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Por Alejandro Morlachetti

Por una crianza sin violencia

Por una crianza sin violenciaPor una crianza sin violencia

Jueves 30.3.2023
 3:00hs
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En Argentina, 6 de cada 10 chicas y chicos son criados con prácticas violentas, como gritos, humillaciones y castigos físicos. Y este dato, que pareciera que hablara de la situación de la infancia de treinta años atrás, describe la vida cotidiana de más de la mitad de las niñas, niños y adolescentes que habitan nuestro país hoy.

La Convención sobre los Derechos del Niño define violencia como "...toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual..." (Art. 19). El Comité de los Derechos del Niño, organismo a cargo de la interpretación de la Convención y de monitorear su implementación ha profundizado el significado de este artículo, con la adopción de las Observaciones Generales N°8 sobre El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes en 2006 y N°13 sobre el Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia (2011).

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En esas observaciones, que deben funcionar como guías para el accionar de los Estados, se define al castigo "corporal" o "físico" como todo castigo en el que se utilice la fuerza física y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar, aunque sea leve. En la mayoría de los casos se trata de pegar a los niños ("manotazos", "bofetadas", "palizas"), con la mano o con algún objeto, como un cinturón o un zapato, o también dar puntapiés, zarandear o empujar a los niños, tirarles del pelo o de las orejas. El Comité opina que el castigo corporal es siempre degradante. Además, hay otras formas de castigo que no son físicas, pero que son igualmente crueles y degradantes, y por lo tanto incompatibles con la Convención. Entre estas se cuentan, por ejemplo, los castigos en que se menosprecia, se humilla, denigra, amenaza, asusta o ridiculiza al niño o niña.

Al rechazar toda justificación de la violencia y la humillación como formas de castigo, el Comité refuerza el concepto positivo de responsabilidad de las personas adultas en la crianza y en la construcción sana y amorosa de límites necesarios en el acompañamiento del crecimiento. El desarrollo de las infancias requiere de las referencias en quienes las cuidan para la orientación y dirección de acuerdo con sus capacidades, a fin de ayudarles en su crecimiento para llevar una vida responsable en la sociedad (OG N°13).

En Argentina, la Ley Nacional de Protección de los Derechos de niñas, niños y adolescentes N°26.061 establece el derecho a la dignidad y a la integridad física, sexual, psíquica y moral (Art. 9) en consonancia con la Convención, que es oportuno recordar es mandato constitucional como efecto de su jerarquización jurídica en la reforma constitucional de 1994 (Art. 75 inc. 22).

Sin embargo, aún con esta protección normativa y constitucional del derecho a vivir libre de violencia, el 59% de los hogares utiliza métodos violentos en la crianza como agresiones verbales y castigo físico (el 52% agresión psicológica, el 35% agresión física y el 7% agresión física severa). Entre las infancias y adolescencias con discapacidad, la utilización de estos métodos asciende al 72%. En hogares donde niñas y niños quedan solos o a cargo de otros niños pequeños se presenta uno de los mayores porcentajes del sufrimiento de la violencia física severa (17,5%) (MICS 2019-2020, UNICEF Argentina).

La violencia en el ámbito familiar es una de las principales causas de adopción de medidas de protección excepcional que implican la separación de las niñas, niños y adolescentes de sus centros de vida, lo que conlleva otros riesgos de vulneración de derechos asociados a la privación de vínculos parentales y a las dificultades del alojamiento en centros residenciales (UNICEF Argentina, 2020).

Los malos tratos afectan al sano desarrollo, la violencia simbólica y psicológica repercute en las subjetividades, los castigos físicos invaden corporalidades y vulneran posibilidades de resguardo. Los gritos, humillaciones y términos peyorativos dañan su autoestima y generan un clima de incomunicación, donde no hay lugar para sus voces y expresiones.

Ninguna violencia es justificable y toda violencia es prevenible. Entonces, cabe preguntarnos a qué se debe la violencia contra niñas, niños y adolescentes y qué hacemos cada uno, cada una, desde su lugar y junto a otros y otras para detectarla, prevenirla, erradicarla, restituyendo derechos, sanando las heridas y marcas que deja y promoviendo una cultura de paz y buen trato.

La crianza es un compromiso colectivo de afecto, respeto, dignidad e integridad. Para UNICEF Argentina resulta prioritario acompañar a las familias, personas a cargo del cuidado y comunidades a fortalecerse en prácticas de crianza sensibles, saludables y respetuosas. En este marco, la nueva campaña #GuardavidasDeLaInfancia llama a proteger los derechos de chicas y chicos y coloca en el centro de la conversación pública algunos de los peligros que enfrentan millones de niñas y niños, como la violencia, la pobreza, las dificultades en el acceso a la educación o los cuidados inadecuados que reciben.

Detener los métodos violentos de crianza implica transformaciones, modificaciones y deconstrucciones de todos aquellos lugares, prácticas, imaginarios, representaciones, sentidos y palabras que han posicionado el adultocentrismo y el patriarcado. Seguramente no se dará de un día para el otro, y también es cierto que muchas personas ya han empezado a transitar este camino, pero la niñez y la adolescencia es presente. Así que hoy, y cada día como hoy, es tiempo de empezar.

*Especialista en Protección de Derechos y Acceso a la Justicia de UNICEF Argentina.

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