por su avanzada edad", y un eventual traslado a una cárcel común "comprometería seriamente su vida".
Sin embargo, Oyarbide no hizo lugar a estos argumentos y planteó que "la gravedad de los hechos que se endilgan a Videla resulta un escollo insalvable para el otorgamiento de la libertad ambulatoria, máxime teniendo en cuenta que nos encontramos ante una serie de sucesos criminales pergeñados desde la cúspide del poder de ’facto’ que ilegítimamente ostentaba el imputado". Esos crímenes, dijo el juez en el fallo, "pese al tiempo trascurrido, continúan desarrollándose al día de la fecha y hasta tanto se conozca el destino de los hombres y mujeres que al momento de su nacimiento fueron arrancados de sus familiares originales".
Videla pasó hoy por los tribunales federales de Comodoro Py 2002 y fue notificado de las resoluciones, tras lo cual quedó a disposición del Servicio Penitenciario Federal. "Entiendo adecuado el alojamiento de Videla en el establecimiento carcelario de Campo de Mayo", dijo Oyarbide, porque, señaló, al encontrarse bajo custodia del SPF y contar con un hospital general "se cumplen con los requisitos necesarios como para atender las dolencias de Videla adecuadamente".
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