¿A quién le conviene la derogación de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias? El tema figura con claridad en el proyecto de Reforma Electoral Integral que el presidente Javier Milei envió al Congreso, vía Cámara de Senadores.
El proyecto del Ejecutivo ingresó el 22 de abril al Senado de la Nación como mensaje 110/26. Incluye cambios en el sistema de financiamiento y la conformación de los partidos, y la eliminación del debate presidencial. En esta nota, el eje es el sistema de primarias, con opiniones contrapuestas y un análisis político sobre una medida que el gobierno impulsa y negocia, aún sin resultado cierto.

¿A quién le conviene la derogación de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias? El tema figura con claridad en el proyecto de Reforma Electoral Integral que el presidente Javier Milei envió al Congreso, vía Cámara de Senadores.
Fue en abril y generó ruido de inmediato. Ruido en la oposición y en los sectores dialoguistas, y negociaciones o intentos de acercamiento del Ejecutivo con los gobernadores, que por el momento no aseguran su apoyo.
Por ahora la reforma, que está compuesta por 79 artículos. Tuvo una instancia de presentación oficial en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado.
El texto incluye la reforma del Régimen de Partidos Políticos; la reforma de la Ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral (Ley N° 26.571) y sus modificatorias; la modificación del sistema de financiamiento de los partidos políticos.
Como así también la reforma del régimen de elección de Parlamentarios del Mercosur; la incorporación del Régimen de Ficha Limpia y la adecuación del régimen de simultaneidad de elecciones nacionales y provinciales.
En concreto, en el artículo 19 propone derogar las PASO, que fueron creadas por ley en 2009, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria) y se llevaron a cabo por primera vez en 2011.
Frente a la ausencia de las PASO, el anteproyecto estipula que los partidos deberán registrar sus listas de candidatos ante la Justicia electoral con una antelación no menor a 60 días de la fecha de la elección general. Para los comicios legislativos de 2025, las primarias fueron suspendidas en febrero de ese año por única vez.
En los fundamentos se hace un poco de historia sobre las PASO, para recordar que “cuando el 28 de octubre de 2009 se presentó el proyecto que culminó con la sanción de la mencionada ley, se expresó desde un primer momento que se pretendía recoger un reclamo de la ciudadanía en materia de representación política y saldar una deuda pendiente que todo el arco político tenía consigo mismo”.
En particular, en el mensaje que precede al proyecto se adujo que la implementación de las PASO buscaba ser "un paso más” para reducir “la brecha de disociación entre la política institucional y los reclamos sociales".
Pero, afirman, “a casi 16 años desde la sanción de la citada ley, podemos afirmar que, contrario a lo que se pretendía al momento en que se ideó la norma, los años que le sucedieron a su sanción se vieron marcados -salvo algunas excepciones- por un acrecentamiento exponencial del desencuentro entre los reclamos legítimos de la sociedad y la agenda desarrollada por la clase política argentina”.
En este sentido, se logró suspender para el año 2025 el régimen de primarias, “pero es momento de eliminarlo, garantizando así previsibilidad en el sistema y seguridad para los electores”. Asimismo, “constituye un modo de asegurar la correcta libertad de los partidos para que ellos puedan promover sus elecciones internas del modo que entiendan mejor”.
Aquí cita la Constitución Nacional que, en el artículo 38, con relación a los partidos políticos, señala que: "...el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos...".
Tal como surge de los debates de la Convención Nacional Constituyente de 1994 -sigue-, la mencionada disposición se incluyó a fines de dejar en claro que la actividad de los partidos políticos debe estar orientada y delimitada por el respeto a la CN y a la democracia.
Ahora bien, también surge de los debates de los constituyentes que, respetados esos "límites" -más que razonables-, el funcionamiento de los Partidos Políticos tanto en lo que hace a su actividad externa como interna debe contar con el mayor grado de libertad posible.
Esa es una razón que invoca el Ejecutivo para esta reforma. La otra es el costo, que también sobrevoló la decisión de suspender las PASO en las legislativas de 2025.
Volviendo al principio, la pregunta es a quién le conviene la eliminación de este sistema. Luego, si el gobierno tiene los votos suficientes para lograrlo. Y, finalmente: si no se eliminan, ¿la salida podría ser una nueva suspensión o una transformación?
El Litoral buscó la opinión de diputado nacional de La Libertad Avanza,Nicolás Mayoraz; el referente de un sector del peronismo y ex legislador y funcionario nacional Juan Manuel Abal Medina, y del consultor político Carlos Fara para tratar de responderlas y, con ello, identificar los carriles por los que se desenvolverá el debate político e institucional en el futuro inmediato.
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