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Debate en ciernes

Nueva reforma en seguridad en Santa Fe: desde espionaje digital hasta allanamientos sin orden

El mensaje del Poder Ejecutivo prevé once modificaciones sustanciales a seis leyes, entre ellas, el Código de Procedimiento Penal. Se avanza sobre la Ley Penitenciaria, la Ley de Inteligencia y la Ley de Recompensas.

Nueva reforma en seguridad en Santa Fe: desde espionaje digital hasta allanamientos sin ordenNueva reforma en seguridad en Santa Fe: desde espionaje digital hasta allanamientos sin orden

Lunes 18.5.2026
 15:12hs
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Ivana Fux
Por: 
Ivana Fux
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Política

El reciente envío de un proyecto de ley que plantea once reformas en materia de seguridad pública en la provincia de Santa Fe será expuesto en la reunión de gabinete de este lunes. La encabezará Maximiliano Pullaro y será en la ciudad capital.

El mensaje del Poder Ejecutivo ingresó el jueves a la Legislatura a través de la Cámara de Diputados. La semana anterior, los ministros Pablo Cococcioni y Fabián Bastía, de Seguridad y Gobierno, respectivamente, habían informado a un grupo de legisladores del oficialismo los trazos generales de la iniciativa.

El texto genera debate en el propio seno de Unidos; tanto, que algunas fuentes consultas por El Litoral ya vaticinaron que el texto "saldrá con muchos cambios". Y ello deriva de la intención de la Casa Gris de introducir modificaciones al actual Código de Procedimiento Penal (CPP) – entre otras normas- que endurecen métodos y procedimientos.

Además de cambios al CPP, se sugieren retoques al régimen penitenciario, al sistema de inteligencia, al programa de recompensas y una amplificación de facultades policiales para casos especiales.

En los considerandos, se advierte que "no todos los contextos delictivos son equivalentes" por lo que las pretensiones "introducir herramientas específicas para supuestos de criminalidad organizada, violencia estructural y situaciones de urgencia operativa".

El mensaje del Ejecutivo ingresó el jueves a través de la Cámara de Diputados Créditos: Guillermo Di Salvatore

Interrogatorio

Según el punteo que propone el propio mensaje, se pretenden reformas a la "declaración informativa e interrogatorio policial".

En tal sentido, se restituye la figura de la "declaración informativa para facilitar la recolección de información en los primeros momentos de la investigación penal, cuando todavía es prematuro definir si una persona debe declarar como imputado o como testigo, evitándose así la declaración bajo juramento de personas que podrían ser luego imputadas".

La reforma también plantea "eliminar la presencia del defensor como condición ineludible para la declaración del imputado".

Se busca facilitar la recolección de información en los primeros momentos de la investigación penal.

Otros puntos

Juicio penal en rebeldía. En este aspecto, se amplía tal posibilidad considerando que "no se viola el derecho de defensa, si la persona es debidamente notificada de la causa en su contra, quedando a su criterio la posibilidad de comparecer a defenderse o no hacerlo, debiendo soportar en este último caso las consecuencias de su contumacia".

Se prevé la revisabilidad de la condena en rebeldía y se regula el supuesto de aparición tardía del imputado, cuando invocara motivos atendibles para justificar su incomparecencia.

Validación probatoria. Se regulan expresamente supuestos de admisibilidad de pruebas presentadas para un proceso, que funcionan como excepción a la regla de exclusión y a su efecto extensivo. Es decir, habilita mayor flexibilidad en cuanto a lo que puede admitirse como prueba en un juicio, por encima de lo que puedan ser los criterios dispares de cada tribunal.

Allanamiento automático por secuestro de armas en vía pública. Se agrega como supuesto de allanamiento sin orden judicial previa, el de secuestro de armas de fuego y otros materiales controlados en vía pública. Ello, con el fundamento de que aguardar la indicación judicial respectiva "da lugar a ocultamiento y consiguiente pérdida de la evidencia".

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Derribo por orden fiscal. Se introducen supuestos especiales o de excepción, que habilitan a la fiscalía a ordenar por su propia autoridad la inactivación física de inmuebles destinados al microtráfico y otros delitos.

"Se pretende desjudicializar el accionar estatal en casos de extrema obviedad, donde median razones de seguridad y salubridad que no admiten demora ni litigiosidad posible al respecto", dice el proyecto.

Medidas coercitivas por decreto fiscal. Se pretende "optimizar la capacidad de respuesta del sistema penal mediante el uso racional y proporcional de medidas coercitivas, adoptando un criterio diferido para aquellas que no implican privación de libertad.

La Fiscalía "podría imponer medidas coercitivas no privativas de libertad mediante decreto fundado, configurando una herramienta menos gravosa desde el punto de vista de los derechos individuales". Según el proyecto, "no se afecta el derecho de defensa, sino que reconfigura temporalmente su ejercicio".

Procedimiento por decreto penal. Se incorpora el procedimiento por decreto o mandato penal para casos contravencionales y de criminalidad de bajo impacto, fijándose como pauta que no aplica para penas de privación efectiva de la libertad.

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Más cambios

Régimen agravado para internos de alto perfil: quienes ordenen delitos graves desde la cárcel, serán sometidos a medidas de aislamiento extremo y se suspenden privilegios de visita física. Solo se garantiza el contacto familiar por medio de correspondencia epistolar, sujeta a fiscalización.

Fortalecimiento de las actividades de inteligencia. Se incorporan expresamente las actividades de espionaje digital y electrónico al repertorio de fuentes del sistema de inteligencia. "La medida pretende fortalecer las capacidades estatales anticipatorias en la lucha contra el crimen organizado y la protección de la seguridad colectiva", se sostiene.

Ampliación del programa de recompensas. Se amplifica, con la posibilidad de que los órganos ejecutivos realicen ofrecimientos fuera del marco investigativo y con propósitos preventivos o de seguridad pública.

Zona de intervención policial especial. Como derivación de la facultad genérica de demora en averiguación de antecedentes, se propone que los órganos ejecutivos puedan intervenir policialmente una zona determinada en función de los indicadores de criminalidad que se registren.

Ello podría habilitar facultades de excepción dentro de dicha zona que hacen en lo fundamental a la regulación del espacio público y de la circulación de personas, y a su vez reforzándose dicha prohibición con una norma contravencional específica.

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