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Elecciones 2025

Dónde y cómo justificar el no voto en Santa Fe

Después de las elecciones, contás con un plazo de 60 días para justificar tu inasistencia. Enterate en qué situaciones está permitido, qué comprobantes presentar y cómo realizar el trámite.

Dónde y cómo justificar el no voto en Santa Fe 
Dónde y cómo justificar el no voto en Santa Fe

Domingo 13.4.2025
 9:52
Redacción EL
Redacción EL
|

Este domingo se llevarán a cabo elecciones provinciales en Santa Fe, en las que se elegirán convencionales constituyentes y se celebrarán Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en diversas localidades.

Para los ciudadanos de entre 18 y 70 años, el voto es obligatorio. Quienes no puedan asistir a votar deberán justificar su inasistencia ante las autoridades electorales para evitar sanciones.

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¿En qué casos se puede justificar?

La ley contempla situaciones específicas en las que los ciudadanos pueden quedar exceptuados de votar. Entre las causas más comunes están:

  • Encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar donde se debe votar y no contar con medios de transporte para trasladarse.
  • Estar enfermo o atravesar una situación médica que impida presentarse en el lugar de votación.
  • Cumplir funciones durante la jornada electoral, como ser personal de seguridad o de salud en servicio.
  • Haber sufrido una situación de fuerza mayor que impida ejercer el derecho al voto.
No justificar la inasistencia al voto puede traer consecuencias.

Cómo realizar la justificación del no voto

Para quienes se encuentren en alguna de estas situaciones, el trámite de justificación debe realizarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la elección. La justificación no se hace de forma automática: el ciudadano debe presentar documentación que acredite el motivo de la inasistencia.

Si la persona estuvo a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, debe presentar una constancia expedida por una comisaría del lugar donde se encontraba. En casos de enfermedad, se debe presentar un certificado médico, firmado por un profesional, que indique la imposibilidad de asistir.

El trámite puede realizarse de manera presencial ante la autoridad electoral o, en muchos casos, a través de una plataforma digital habilitada para tal fin. Es importante conservar los comprobantes y asegurarse de completar correctamente los datos personales, como número de documento, distrito y motivo de la ausencia.

Qué pasa si no se justifica

No justificar la inasistencia al voto puede traer consecuencias. Las sanciones incluyen la imposibilidad de realizar trámites ante organismos públicos nacionales, provinciales o municipales durante un año, como renovar el pasaporte o sacar el registro de conducir. También puede implicar multas económicas o inhabilitación para ejercer cargos públicos durante un período determinado.

Para los ciudadanos de entre 18 y 70 años, el voto es obligatorio.

Votar es un derecho fundamental, pero también una responsabilidad. En caso de no poder asistir, justificar debidamente la ausencia es la forma de cumplir con las obligaciones cívicas y evitar sanciones. Estar informado y actuar dentro de los plazos es clave para ejercer plenamente la ciudadanía.

#TEMAS:
Elecciones 2025
Reforma Constitucional
Concejo Municipal de Santa Fe

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